Opiniones

DIFERENCIANDO DERECHOS Y CLIENTELISMO

Por Dra. Mildred Beltré

En nuestro país más de una tercera parte de la población (40.2%) no tiene el goce efectivo de los derechos fundamentales, consagrados en nuestra Constitución; se trata de grupos vulnerables afectados por la pobreza y la exclusión social.

Eso significa que a esa población le es conculcado sus derechos fundamentales consagrados en los Arts. 37 y siguientes de la Constitución.

El ejercicio efectiva de los derechos es indispensable para el desarrollo integral del individuo y de la sociedad a la cual pertenece. De ahí que la misma Constitución ordena a todos los poderes públicos a garantizar la efectividad de esos derechos, estableciendo desde la Constitución del 2010 mecanismos de tutela y protección efectiva.

Vale destacar que ese mandato constitucional está expresado y directamente consagrado en el Art. 8 de la Constitución , señalando que la función esencial del Estado es la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto a su dignidad y la obtención de medios que le permitan su perfeccionarse en forma igualitaria, equitativa y progresiva, en un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público y el bienestar general.

En una sociedad en la que no se hace efectivo el ejercicio de los derechos y existen grandes desigualdades prima el clientelismo, el privilegio, las relaciones interpersonales y una manifiesta debilidad de las instituciones del Estado.

El Estado tiene la obligación constitucional, humana y política de asumir con políticas públicas las desigualdades y las debilidades y deficiencias institucionales a los fines de garantizar a la población la efectividad de sus derechos fundamentales, no como un regalo o clientelismo, sino desde un enfoque de derechos.

Las características de estas políticas publicas, sujetas al mandato constitucional, superan el clientelismo, el cual vulnera la dignidad humana al obligar a la persona a asumir posiciones políticas en contra de su voluntad. Supera, igualmente, el tráfico de influencias al darles mayor fortaleza a las instituciones.

El clientelismo ha sido desplazado de la política social en los gobiernos del PLD,. Recordemos que en el 1996 es cuando el Estado Dominicano asume formalmente el combate de la pobreza, al iniciar un proceso de transformación de las políticas sociales; en la actualidad se cuenta con instrumentos técnicos que permiten un mayor control y transparencia de los programas ejecutados por el gobierno, fijando metas y mecanismos de rendición de cuentas.

El programa Progresando con Solidaridad beneficia a aproximadamente 800 mil hogares pobres, incluye Comer es Primero, Incentivo a la Asistencia Escolar, Protección a la vejez en pobreza extrema, Bonogas y Bonoluz. Para garantizar la eficiencia, la transparencia y el riesgo de manejos «clientelistas», la gestión es realizada por tres entidades independientes con responsabilidades separadas, y el seguimiento y monitoreo de organismos internacionales.

Hablar hoy de clientelismo es desconocer todo lo que se ha hecho y no saber diferenciar clientelismo y políticas sociales para superar las desigualdades y para garantizar en forma efectiva el disfrute de los derechos fundamentales.

La autora: Abogada y profesora de la UASD

2014-09-01 03:41:00