Santo Domingo.- El Tribunal Superior Administrativo emitió una sentencia favorable a la Resolución de la Superintendencia de Electricidad SIE No.01-2011 del 12 de enero del 2011, que ratifica la orden de suspensión de las obras eléctricas en la comunidad de Barbacoa, hacia la Playa del Estillero, en el distrito municipal del Limón, Provincia de Samaná.
El dispositivo de la sentencia 007-2011 del 1ro de marzo del presente año consideró improcedente, mal fundada y carente de base legal la petición de la empresa eléctrica Luz y Fuerza de Las Terrenas, la cual había solicitado la Adopción de Medida Cautelar Anticipada contra la resolución del Consejo de Administración de la SIE.
La empresa Luz y Fuerza de Las Terrenas, interpuso el 19 de agosto del pasado año una solicitud de adopción de medida cautelar anticipada por ante el tribunal Administrativo, tendente a la suspensión provisional de la medida adoptada por la Superintendencia de Electricidad.
Entre los considerandos de la referida sentencia se establece que ´´los derechos de propiedad que alega haber adquirido Luz y Fuerza mediante la resolución SIE-12-2003, no constituyen más que una recomendación favorable al otorgamiento de la concesión definitiva?.
Así mismo, señala la referida sentencia que ?La Ley General de Electricidad No. 125-01, de fecha 26 de julio del año 2001, le otorga a la Superintendencia de Electricidad, la función y atribución de fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, así como de las normas técnicas en relación con la generación, transmisión, distribución y la comercialización de electricidad.
Asimismo refiriere la sentencia que la Superintendencia de Electricidad ´´ha actuado dentro de sus facultades y de que estamos frente a un acto legitimo y de que no se le ha vulnerado derechos a la parte accionante´´.
Esta es la segunda sentencia a favor de la Superintendencia de Electricidad en relación al conflicto surgido en Las Terrenas. Se recuerda que, en fecha 12 de enero del 2010, el Tribunal Contencioso Administrativo, mediante la sentencia 002-2010 declaró inadmisible un recurso de Amparo interpuesto por Luz y Fuerza Las Terrenas en contra de la orden de suspensión de la SIE.
2011-03-14 20:16:45