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Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal impone coerción a procesado por el Ministerio Público por porte ilegal de armas de fuego

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza Suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal, en función de Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, impuso las medidas de coerción no privativas de libertad al acoger de manera parcial la solicitud del Ministerio Público.

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Basada en las evidencias aportadas por el Ministerio Público, una jueza del distrito judicial de San Cristóbal impuso medidas de coerción a un hombre imputado por delitos de tenencia, portación y uso ilegal de armas de fuego.   

A Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa) le fue impuesta una garantía económica por la suma de doscientos mil pesos en efectivo (RD$200,000), así como impedimento de salida del país, sin previa autorización judicial, ordenando la notificación de dicha decisión por ante la Dirección General de Migración (DGM).

La resolución judicial también establece que el procesado deberá presentarse los días veintinueve (29) de cada mes por espacio de seis (06) meses ante el Ministerio Público.

Santos Alcántara fue arrestado el pasado 21 de junio por infracción flagrante, pasadas las 12:00 de la medianoche, mientras agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja de San Cristóbal.

Al momento de ser apresado el imputado se transportaba junto a otra persona en un vehículo marca Honda, modelo CR-V, color negro, placa G799605. En el registro corporal al imputado Santos Alcántara se le ocupó en la parte derecha de la cintura un arma de fuego que portaba de manera ilegal.

Santos Alcántara al momento del arresto portaba una pistola marca Glock, modelo 19, color negro, serie No. BUYE115 con su cargador y diecisiete (17) cápsulas calibre 9 milímetros (9 mm) sin ningún tipo de documentación que la regulara.

La medida de coerción fue presentada por las procuradoras fiscales de San Cristóbal, Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, quienes solicitaron contra el procesado la imposición de tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza Suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal, en función de Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, impuso las medidas de coerción no privativas de libertad al acoger de manera parcial la solicitud del Ministerio Público.

El tribunal otorgó un plazo de seis (6) meses al Ministerio Público para presentar requerimiento conclusivo.

El Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal control para el presente caso.

El 24 de abril de 2025, mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015, Santos Alcántara fue declarado culpable de violar los artículos 303, numeral 5; 304, numeral 2; 306, párrafo; 308 y 310 de la Ley núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, recordó el Ministerio Público.

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Viernes, 3 de julio de 2026.