Santo Domingo, RD, 29 de Octubre.-El especialista en Derecho Procesal Penal, doctor Félix Damián Olivares Grullón manifestó que los jueces del Tribunal Constitucional se extralimitaron cuando decidieron conocer el caso de la descendiente haitiana Juliana Dequis Pierre, quien reclamaba la entrega de su acta de nacimiento para los fines de obtener cédula.
Al participar como entrevistado especial en el programa Democracia TV, que produce el doctor Deómedes E. Olivares Rosario, por Teleradio América, canal 45, el jurista dijo estar totalmente de acuerdo con los jueces disidentes del Tribunal Constitucional, en el entendido de que Juliana Dequis sólo procuraba el reconocimiento de un derecho fundamental.
«Lo que el tribunal debió hacer desde un principio era pedir a la Junta Central Electoral que expidiera el acta que apareciera a nombre de esta persona, porque ya ella tenía su acta de nacimiento», agregó Olivares Rosario.
Insistió en que el Tribunal Constitucional no tenía facultad de advocación en ese momento, y que si lo tenía era para reconocerle un derecho por un principio de favorabilidad, establecido en el artículo 74 de la Constitución.
«Usted puede advocar, extender sus poderes, pero para favorecer a quienes están buscando tutela judicial, no para desconocerle sus derechos, no para decir que la operación fue un éxito, pero que el paciente se murió», explicó el experto, quien calificó además la sentencia como discriminatoria.
Cuestionó que los debates en torno a la sentencia del Tribunal Constitucional están cargados de muchos prejuicios y de posiciones extremas que descalifican a quienes externan posiciones a favor o en contra de dicho fallo.
El reconocido jurista dijo que hay sectores que no admiten diferencias de opiniones, y en cambio quieren o exigen que se les sumen a sus opiniones como si fuera un mismo coro.(HG).
2013-10-29 19:35:47