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Impuestos Internos crea medidas en reportes de gastos

Santo Domingo, RD, 06 Sept.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso que todos los contribuyentes que efectúen pagos superiores a los RD$50,000, en adición a los comprobantes fiscales con valor de crédito fiscal, deberán utilizar cualquiera de los medios establecidos en el sistema de intermediación bancaria y financiera.

Mediante la Norma General 06-10, la entidad explica que los medios de pagos utilizados deberán individualizar al beneficiario y ser distinto a los pagos en efectivo; para poder respaldar costos y gastos deducibles o que constituyan créditos fiscales y demás egresos con efecto tributario.

La norma establece, además, que las operaciones que generen obligación tributaria y que se realicen por medio de permuta o bienes en naturaleza u otros tipos de actos en los que no puedan utilizarse los medios de pago establecidos en el sistema bancario, deberán formalizarse en actos con fe pública.

Para tomar la medida, Impuestos Internos consideró que existen costos y gastos que representan un volumen elevado en operaciones de negocios, que deben estar sustentados mediante documentos fehacientes para ser admitidos como deducibles del Impuesto Sobre la Renta y que puedan constituir un crédito del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).

En la Norma, la DGII recuerda que las disposiciones del literal h, del artículo 50 del Código Tributario, la administración tributaria debe exigir que los registros contables estén respaldados por los comprobantes correspondientes y que el valor probatorio de éstos.

2010-09-06 14:02:51