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Opiniones

Freno al Adefesio

Desde la Ministra de la Mujer, Alejandrina Germán, hasta la Vicepresidenta de la República, Margarita Cedeño de Fernández, se han manifestado vigorosamente en contra de las propuestas modificaciones al Código Penal, aprobadas en primera lectura por la Cámara de Diputados, que constituyen una especie de feminicidio legislativo contra la mujer. Entre ambas, se han dejado escuchar numerosas voces de institutuciones feministas y no feministas y voces autorizadas de la sociedad civil y el mismo ámbito político contra la disparatada propuesta.

Es de suponer que como en tantas otras ocasiones y asuntos de importancia, muchos miembros de la cámara baja le otorgaron su voto sin tomarse la molestia de leer las modificaciones introducidas y que aprobaron. Solo así puede concebirse tal desatino colectivo.

Entre los absurdos propuestos y aprobados figuran:

La eliminación de la sanción a la violencia de género contra las mujeres, por cuanto limita estas a la que se ejercen en el ámbito intrafamiliar, obviando los abusos de que son víctimas en otros espacios.

Solamente le otorga la calificación de grave en el ámbito intrafamiliar cuando cause la muerte de la víctima o provoque una incapacidad permanente o lesiones por más de 90 días. Cualquier atropello físico a la mujer que cure en menos tiempo sería considerada simplemente leve.

El acoso sexual ve reducida la pena: desde tan solo un día hasta un máximo de un año de prisión menor.

Como si fuese poco la violación sexual a una menor de edad resulta encubierta bajo el manto de «puesta en peligro de menores de edad», que incluye la de quien ha sido sustraída de la casa paterna. El castigo en este caso se reduce apenas a dos a tres años de prisión menor, equivalente a la que se estipula para un robo simple.

Solo se considera feminicidio el que es cometido contra una mujer por su pareja o ex pareja. Los demás, fuera de dicho ámbito, quedan excluidos de esa calificación.

Y en otro orden, un tema siempre controversial, al sancionarse el aborto bajo toda circunstancia, lo cual también es un aberración. Una cosa es el llamado aborto electivo, que siempre contará con nuestra más enérgica condena y que al privar de la vida a un ser humano aún cuando todavía no haya nacido adquiere a nuestro juicio categoría criminal y otra bien diferente es aquel otro que resulta obligado bajo determinadas circunstancias. Generalizar la condena, es una forma cómoda, complaciente e irresponsable de salir del paso.

Oportuno recordar que en los últimos seis años, más de mil 200 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o ex parejas, pero muchas otras han perdido también la vida de forma violenta sin que necesariamente concurra una de esa doble condición.

Que alrededor de medio millón son el único sostén del hogar y de la crianza de sus hijos, en la inmensa mayoría de los casos en condiciones en extremo precarias. Padres irresponsables, mejor sinvergüenzas, abandonan la mujer y la descendencia. No es por gusto que en los cinco juzgados de paz de la Provincia de Santo Domingo se presentan diariamente como promedio 200 querellas por alimentos. Obviamente, su número se multiplica a nivel nacional.

Que hay alrededor de dos millones de madres solteras, un gran número de los cuales alumbraron en plena adolescencia, apenas con once o doce años, en embarazos de alto riesgo y con un alto índice de mortalidad.

Y que la mujer en sentido general, es discriminada en la mayoría de los casos a todos los niveles y en todos los ámbitos.

El o los ponentes de estas modificaciones, al cabo de doce años de darle vueltas al Código Penal, así como quienes les impartieron su sanción, al parecer ignoran estos hechos o los han olvidado.

Mientras recuperan la memoria y el buen juicio, hay que desplegar la máxima fuerza para poner freno a este adefesio.

teledebate@hotmail.com

EL TIRO RAPIDO

Mario Rivadulla

16, 11, 12

2012-11-20 17:03:16