Santo Domingo RD 4 diciembre.- La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) calificó hoy de «jugada política» las observaciones del Poder Ejecutivo al Código Penal, refiriéndose exclusivamente al articulado que prevé las regulaciones relativas al aborto, contenidas en los artículos 107, 108, 109 y 110 de la referida pieza legislativa.
A juicio de Trajano Potentini, presidente de la entidad de sociedad civil, el Poder Ejecutivo se limitó a una serie de consideraciones generales, incluso, impracticables al tenor de la constitución dominicana, sin presentar la redacción concreta de sus propuestas y dejando a la discreción del Congreso Nacional la posibilidad o no de ampliar la cobertura del aborto.
Potentini explicó en una nota que luego de una ley o código haber sido aprobado por el Congreso Nacional, y remitido al Ejecutivo para su promulgación, éste la observa como es el caso ocurrente, y una vez en el Congreso, las observaciones se acogen en los artículos 101, 102 y 103 de la Constitución con mayoría o simplemente puede ser rechazada.
Asimismo, consideró erróneo, el que por experiencias pasadas con la anterior Constitución y con este mismo código en el 2006, donde luego de ser observado cayó en un limbo, discutiéndose de nuevo en su totalidad, la creencia de que constitucionalmente los legisladores tienen la capacidad de rediscutir el Código observado en todo su contenido.
Sobre el aborto y el derecho a la vida en la Constitución. El presidente de FJT significó que no se trata de aprobar o desaprobar el aborto, para la entidad es un problema de configuración jurídica e institucional, con trabas constitucionales y convencionales, como explicamos en las reflexiones y consideraciones siguientes:
«La consagración del «derecho a la vida desde la concepción», tal como figura en el artículo 37 constitucional, provocó ásperas confrontaciones teóricas. Se recuerdan las amplias y coordinadas acciones y los ingentes esfuerzos que profesionales de la salud, así como de otros sectores nacionales, realizaron para tratar de impedir la consagración constitucional de este derecho fundamental», apuntó Potentini.
Recordó que se hizo hincapié en la probable responsabilidad civil y penal de los médicos que se vieren obligados a practicar abortos, alegatos que no se quedaron en la etapa de discusión del proyecto de reforma constitucional sino que, actualmente, siguen siendo objeto de reiterada exposición.
«A nuestro entender existe cobertura constitucional y legal suficiente como para permitir el aborto terapéutico, si se acepta que en virtud de la integridad personal prevista por el artículo 42.3 de la Carta Magna: Nadie puede ser sometido, sin consentimiento previo, a experimentos y procedimientos que no se ajusten a las normas científicas y bioéticas internacionalmente reconocidas», añadió.
En cuanto a la cobertura legal actual entendemos que la responsabilidad de los profesionales de la medicina es de medios, Potentini dijo que no es posible obligar al médico a «devolver» la salud sino a emplear su mejor conocimiento, equipos y entrenamiento para lograrlo.
2014-12-04 14:18:48