EL TIRO RAPIDO
Mario Rivadulla
La pasada semana el proyecto de modificación del Código Penal, al cabo de aproximadamente una docena de años, fue declarado de urgencia por la Cámara de Diputados y enviado al Senado para su conocimiento y discusión. Ahora la propia Cámara Baja anuncia la introducción de una serie de cambios en el otro Código no menos importante, el Procesal, que también lleva varios años sometido a su revisión.
Desde que se implementó años atrás, este Código Procesal Penal ha sido objeto de grandes controversias. Sus propulsores y defensores alegan que a diferencia del obsoleto que sustituyó, este garantiza los derechos de los sometidos a la Justicia a partir del principio de la llamada «presunción de inocencia», válido para todo tipo de delitos hasta tanto en cuanto la Fiscalía no aporte las pruebas que permitan al tribunal dictar un fallo condenatorio.
Sus detractores por el contrario, cuestionan su origen señalando que el mismo está basado en legislaciones de otros países de distintas características al nuestro. Sostienen además, que en la práctica el Código ha demostrado ser excesivamente tolerante y permisivo con los imputados, aún en casos graves y con antecedentes de reincidencia, en perjuicio de la sociedad. Es esta también opinión compartida por una gran mayoría de ciudadanos que entienden que la Justicia al presente protege más al delincuente al público.
Sin caer en los extremos, la realidad es que la aplicación del Código ha evidenciado en su aplicación una serie de fallos que es preciso subsanar y vacíos que se necesita llenar, de tal modo que sin violentar los derechos fundamentales que deben corresponder a toda persona sometida a la Justicia de gozar de un debido proceso legal, sirva también para sancionar las acciones criminales y de escudo efectivo para garantizar la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica.
Tenemos entendido que en la Cámara ya se han consensuado más de cien cambios al Código que se han ido planteando en el curso de los varios años que la importante pieza legal lleva en ese cuerpo legislativo. Algunas de esas modificaciones han trascendido y vale la pena comentarlas aún sea brevemente.
Una de ellas es que a diferencia de lo dispuesto en la versión actual del Código, todo imputado que reciba una sanción penal en un tribunal de primera instancia, deberá ser sometido de inmediato a prisión preventiva si el tipo de delito del que está acusado establece pena de privación de libertad. En el caso de las penas pecuniarias. la multa deberá ser pagada de inmediato con impedimento de salida del país mientras no se satisfaga el monto de la misma.
Asimismo, se amplían los presupuestos para otorgar la libertad bajo fianza a fin de reducir el riesgo de evasión. Al presente, hay miles de prevenidos en esa condición que han incumplido el requisito de la presentación periódica y por consiguiente, están en condición de fugados sin que la Procuraduría General disponga de los mecanismos y recursos requeridos para su persecución y apresamiento.
Otro cambio importante propuesto es garantizar la asistencia legal gratuita a las víctimas similar a la que disfrutan los imputados, hasta un máximo de 3 abogados. Esto vendría a corregir el contrasentido que ya habíamos advertido aquí de que los acusados han gozado de más soporte legal sin costo alguno que los querellantes, una situación a todas luces tan injusta como absurda, sobre todo tomando en cuenta que la mayoría de estos son gentes humildes, cuyos escasos recursos no les permiten contratar un abogado.
Estas son algunas de las modificaciones que han trascendido. Pero su número como señalamos antes, sobrepasa el centenar. Y es lógico pensar que la discusión de todos los cambios propuestos tiene necesariamente que ser meticulosa. Por tanto, tomará tiempo y dará lugar todavía a muchos pareceres tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, al que tendrá que ir con posterioridad.
No es saludable que esos cambios se festinen, pero tampoco que su discusión se dilate en demasía. Porque que el Código Procesal Penal necesita modificaciones importantes, dictados por la experiencia de su aplicación y los resultados obtenidos desde su entrada en vigencia, está más allá de toda duda.
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2013-07-07 05:32:07