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Justicia y Derecho

Contratista de EDE Este destruye y sustrae redes y equipos de CEPM

Las Lagunas de Nisibón, La Altagracia, RD, 13 de Enero.-El Consorcio Energético Punta Cana Macao (CEPM) denunció que en un acto ilegal la empresa DELTEC, contratista de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDE Este),destruyó y sustrajo parte de las redes, medidores e instalaciones eléctricas de CEPM que abastecen de electricidad a una estación de combustibles y a su oficina comercial en Las Lagunas de Nisibón, provincia La Altagracia.

Dos brigadas de DELTEC, al servicio de EDE Este, apoyadas por nueve miembros de la dotación militar asignada para su seguridad, se presentaron el pasado viernes en horas de la noche sin ningún soporte legal e intervinieron equipos de CEPM.

Las Lagunas de Nisibón se encuentra ubicada en el centro de la zona de concesión de CEPM, que se extiende desde la zona de Punta Cana, provincia La Altagracia, hasta Miches, provincia El Seibo y, en consecuencia, está autorizada para operar en dicha comunidad. Esto en virtud de la resolución No. 2-92 del Directorio de Desarrollo de la Industria Eléctrica, ratificado por la Superintendencia de Electricidad, Comisión Nacional de Energía, Poder Ejecutivo y el Contrato de Concesión Definitiva del 28 de junio de 2007.

Se recuerda que desde el año 2008 la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDE Este) ha tratado de desconocer esta concesión, interponiendo ante el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo (TCTA) una acción en nulidad del Contrato de Concesión Definitiva de CEPM. El Tribunal rechazó la acción de EDE Este y ratificó los derechos de CEPM basando su sentencia en dos criterios diferentes:

? Que el propio Contrato de Otorgamiento de Derechos, de fecha 5 de agosto de 1999, suscrito entre EDE Este y la extinta Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) estableció que el derecho de la primera se extiende a 100 metros a los costados y extremos de las líneas existentes que recibió de la CDE, y que para perfeccionar dichos derechos la distribuidora debió presentar a la Superintendencia de Electricidad, para su aprobación, los planos definitivos del sistema de distribución comprendido en su territorio. EDE Este no cumplió con esta obligación, razón por la cual nunca fue perfeccionada ni delimitada su área de distribución exclusiva o territorio; y

? Que CEPM goza desde el 13 de abril de 1992 con los derechos adquiridos como concesionario, es decir 7 años y 4 meses antes de que EDE Este existiera y suscribiera con la CDE el Contrato de Otorgamiento de Derechos, razón por la cual los derechos adquiridos por CEPM eran anteriores en el tiempo a los de la distribuidora.

Se recuerda además que, en fecha 10 de septiembre de 2013, EDE Este presentó ante la Superintendencia de Electricidad (SIE) una denuncia por medio de la cual solicitaba al organismo regulador que impidiera la expansión de CEPM a la zona de Nisibón.

La SIE se pronunció de manera preventiva y sin dictaminar sobre el fondo de la controversia mediante Resolución No. SIE-059-2013-SC, de fecha 30 de diciembre de 2013, ordenando a ambas empresas a que cesen la expansión de redes de distribución en la comunidad, mientras ponderaba la denuncia y dictaminaba sobre la controversia misma.

CEPM acató la orden de limitación de la expansión, conforme ésta establece, 24 horas luego de la notificación hecha por el Organismo Regulador en fecha 8 de enero de 2014.

El Consorcio Energético Punta Cana ? Macao (CEPM) ha brindado servicio de clase mundial desde hace 22 años a la zona, siendo ganadora de varios reconocimientos internacionales. La empresa informó que mantendrá su presencia en Las Lagunas de Nisibón, llevando a esta comunidad el servicio de clase mundial por el que se caracteriza, y agotará hasta las últimas consecuencias legales contra cualquier intento de objeción al respecto. Asimismo, tomará las acciones pertinentes ante la justicia en respuesta al atropello del que fue objeto por parte de EDE Este.(HG).

2014-01-13 20:01:34