Santo Domingo, RD, 17 de Febrero.-Una regulación excesiva o una muy débil constituyen los dos extremos peligrosos a la hora de establecer reglas para el mercado laboral, porque los países que caen en cualquiera de ellos tienen que pagar los costos que conllevan en términos económicos y sociales, afirmó este martes Gordon Betcherman, experto de la Universidad de Otawa, Canadá.
A su juicio, lo correcto es situarse en un espacio medio «donde las regulaciones diseñadas apropiadamente pueden aliviar modestamente las fallas del mercado y ofrecer alguna protección a los trabajadores sin imponer costos mayores a las empresas o a la economía».
Al exponer en el «Panel sobre Regulación laboral y desempeño de los mercados laborales», organizado por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), Betcherman sostuvo que para lograr el nivel apropiado de regulación hay que tomar muy en cuenta el contexto del país.
El informe fue presentado en el marco de la Semana del Noveno Aniversario de creación del Ministerio de Economía en una actividad celebrada en el Salón Verde, en la tercera planta del Palacio Nacional, con la presencia del titular de esa dependencia estatal, ingeniero Temístocles Montás; Magdalena Lizardo, Directora de la Unidad de Análisis Económico y Social; Marcos Villaman, Director del Fondo para la Promoción de Investigación Económica y Social (FIES) y Jurgen Weller, jefe de la Unidad de Estudios de la Dinámica y Coyuntura del Empleo de la División de Desarrollo Económico de CEPAL.
En su ponencia titulada «Diseño de regulaciones del mercado laboral en países en desarrollo», el experto destacó la importancia de las regulaciones laborales porque como todos los otros mercados, ellas permiten «mitigar las fallas de mercado, como información imperfecta, y para proteger a los compradores y vendedores».
Advirtió que como lo que se compra y se vende son los servicios de personas, «regular el mercado laboral puede resultar contencioso. En Italia, asesores encargados de rediseñar las reglas del mercado laboral han sido inclusive asesinados».
Una nota de la Unidad de Comunicaciones del MEPyD dice que al abordar los aspectos más importantes de la regulación del mercado laboral en todos los países, Betcherman citó las reglas que definen el salario mínimo y la seguridad del empleo.
«La mayoría de las evidencias sobre los efectos de los salarios mínimos y las reglas sobre el empleo sugieren que la mayoría de los países han establecido estas regulaciones en un rango apropiado», subrayó Betcherman.
Reconoció que hay divergencias de enfoque, pues hay quienes consideran que «unas regulaciones fuertes pueden beneficiar a los trabajadores, especialmente a los más vulnerables, sin altos costos para los empleadores», mientras una visión más escéptica sostiene que «más regulación conduce a menor empleo y productividad, y perjudica a los mismos trabajadores que las regulaciones tenían la intención de beneficiar».
Betcherman consideró que lo fundamental a tomar en cuenta es que las reformas se traduzcan en un interés social amplio.
Legislación laboral o negociación colectiva
De su lado, Jürgen Weller, experto en políticas de empleo de la CEPAL, consideró que la institucionalidad laboral ?basada en la legislación laboral o en la negociación colectiva? «influye en las características del empleo, particularmente en aspectos de su calidad y en las brechas que existen al respecto para diferentes grupos de trabajadores (por ejemplo, por medio de políticas de formalización o del salario mínimo)».
Al exponer sobre «Aspectos de la evolución reciente de los mercados laborales en América Latina y el Caribe, Weller destacó que esa institucionalidad tiene un doble objetivo: el primero es «Contribuir al funcionamiento eficiente del mercado laboral (incorporando cada vez más a la fuerza laboral en empleos productivos), estimular aumentos de la productividad (lo que incluye la distribución efectiva de los frutos correspondientes) y diseñar mecanismos que permitan ajustes adecuados a los vaivenes del ciclo económico».
El segundo objetivo es «favorecer la protección de los trabajadores como actores estructuralmente más débiles, sobre todo de los grupos vulnerables con problemas específicos en la inserción laboral productiva», agregó Weller.
Señaló que «la legislación laboral y la negociación colectiva afectan al proceso de determinación de los salarios y otros beneficios, los contratos, la protección social, y la capacitación», entre otros aspectos.
Weller indicó que a la vez, las normas de higiene y seguridad en el trabajo y sobre su organización (ritmo, pausas y otros) influyen en las condiciones laborales.
Al panel asistieron representantes de instituciones públicas y privadas, asi como de organismos internacionales, entre ellos McDonald Benjamin, del Banco Mundial.
La semana conmemorativa del aniversario del Ministerio de Economía continúa este miércoles con la presentación y panel de discusión de los resultados del estudio «Valores, Expectativas y Vida Cotidiana de la Juventud en República Dominicana: Un estudio Cualitativo», a partir de las 9:00 de la mañana en la sede del MEPyD, en el edificio de oficinas gubernamentales en la avenida México.
Experto aporta al país experiencias de regulación laboral
Un experto de la Universidad canadiense de Ottawa sugirió al país este martes, donde se discuten reformas laborales, tomar como base las evidencias empíricas para determinar cuán positivo o negativo resultaría el impacto de las regulaciones laborales en el mercado laboral y en la productividad.
Gordon Betcherman, experto en diseño de regulaciones del mercado laboral para países en desarrollo, invitado como expositor del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) en su semana noveno aniversario, tocó este tema en el Salón Verde del Palacio Nacional, informó la Unidad de Comunicaciones.
Estuvo acompañado del ministro Juan Temístocles Montás, de la directora de la Unidad de Análisis Económico y Social, Magdalena Lizardo; del director general de Desarrollo Económico y Social (Digedes), Roberto Liz; del director ejecutivo del Fondo para la Investigación Económica y Social (FIES), Marcos Villamán, y del también expositor invitado Jurgen Weller.
Betcherman aseguró que todos los mercados laborales fallan en disponer de información imperfecta, de desigual poder de negociación, de limitadas posibilidades de compromisos a largo plazo y de insuficiente seguro contra riesgo relacionado con el empleo.
Para resolver esos y otros problemas dijo que existen las regulaciones, instituciones y programas, pero recordó que al momento de cómo hacerlo surgen perspectivas opuestas entre el Estado y el mercado o empresariado.
La visión pro-institucional aboga por regulaciones para mejora de la equidad y abordar los desequilibrios de poder en el mercado laboral, mientras que el mercado las tipifica como «distorsiones» que afectan su eficiencia laboral y disminuye la productividad y el empleo.
Ante tales divergencias propuso tomar como base la evidencia empírica, el impacto real causado por las regulaciones, pero advirtió que a esa consecución se antepone la falta de datos que permiten identificar tales efectos, y otros factores que igualmente pueden afectar los indicadores de interés.
Tomando como fuentes estudios propios de 2014, el experto citó de ejemplo que una legislación más estricta de protección al empleo, que incluya una cesantía más generosa y una legislación más restrictiva sobre la ocupación no permanente, tiene un impacto negativo modesto o ningún impacto sobre el empleo de forma general.
En ese escenario, los hombres en edad productiva y los trabajadores calificados tienen en el empleo general mayor probabilidad de beneficiarse, pero los grupos particulares, los jóvenes y trabajadores menos calificados, tienen mayor probabilidad de verse perjudicados. Mientras que, en los salarios, el impacto es una reducción de la inequidad salarial y en la productividad efectos variados, dijo el experto.
El salario
Betcherman se refirió también al impacto de salarios mínimos más elevados, los que cuales tienen un impacto negativo modesto o ningún impacto en el empleo de forma general, pero en grupos particulares, en la ocupación de jóvenes y trabajadores menos calificados, mayor probabilidad de impacto negativo.
«Los salarios mínimos tienen efecto positivo en los niveles de salario; reducen la inequidad salarial y en la pobreza tiene efectos variados, pero no constituyen un instrumento eficiente para combatirla, y su impacto en la productividad no está claro», explicó.
Ante tal situación aconsejó situar la solución sobre una meseta en cuyas laderas aparecen de un lado las regulaciones que no abordan imperfecciones y del otro una sobrerregulación que crea nuevas imperfecciones o que exacerba las existentes.
Betcherman presentó al auditorio un cuadro comparativo del salario mínimo en dólares tomado de Doing Business, el aplicado al trabajador en un estudio de caso, y la relación entre salario mínimo y valor agregado por trabajador, tanto en República Dominicana como en Brasil, Bulgaria, Costa Rica, Jamaica, México, Panamá y Tailandia.
En República Dominicana el salario mínimo por mes en la lista es de US$296, en Sao Paulo (Brasil) 438, en Bulgaria 233, en Costa Rica 581, en Jamaica 250, en México 175 dólares, en Panamá 477, y en Tailandia US$251.
«La evidencia relativa a las regulaciones sobre seguridad del empleo y los salarios mínimos indica que los efectos no son tan positivos ni tan negativos como afirman las dos partes», reflexionó.
La cesantía
Esta tiene la ventaja según el experto de ser un esquema simple que ofrece cierta protección a los trabajadores, aunque destacó que algunos países evalúan la necesidad de reformarla bajo el argumento de que limita la productividad, que resulta costosa, que fomenta el empleo sin cobertura, la falta de pago y altos costos de litigios.
En este sentido sugirió que por tratarse la cesantía de un derecho adquirido sea sustituida por un esquema más eficaz, como el de cuentas de ahorros capitalizadas, que aumentó en 1990 aumentó en Colombia la probabilidad real de pago de cesantía y aumentó el empleo, medido en horas semanales.
«Se incrementó la compensación total de los trabajadores, pero los salarios se redujeron, ya que los empleadores les transfirieron el 80% de los costos de los pagos de cesantía en forma de menores salarios y aumentaron tanto los ceses como las contrataciones», advirtió.
Recordó que igualmente en Chile los pagos de cesantía desde 2002 coexisten con un sistema de seguro de desempleo sustentado en las cuentas de ahorros individuales, más un fondo de solidaridad en caso de agotarse los fondos de la cuenta.
Como positivas citó entre algunas características del mismo que facilita la movilidad de los trabajadores, la adecuación entre oferta y demanda laboral; reduce el riesgo moral, y algún tipo de seguro para los trabajadores de bajos ingresos.
«Solamente se cuenta con limitada evidencia sobre los efectos reales en el mercado laboral y en la productividad, pero el sistema parece haber proporcionado una cobertura adecuada sin efectos negativos para muchos trabajadores», indicó.
Como último caso citó el de Austria, donde el impacto de la conversión a cuentas de ahorros en 2002 podría utilizarse como un seguro de desempleo o como un beneficio de pensión.
Este sistema aumentó la movilidad de los trabajadores y la equidad, pues el 75% de ellos califica versus el 15% del sistema anterior. Y a pesar de un alto porcentaje de pagos realizados, el sistema continúa utilizándose como pago de cesantía y no como un complemento del ingreso por jubilación.
2015-02-17 15:07:49