Opiniones

La Secretaria de la Corte Penal Internacional

Por Rommel Santos

El Estatuto de Roma  establece que la Secretaría de la Corte Penal Internacional , sin perjuicio de las funciones y atribuciones del Fiscal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del estatuto de referencia, estará encargada  de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte Penal Internacional  y de prestarle servicios.

De conformidad con el Estatuto de la Corte Penal Internacional la Secretaría será dirigida por el Secretario, que será el principal funcionario administrativo de la Corte. El Secretario ejercerá sus funciones bajo la autoridad del Presidente de la CPI.

El Estatuto de la Corte Penal Internacional señala, además, que el Secretario y el Secretario Adjunto deberán ser personas que gocen de consideración  moral y tener un alto nivel de competencia y un excelente  conocimiento  y dominio de al menos uno de los idiomas de trabajo de la Corte.

El Estatuto de Roma  también  establece que los magistrados elegirán al Secretario de la Corte Penal Internacional  en votación secreta por mayoría  absoluta y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Asamblea de los Estados Partes. De ser necesario elegirán por recomendación del Secretario y con arreglo al mismo procedimiento,  un Secretario Adjunto.

En cuanto al procedimiento de elección del Secretario de la Corte Penal Internacional, el Estatuto de Roma establece que el mismo será elegido por un periodo de cinco años en régimen de de dejación  exclusiva y podrá ser reelegido una sola vez. El Secretario  Adjunto será elegido por un periodo de cinco años, o por uno más breve, si así lo deciden los magistrados por mayoría absoluta en el entendimiento de que prestara sus servicios según sea necesario.

Finalmente, el Secretario  establecerá  una Dependencia de Víctimas y Testigos dentro de la Secretaria. Esta Dependencia, en consulta con la Fiscalía, adoptará medidas de protección y dispositivos de seguridad y prestará asesoramiento  y otro tipo de asistencia a testigos y víctimas  que comparezcan  ante la CPI, y a otras personas que estén peligro en razón del  testimonio prestado . La Dependencia contara con personal  especializado para atender a las víctimas de traumas, incluidos los relacionados  con delitos de violencia sexual.

Rommelsantosdiaz@gmailcom