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Participación Ciudadana presenta  Tercer Informe del Observatorio de Casos de Corrupción Administrativa

Participación Ciudadana presenta este tercer informe del observatorio sobre la suerte de los casos de corrupción que se conocen en los tribunales dominicanos, cuyo objetivo es monitorear estos casos hasta que se produzcan las sentencias definitivas. Como organización dedicada a la lucha contra la corrupción y la impunidad, el propósito de estos informes es medir la eficiencia con que opera el sistema de justicia en esta materia, mantener informada a la opinión pública y crear conciencia ciudadana en la lucha contra la impunidad de los delitos de corrupción.

Entendemos que, los expedientes de corrupción administrativa no deben subsumirse en estadísticas generales de mora judicial, por el contrario, debe dársele seguimiento especial, ya que se trata de los casos más complejos, con más acusados, con redes complejas de involucrados con poder para lograr y encubrir sus propósitos y porque presentan montos jamás vistos en la historia de la justicia dominicana. Por tanto, estos casos son de interés general de la sociedad, porque se trata de recursos públicos, porque son responsables de la pobreza de la población y del Estado y porque la corrupción es un delito presente en toda la historia del país que es imperativo erradicar. 

Este tercer informe recoge las incidencias en el desarrollo de estos casos en los últimos meses del año 2024, y profundiza en el análisis de los riesgos de que en los mismos se pueda declarar extinguida la acción pública, por la llegada del tiempo máximo de duración del proceso sin sentencia al fondo.

Como se desprende de la información que exponemos a continuación, todos los casos de corrupción administrativa en la justicia avanzan muy lentamente, algunos ya pasaron o en este año cumplen 4 años, sin que se haya logrado una sola sentencia en primera instancia. Esto nos lleva a afirmar que la mora judicial, en temas de corrupción administrativa, sigue siendo extremadamente alta.

Consejo Nacional

16 de enero 2025

TERCER INFORME DEL OBSERVATORIO DE CASOS DE CORRUPCIÓN
ADMINSITRATIVA.

El 7 de enero del presente año, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia,
magistrado Luis Henry Molina, en su discurso de celebración del Día de la Justicia,
destacó una serie de aspectos y cifras que representan cambios importantes en el
sistema judicial, en temas tan cruciales como la reducción de la mora judicial, la
digitalización de todas las decisiones, el monitoreo del rendimiento de los tribunales,
la transparencia de los datos e informaciones, mayores controles éticos y rendición
de cuentas, entre otros aspectos que incluyen planes de profundización de las
transformaciones en el presente año.
Participación Ciudadana celebra estos avances que son el fruto de la voluntad de
todos los actores del sistema, así como de los reclamos, el seguimiento y la
participación de una diversidad de sectores que han puesto el mejoramiento de la
justicia como una de sus principales prioridades en la construcción de una República
Dominicana más democrática, justa, progresista y pacífica.
En el interés de seguir participando y contribuyendo al logro de estas metas
nacionales, Participación Ciudadana presenta este tercer informe del observatorio
sobre la suerte de los casos de corrupción que se conocen en los tribunales
dominicanos, cuyo objetivo es monitorear estos casos hasta que se produzcan las
sentencias definitivas. Como organización dedicada a la lucha contra la corrupción y
la impunidad, el propósito de estos informes es medir la eficiencia con que opera el
sistema de justicia en esta materia, mantener informada a la opinión pública y crear
conciencia ciudadana en la lucha contra la impunidad de los delitos de corrupción.
Entendemos que, los expedientes de corrupción administrativa no deben subsumirse
en estadísticas generales de mora judicial, por el contrario, debe dársele seguimiento
especial, ya que se trata de los casos más complejos, con más acusados, con redes
complejas de involucrados con poder para lograr y encubrir sus propósitos y porque
presentan montos jamás vistos en la historia de la justicia dominicana. Por tanto, estos
casos son de interés general de la sociedad, porque se trata de recursos públicos,
porque son responsables de la pobreza de la población y del Estado y porque la
corrupción es un delito presente en toda la historia del país que es imperativo
erradicar.
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Este tercer informe recoge las incidencias en el desarrollo de estos casos en los
últimos meses del año 2024, y profundiza en el análisis de los riesgos de que en los
mismos se pueda declarar extinguida la acción pública, por la llegada del tiempo
máximo de duración del proceso sin sentencia al fondo.
Como se desprende de la información que exponemos a continuación, todos los
casos de corrupción administrativa en la justicia avanzan muy lentamente,
algunos ya pasaron o en este año cumplen 4 años, sin que se haya logrado una sola
sentencia en primera instancia. Esto nos lleva a afirmar que la mora judicial, en
temas de corrupción administrativa, sigue siendo extremadamente alta.

  1. Desarrollo de los casos en el último trimestre del año 2024.
    1.1 Resumen del caso Anti Pulpo.
    Fecha de medidas de
    coerción
    Las medidas de coerción fueron dictadas el 8 de
    diciembre de 2020, por lo que en diciembre 2024
    cumplió cuatro años.
    Imputación Sustracción en perjuicio del Estado entre los años 2012
    y 2020 por RD$4 mil 796 millones mediante contratos
    millonarios con diversas instituciones del Estado,
    practicando tráfico de influencias.
    Tribunal apoderado de la
    fase preliminar
    Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito
    Nacional, juez Deiby Timoteo Peguero.
    Imputados enviados a
    juicio
    Juan Alexis Medina Sánchez, Carmen Magaly Medina
    Sánchez, Fernando Rosa, Aquiles Christopher, Antonio
    Florentino Méndez, Rigoberto Alcántara Batista, José
    Alarcón Fulvio Antonio Cabrera, José Idelfonso Correa,
    Libni Arodi Valenzuela Matos, Francisco Ramón Brea
    Morel (a) Johnny, Víctor Encarnación Montero, Lina
    Ercilia de la Cruz Vargas, Cristian Manuel Ramírez,
    Carlos Martín Montes de Oca, Paola Mercedes Molina
    Suazo, José Dolores Santa y Wacal Bernabé Méndez.
    Fase en que se encuentra El caso Anti pulpo sobrepasó la fase de investigación y
    la fase intermedia de la audiencia preliminar. En estos
    momentos se encuentra en audiencia de fondo, fase
    de presentación de las pruebas.
    Excluidos por acuerdos
    con el Ministerio Público
    Ya fueron condenados Francisco Pagán y Julián
    Esteban Suriel Suazo a cinco años utilizando el
    procedimiento penal abreviado. A Domingo Antonio
    Santiago Muñoz se le validó un criterio de oportunidad
    aplicado por el Ministerio Público, por lo que quedó en
    libertad. A Lewyn Ariel Castillo Robles se le aplicó la
    suspensión condicional del proceso.
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    Tribunal apoderado del
    fondo
    Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional,
    presidido por la magistrada Claribel Nivar e integrado
    por las magistradas Clara Castillo y Yissell Soto,
    quienes han fijado audiencias dos días de cada semana
    hasta que haya decisión sobre el mismo.
    Inicio de juicio de fondo 20 de junio de 2023
    Desarrollo del caso Antipulpo en el trimestre octubre-diciembre del 2024.
    Las dilaciones han impedido que el caso avance con mayor fluidez. Las dos últimas
    posposiciones ocurrieron, la primera debido a que uno de los abogados de un
    imputado renunció a seguir en el caso porque le salió su residencia en los Estados
    Unidos y tuvo que marcharse del país; la segunda a que otro de los abogados de los
    imputados presentó una excusa médica.
    La complejidad del caso, la multiplicidad de imputados, el volumen de pruebas y la
    imposibilidad de poder celebrar más de dos audiencias por semana, han dilatado la
    sentencia al fondo, que aún no tiene fecha que se pueda estimar en estos momentos.
    En los meses de octubre hasta mediados de diciembre, el Segundo Tribunal
    Colegiado del Distrito Nacional, ha continuado conociendo el caso, en estos
    momentos en la fase de presentación de las pruebas por parte del Ministerio Público.
    En ese lapso se celebraron 13 audiencias los días 2, 7, 9, 14, 21, 23 de octubre, 5, 11, 20,
    27, 28 de noviembre y 9 y 11 de diciembre, en las que el tribunal ha venido conociendo
    las pruebas aportadas por el Ministerio Público. Algunas de estas audiencias han
    debido aplazarse por fallecimiento de parientes de algunos imputados o por
    condición médica.
    Los imputados que han deseado ejercer su derecho a la defensa material, lo han
    podido hacer, como el caso del señor Alexis Medina y R. Alcántara.
    1.2 Resumen de los casos Coral y Coral 5 G.
    Fecha de medidas de
    coerción
    Las medidas de coerción en este caso fueron
    impuestas el 15 de diciembre de 2021, por lo que
    cumplirá cuatro años en diciembre de 2025.
    Imputación Los imputados están acusados de estafar al Estado
    con más de 4,500 millones de pesos, a través de
    nombramientos irregulares, ventas de especialismos y
    otras anomalías en el Cuerpo de Seguridad
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    Presidencial (CUSEP) y en el Cuerpo Especializado de
    Seguridad Turística (CESTUR).
    Tribunal apoderado de la
    fase preliminar
    Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional,
    Jueza Yanibet Rivas.
    Imputados enviados a
    juicio
    Mayor general Adán Cáceres Silvestre, la pastora
    Rossy Guzmán, su hijo Tanner Antonio Guzmán, el
    coronel Rafael Núñez de Aza, el sargento de la Armada
    Alejandro José Montero Cruz, así como el mayor del
    Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez. Además, el
    General Juan Carlos Torres Robiou, exjefe del Cuerpo
    Especializado de Seguridad Turística (CESTUR), Julio
    Camilo de los Santos Viola y Boanerges Reyes Batista,
    del Ejército de República Dominicana. El Capitán de
    navío Franklin Antonio Mata Flores, José Manuel
    Rosario Pirón, los coroneles Carlos Augusto Lantigua
    Cruz, Miguel Ventura Pichardo, el cabo Jehohanan
    Rodríguez Jiménez y Erasmo Roger Pérez Núñez. Al
    igual fueron enviadas 13 empresas al proceso de
    fondo.
    Fase en que se encuentra El 10 de julio de 2023 dictó auto de apertura a juicio de
    fondo a todos los imputados en el caso Coral y Coral
    5G.
    Excluidos por acuerdos
    con el ministerio publico
    Ninguno
    Tribunal apoderado del
    fondo
    Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional
    presidido por la magistrada Gissell Méndez, e
    integrado por las magistradas Yissell Naranjo y Tania
    Yunes.
    Inicio de juicio de fondo octubre del 2023.
    Fase en que se encuentra Presentación de pruebas por parte del Ministerio
    Público.
    Desarrollo de los casos Coral y Coral 5G en el último trimestre del 2024.
    En el último trimestre del año 2024 el Primer Tribunal Colegiado del D.N., ha
    celebrado 13 audiencias los días 1, 8, 9, 15, 22, 29, 31 de octubre, 5, 12, 19, 22, 26 y 29
    de noviembre.
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    El caso se desarrolla sin mayores inconvenientes dentro de los parámetros de un
    caso complejo, con multiplicidad de imputados, alto volumen de pruebas y la
    dificultad del tribunal de no poder dedicarse al caso a tiempo completo.
    1.3 Resumen del Caso Medusa.
    Fecha de medidas de
    coerción
    Las medidas de coerción fueron dictadas el 14 de julio
    del 2021, por lo que el caso ya tiene 3 años y medio.
    Imputación El ex procurador general de la República, Jean Alain
    Rodríguez y otras 40 personas y 22 sociedades son
    imputadas de estafar al Estado por más de RD$6,000
    millones de pesos.
    Tribunal apoderado de la
    fase preliminar
    Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional,
    presidido por el magistrado Amauri Martínez.
    Fase en que se encuentra El 28 de junio del 2024 fueron enviados a juicio de
    fondo todos los imputados, con la única excepción de
    la señora Sara María Fernández, a favor de quien se
    dictó un auto de no ha lugar.
    Imputados enviados a
    juicio
    Este 5 de agosto 2024 se entregó a los imputados la
    decisión, que tiene 11,692 páginas y que envía a juicio
    de fondo a Jean Alain Rodriguez, Jhonatan Joel
    Rodriguez Imbert, Alfredo Alexander Solano Augusto,
    Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio
    Mercedes Marte, Miguel José Moya, Braulio Michael
    Batista Barias, Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón
    Lucrecio Burgos, Jhonatan Loander Medina Reyes, Isis
    Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez
    Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, José Miguel
    Estrada Jackson, César Nicolás Rizik Pimentel y José
    Luis Liriano Adames.
    Excluidos por acuerdos
    con el ministerio publico
    La mitad de las 41 personas físicas imputadas han
    llegado a acuerdos con el ministerio público.
    Tribunal apoderado del
    fondo
    Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional
    presidido por la magistrada Keila Perez Santana e
    integrado por los magistrados Elías Santini y Arisleida
    Méndez.
    Inicio de juicio de fondo La primera audiencia fue fijada para el 23 de
    septiembre de 2024.
    7
    Fase en que se encuentra La próxima audiencia está fijada para el 8 de enero de
    2025, donde se espera que pueda iniciarse el
    conocimiento del caso.
    Desarrollo del Caso Medusa en el último trimestre del 2024.
    La primera audiencia para el conocimiento del fondo del caso fue fijada para el 23 de
    septiembre de 2024 y se aplazó porque el imputado J. M. Estrada Jackson se
    encontraba fuera del país.
    La siguiente audiencia fue fijada para el 1 de octubre, y fue aplazada para que el
    imputado Javier Forteza fuera asistido por un defensor público.
    La siguiente audiencia, el 10 de noviembre, fue aplazada por la muerte de un pariente
    de uno de los imputados.
    La próxima audiencia está fijada para el 8 de enero de 2025, donde se espera que
    pueda iniciarse el conocimiento del caso.
    1.4 Resumen del Caso Calamar.
    Fecha de medidas de
    coerción
    Las medidas de coerción se impusieron en abril de
    2023, y la acusación fue presentada el 26 de abril de
    2024.
    Imputación El caso Calamar involucra distracciones en perjuicio
    del Estado dominicano por más de RD$41,000 millones
    de pesos.
    Tribunal apoderado de la
    fase preliminar
    Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional,
    jueza Altagracia Ramírez.
    Imputados enviados a
    juicio
    Donald Guerrero, Ex ministro de Hacienda; Gonzalo
    Castillo, ex ministro de Agricultura y candidato
    Presidencial; José Ramón Peralta, ex ministro de la
    Presidencia; Daniel De Jesús Caamaño, ex Contralor
    General de la República; Marcial Reyes, Ramón David
    Hernández, Yahaira Brito, Luis Miguel Piccirilo, Claudio
    Silver, Ángel Lockward, Aldo Gerbasí, Alejandro
    Constanzo, Ana Linda Fernández de Paola, Emir
    Fernández de Paula, Julián Omar Fernández, Oscar
    Arturo Chalas, Rafael Parmenio Rodríguez y Agustín
    Mejía Ávila, Rafael Calderón Martínez, Manuel Miqui,
    Rosa Arias, Marino Enrique Cabrera, Cesar Miguel
    Santana, Mabel Mejía Cintrón, Hathaly Hernández,
    Natividad Martínez, Kimberly Zayas, Manuel Morilla
    8
    Soto, Manuel Morilla Gil, Princesa Alexandra García
    Medina, Roberto Moquete, y Daniel Guerrero. En total
    46 personas físicas y 12 personas morales.
    Fase en que se encuentra El caso se encuentra en la fase intermedia de audiencia
    preliminar,
    La primera audiencia fue celebrada el 17 de junio 2024
    y fue aplazada para el 26 de agosto, fecha en la cual la
    magistrada apoderada fue recusada. La próxima
    audiencia está fijada para el 30 de septiembre del 2024.
    Excluidos por acuerdos
    con el ministerio publico
    Fueron homologados los acuerdos por criterio de
    oportunidad de Fernando Crisóstomos, Ramón Emilio
    Jiménez, José Arturo Ureña, Belkiz Antonia Tejada,
    Natalia Cesarina Beltré Torres y la empresa Grupo
    Dibefe, S.R.L., Baldemar A. Ovalle Sánchez, Camilo
    Andrés Peña Hernández, quienes admitieron los
    hechos, se comprometieron a devolver activos en su
    poder y a colaborar con el ministerio público.
    Tribunal apoderado del
    fondo
    No ha llegado a fase de fondo
    Desarrollo del caso Calamar en el último trimestre del 2024.
    En siete ocasiones la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción,
    apoderada del caso, ha intentado iniciar la audiencia preliminar pero no ha podido.
    En fecha 9 de diciembre el tribunal aceptó el retiro de once querellantes contra el
    imputado José Ramón Peralta, los cuales fueron William Humberto Mota de la Cruz,
    Johana Rosaly Mota Aponte, (sucesores de Cristiano Mota), Luis Julio Mota, Santiago
    Ubiera Mota, Gonzalo Ubiera Mota, Ana Cecilia Ubiera Mota, Jonathan Ubiera Mota,
    Yrene Ubiera de Mercedes, Edwin Javier Martínez Ubiera Mota, Cesar Javier Martínez
    Ubiera y Angel Javier Martínez Ubiera. Este retiro no afecta la acusación presentada
    por el ministerio público, por aplicación del artículo 30 del Código Procesal Penal, que
    dispone, bajo el título de “obligatoriedad de la Acción Pública”, lo siguiente: “El
    Ministerio Público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de que tenga
    conocimiento, siempre que existan suficientes elementos facticos para verificar su
    ocurrencia.”
    En la última audiencia, el 9 de diciembre, hubo peticiones de reposición de plazos,
    que fue acogida por la jueza, quien fijó una nueva fecha para tratar de iniciar la
    audiencia preliminar, para el 13 de enero de 2025.
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    1.5 Resumen del Caso Camaleón.
    Fecha de medidas de
    coerción
    5 de octubre del 2024
    Imputación Trama para favorecer a la empresa Transcore Latam en
    una licitación pública por RD$1,317 millones de pesos
    para la modernización del sistema de semáforos del
    Gran Santo Domingo. Incluye delitos como el
    terrorismo, corrupción, desfalco, asociación de
    malhechores, robo de datos y sabotaje.
    Tribunal apoderado de la
    fase preliminar
    Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional,
    jueza Fátima Veloz.
    Imputados enviados a
    juicio
    Hugo Beras, ex director del INTRAN; José Gómez,
    Frank Díaz, Samuel Baquero, Juan Francisco Alvarez,
    Pedro Vinicio Padovani y Carlos José Peguero.
    Fase en que se encuentra La jueza de la instrucción Fátima Veloz impuso 18
    meses de prisión preventiva a los imputados Beras,
    Gómez Canaán y Padovani; a Gregorio Vaquero prisión
    domiciliaria y a la demás garantía económica,
    impedimento de salida y presentación periódica.
    Posteriormente la segunda sala penal de la corte de
    apelación del Distrito Nacional varió la prisión
    preventiva por garantía economía, presentación
    periódica e impedimento de salida.
    El caso se encuentra en la fase preparatoria, de
    investigación y debe esperarse a que el Ministerio
    Público produzca su acto conclusivo, archivando el
    expediente en caso de no tener mérito o presentando
    acusación, que es lo que se espera que haga partiendo
    de lo expuesto en su solicitud de medida de coerción.
    El caso Camaleón se incorpora a este observatorio.
    Algunos elementos salieron a relucir, convirtiendo este caso en uno al que se debe
    prestar atención, entre los que figuran el monto de la licitación, ya mencionado,
    falsedad en los documentos aportados para la licitación, el uso no autorizado del
    nombre de una empresa internacional muy reputada, el uso incorrecto de los
    nombres de los organismos de inteligencia del Estado, amenazas de los abogados
    de paralizar el tráfico, desconexión de los semáforos provocando un caos en las calles
    del Distrito Nacional, listado de jueces y auxiliares en el vehículo del principal
    imputado.
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    Desarrollo del caso Camaleón en el último trimestre del 2024.
    El caso agotó la fase de medidas de coerción, en la cual se celebraron 7 audiencias
    los días 5, 8, 9, 10 de octubre y en apelación los días 6, 11 y 12 de noviembre.
    Posteriormente la segunda sala penal de la corte de apelación del Distrito Nacional
    varió la prisión preventiva por garantía economía, presentación periódica e
    impedimento de salida. Resultó preocupante esta variación de medidas de coerción
    sobre uno de los imputados, al cual se le ocupó en su vehículo un listado de jueces y
    auxiliares de la justicia, sin que esa persona sea abogada, por lo que se presume pudo
    tratarse de espionaje sobre estos funcionarios judiciales, lo que pone en peligro las
    pruebas y justificarían una prisión preventiva.
    El caso se encuentra en la fase preparatoria, de investigación y debe esperarse a que
    el Ministerio Público produzca su acto conclusivo, archivando el expediente en caso
    de no tener mérito o presentando acusación, que es lo que se espera que haga
    partiendo de lo expuesto en su solicitud de medida de coerción.
  2. Riesgo de extinción de la acción pública por el vencimiento del plazo de
    duración máxima del proceso.
    El sistema de justicia debe mostrar en todos los casos los niveles de eficiencia
    necesarios para lograr sentencia de fondo dentro del plazo legal, condenando o
    absolviendo, de acuerdo a las pruebas presentadas.
    En informes previos hemos expresado que el plazo de duración máxima del proceso,
    de cuatro años a partir de las medidas de coerción, no es un plazo matemático que
    se obtiene sumando los días, meses y años transcurridos desde la medida de
    coerción, sino que debe ser un plazo razonable, que tome en cuenta la conducta de
    jueces, fiscales, abogados e imputados, así como el nivel de ocupación de los jueces
    y cualquier factor que ralentice la justicia y obstaculice la conclusión del proceso,
    criterio que ha sido decidido y sentada jurisprudencia al respecto, tanto por la
    Suprema Corte de Justicia como por el Tribunal Constitucional.
    Participación Ciudadana vuelve a traer este tema, pues se ha informado
    erróneamente que el Tribunal Constitucional ha cambiado su criterio al respecto a
    través de la sentencia TC-0740-24, cuando lo que ha hecho es confirmar su
    precedente al respecto.
    11
    Para evitar confusiones, citamos a continuación algunos párrafos de la sentencia
    antes señalada:
    “11.24. Respecto al plazo razonable, este colegiado plasmó en la
    Sentencia
    TC/0394/18, del once (11) de octubre del dos mil dieciocho (2018),
    haciendo
    acopio del precedente de la Corte Constitucional de Colombia que ha
    indicado, en su Sentencia núm. T-230/13, lo siguiente:
    La jurisprudencia ha señalado que, atendiendo la realidad del país, en la
    gran mayoría de casos el incumplimiento de los términos procesales no es
    imputable al actuar de los funcionarios judiciales. Así, por ejemplo, existen
    procesos en los cuales su complejidad requiere de un mayor tiempo del
    establecido en las normas y en la Constitución para su estudio, para valorar
    pruebas o para analizar la normatividad existente. Por ello, la jurisprudencia
    ha destacado que cuando la tardanza no es imputable al actuar del juez o
    cuando existe una justificación que explique el retardo, no se entienden
    vulnerados los
    derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
    En este sentido, en la Sentencia T-803 de 2012, luego de hacer un extenso
    recuento jurisprudencial sobre la materia, esta Corporación concluyó que el
    incumplimiento de los términos se encuentra justificado (i) cuando es producto
    de la complejidad del asunto y dentro del proceso se demuestra la
    diligencia razonable del operador judicial; (ii)cuando se constata que
    efectivamente existen problemas estructurales en la administración de
    justicia que generan un exceso de carga laboral o de congestión judicial; o
    (iii) cuando se acreditan otras circunstancias imprevisibles o ineludibles
    que impiden la resolución de la controversia en el plazo previsto en la ley.
    Por el contrario, en los términos de la misma providencia, se está ante un caso
    de dilación injustificada, cuando se acredita que el funcionario judicial no ha
    sido diligente y que su comportamiento es el resultado de una omisión en el
    cumplimiento de sus funciones.”
    Como se aprecia en esta cita, sigue primando que el plazo de duración máxima de un
    proceso no es un plazo fijo que se calcula en forma matemática, sino que obedece al
    concepto de plazo razonable. Claro está que pesa sobre los operadores del sistema
    ser diligentes en el conocimiento de los casos y si no lo son, pudiera extinguirse la
    acción pública, pero recaerá sobre los responsables de la dilación la responsabilidad
    de lo ocurrido.
    12
    Si este precedente se cambiara para hacer del plazo máximo de duración de un
    proceso un plazo matemático, no cabe duda que se estaría favoreciendo la
    impunidad y todos los casos bajo este observatorio correrían el riesgo de extinguirse
    sin una decisión al fondo, sin importar las pruebas existentes.
    16 de enero del 2025
    Consejo Nacional