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TÁBARA ARRIBA, AMIAMA GÓMEZ, TÁBARA ABAJO Y LOS TOROS, DONDE LA TIERRA PRODUCE FRUTOS



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TÁBARA ARRIBA, AMIAMA GÓMEZ, TÁBARA ABAJO Y LOS TOROS, DONDE LA TIERRA PRODUCE FRUTOS

POR TEÓFILO LAPPOT ROBLES

Municipio Tábara Arriba

El poblado de Tábara Arriba está empotrado a pocos kilómetros del lado oriental de la carretera que conecta las ciudades de Azua y San Juan de la Maguana. Tuvo la condición rural de Sección hasta el 12 de agosto de 1978.

Por mandato de la Ley 916, promulgada en la indicada fecha, se le otorgó a esa antigua Sección de Azua la categoría de Distrito Municipal, con el mismo nombre que siempre tuvo, pero antecedido de la palabra Villa, la cual tiene una connotación corporativa superior a una aldea, desde los tiempos en que se fomentaron en la Edad Media los llamados burgos regenteados por los nobles feudales.

En aquella ocasión el Congreso Nacional, luego de las ponderaciones de rigor cuando se introducen modificaciones a la geografía nacional, dispuso que Villa Tábara Arriba fuera integrada, además de la común cabecera, por las Secciones Los Toros, Amiama Gómez, Sajanoa y Las Guanábanas.1

Un cuarto de siglo después el Distrito Municipal de Villa Tábara Arriba fue elevado a Municipio, dentro de la provincia de Azua, mediante la Ley 20-04, promulgada el 20 de enero del 2004.

En dicho texto legal desapareció el vocablo Villa y quedó sólo como Tábara Arriba, ponderándose la existencia en ese territorio de 166 mil tareas de tierra con vocación agrícola y ganadera y otros atributos resaltados para tomar la referida decisión del Congreso Nacional.

Por imperativos establecidos en el artículo 7 de la ley de su creación esa demarcación territorial está integrada por los Distritos Municipales Amiama Gómez, Tábara Abajo y Los Toros, así como por el rosario de secciones y parajes de éstos.

Ese municipio tiene una extensión superficial de 285 kilómetros cuadrados, en los cuales se distribuían 17,647 moradores, al terminarse el IX Censo de Población y Vivienda del año 2010. Para entonces el 68% de sus habitantes vivían en áreas consideradas urbanas y el resto, vale decir el 32%,en la parte rural.2

Una de las principales fuentes de agua de dicho municipio es el río Tábara, el más extenso del valle que cubre los pueblos mencionados más arriba. Su nacimiento se produce en una llanura, por los entornos de Viajama; pero gran parte de su recorrido es en forma de lecho seco, hasta encontrarse con el mar Caribe, en la Bahía de Ocoa, dejando atrás una considerable influencia en su cuenca hidrográfica de más de 400 kilómetros.

El geógrafo hostosiano Cayetano Armando Rodríguez, al referirse a ese río, en su obra Geografía Física, Política e Histórica de la isla de Santo Domingo, publicada por primera vez en el año 1915, dejó anotado que: «faldea el Cerro Viejo y se dirige al Sur hasta el lugarejo de La Cabuya, donde tuerce al E. casi en ángulo recto, para desembocar en la bahía de Ocoa, al N. del Puerto Viejo.»3

Parte del agua de la primera mitad del río Tábara es utilizada para alimentar canales estructurados para ayudar a la producción agrícola de la zona, la cual es su principal motor económico con cosechas de tabaco, habichuela, musáceas, café, vegetales y frutos menores.

Tábara Arriba es un municipio con fronteras en el mar Caribe. Sus límites territoriales, dispuestos por la indicada ley, son: Al Norte: Provincia San Juan. Al Sur Mar Caribe. Al Este: Municipio Azua de Compostela y al Oeste Provincia Barahona.4

Los estudios realizados sobre minas de oro, cobre y plata en la amplia zona que cubre la cuenca del río Yaque del Sur demuestran que en el hoy territorio del Municipio Tábara Arriba hubo en el pasado una importante cantidad del codiciado metal amarillo.

Así se desprende de la lectura de una importante investigación que publicó hace ahora 177 años un señor que firmaba W. G. Smith, y que luego han reproducido algunos historiadores del país. En su obra Riqueza Mineral Emilio Rodríguez Demorizi toca el tema.

En efecto, refiriéndose a las minas de las cuencas y subcuencas del Yaque del Sur, sin exclusión de la zona de Tábara Arriba y sus pueblos y campos aledaños, ubicados a varios kilómetros al Este de la mitad del desplazamiento de dicho ecosistema lótico, el enigmático Smith, en su obra titulada Investigaciones sobre las minas de la parte oriental de Santo Domingo, indicó lo siguiente: «Las minas de esos lugares no han sido explotadas nunca, hasta ahora de ellas han sacado beneficios muy pocos individuos que viven en esa parte de nuestro territorio, los cuales se ocupan en recoger el oro que se encuentra en la superficie.»5

No obstante el potencial que siempre han tenido las tierras de Tábara Arriba y sus contornos, existen notas informativas de los tiempos coloniales que demuestran que tanto allí como en otros lugares de la colonia de Santo Domingo había una enorme displicencia hacia el trabajo, lo cual dio origen a los famosos criaderos de holgazanes que luego motivaron el nacimiento de la abundante picaresca criolla que han narrado no pocos ensayistas y novelistas dominicanos y extranjeros.

Los archivos de los siglos XVI y XVII, en los fragmentos que corresponden a esta zona del país, son referentes elocuentes sobre la ociosidad de la tierra (por desidia humana), a pesar de su capacidad productiva.

En el año 1546 el gobernador Alonso López de Cerrato se refería a esa situación y también lo hizo en el 1601 el Arzobispo Agustín Dávila Padilla, como constan en documentos de entonces.

En su obra La Mala Vida, el recién fallecido Carlos Esteban Deive, resumiendo las gestiones del gobernador Diego Gómez de Sandoval en el 1608, revela que mediante censo éste recopiló en dicho año datos sensibles sobre la vagancia imperante en el territorio isleño bajo su control. Su propósito era corregir las distorsiones laborales que prevalecían, con grande riesgo de empobrecer y someter a una hambruna a la población.

Sobre ese tema el citado autor describe en la indicada obra, que es el resultado de cuatro años de investigación realizada por él en el Archivo General de Indias, en Sevilla, España, la siguiente disposición del referido gobernador Gómez Sandoval:

«Como medida complementaria, prohibió por bando a los mozos de servicio permanecer fuera de la casa de sus amos más de dos días consecutivos so pena de 200 azotes a los infractores. Tales disposiciones fueron ratificadas un año más tarde por cédula real. En ella se compulsaba a todos los españoles de condición servil, así como a los mestizos, mulatos y cambaigos a laborar en los campos, minas y obras públicas….»6

Distrito Municipal Amiama Gómez

La Sección Amiama Gómez, antiguamente llamada Biafara, fue elevada a Distrito Municipal mediante el artículo 2 de la Ley 20-04, el cual sólo expresa de manera repetitiva lo siguiente: » La Sección Amiama Gómez queda erigida en Distrito Municipal, con el nombre de Distrito Municipal Amiama Gómez y su cabecera será el pueblo de Amiama Gómez.»7

Como se observa, dicha disposición ni señala los límites territoriales ni las Secciones y Parajes de ese Distrito Municipal. Una falencia más, de las tantas que pueblan el espectro legal dominicano.

Esa comunidad debe su nombre al poeta, periodista, agrónomo y urbanista capitaleño Francisco Antonio (o Xavier) Amiama Gómez.

Como urbanista contribuyó ampliamente a la arborización de la ciudad de Santo Domingo y al ensanchamiento de la misma mediante nuevas calles, avenidas y alamedas. En ella nació el 26 de julio de 1867, falleciendo allí el 21 de noviembre del año 1943.

Como agrónomo creó y dirigió la escuela de Agricultura que a partir de 1889 existió por mucho tiempo en el municipio de San Cristóbal. Fue encargado en los primeros meses del gobierno de Ramón Cáceres, en el 1906, de redactar un tratado teórico y práctico para la enseñanza de las técnicas agrícolas para fomentar diferentes cultivos en todo el territorio nacional.

Amiama Gómez fue un gran defensor de las mujeres dominicanas. Desde principio del siglo pasado abogó por ellas a fin de que se eliminaran las trabas que les impedían desarrollar su potencial como seres humanos.

En la revista Femenina, «galante y de intereses generales», publicada en San Pedro de Macorís a partir del 15 de julio del año 1922, gracias a la perseverancia de la ilustre dama Petronila Angélica Gómez, Francisco Xavier Amiama Gómez divulgó un amplio comentario en uno de sus números correspondientes al 1924.-8

El espíritu del referido artículo de Amiama Gómez luego quedó en parte plasmado en la Ley 390, promulgada el 18 de diciembre de 1940, mediante la cual se eliminaron muchas restricciones que pesaban contra la mujer dominicana, resaltando en su parte introductiva la eficacia de sus intervenciones en múltiples actividades de interés colectivo. En el artículo 1 de dicho texto legal se dispone que: «Se declara que la mujer mayor de edad, sea soltera o casada, tiene plena capacidad para el ejercicio de todos los derechos y funciones civiles, en iguales condiciones que el hombre.»9

En su rol de periodista Amiama Gómez fue combativo y combatido. Era un polemista de fuste que no rehusaba enfrentamientos con la pluma. En la historia del periodismo criollo figura como fundador de más de 10 periódicos provinciales, algunos de los cuales forman parte de importantes hemerotecas nacionales.

Uno de esos medios de comunicación lo creó y difundía en todo el territorio de Azua, incluyendo los caminos y bohíos de la comunidad que ahora lleva su nombre. Así aparece registrado en la obra Publicaciones Periódicas Dominicanas desde la Colonia hasta 1984, auspiciada por la Universidad Central del Este.10

Como poeta estaba dotado de una alta sensibilidad social, amén de que no era ajeno a que su numen y su estro poéticos se inclinaran con frecuencia hacia los requiebros del amor, muchas veces en sintonía con el movimiento cultural denominado Romanticismo, que estuvo en boga en Europa principalmente en la primera mitad del siglo XIX, y del cual era un experto a juzgar por sus opiniones vertidas en los boletines, revistas y gacetas donde escribía con frecuencia.

Como bardo fue escogido para figurar en varias antologías, entre ellas dos compilaciones de Osvaldo Bazil.

En el año 1915 se publicó en Barcelona, España, una de esas antologías, titulada Parnaso Dominicano, la cual fue catalogada por el ilustre higüeyano Vetilio Alfau Durán como una «compilación completa de los mejores poetas de la República Dominicana.»11

Se haría largo enumerar precisiones sobre la toponimia de ese Distrito Municipal, pero es pertinente sugerir, para mayor abundamiento al respecto, la obra Historia de la División Territorial Dominicana Complementaria (1944-2018) cuyo autor es el laborioso catedrático santiaguero Luciano Castillo Domínguez.12

En esa tierra que ahora lleva por nombre Amiama Gómez se encontraron hace más de 400 años filones de un mineral compuesto y blando del grupo silicato, con colores combinados de blanco y gris azul, aunque también lo hay verde manzana. Antes era poco popularizado, pero particularmente el mundo de la cosmética lo ubica en un puesto de gran relevancia, especialmente para el embellecimiento de rostros femeninos.

Se trata del talco, utilizado tanto en la fabricación de papel y otros derivados, como preventivo para evitar maltratos en la piel y hasta para aditivos en una amplia gama de productos plásticos.

En su obra Idea del valor de la Isla Española, publicada en el siglo XVIII, específicamente en el capítulo IX, referente a las producciones de minerales o fósiles, Antonio Sánchez Valverde escribió que en esa área del país, dentro de la provincia de Azua, se encontraban pizarras de dicho mineral.

Así lo expuso Sánchez Valverde: «El Talco en jurisdicción de Azua y otras partes.»13

En el rubro agrícola se observan en el Distrito Municipal Amiama Gómez algunas plantaciones medianas de plátanos, maíz, guandules, auyamas, yuca y vegetales.

También se pueden ver pequeños hatos de ganado vacuno y dos o tres piaras de cerdos. Un reducido ganado caprino se mueve con cierta libertad por matorrales y escondrijos de esa zona del país.

Distrito Municipal Tábara Abajo

El año pasado comenté algo sobre el Distrito Municipal Tábara Abajo, pero no resulta abundante hacer ahora nuevas puntualizaciones sobre el mismo, a fin de completar detalles que permiten tener una idea más completa sobre su importancia geográfica.

La antigua Sección Tábara Abajo fue erigida en Distrito Municipal al promulgarse el 20 de enero del 2004 la Ley 20-04, la cual dispone, en su artículo 3, con una redacción redundante, lo siguiente: «La Sección Tábara Abajo, del municipio de Azua de Compostela, provincia Azua, queda erigida en Distrito Municipal, con el nombre de Distrito Municipal Tábara Abajo. Su cabecera será el pueblo de Tábara Abajo.»

Muchos de sus campos están preñados de hermosos cactus con sus flores multicolores que avivan el espíritu y deleitan la vista del viajero; especialmente abunda el cagüey, que es una cactácea con gran dominio paisajístico en toda la franja relativamente cercana al mar Caribe, en el suroeste del país.

Al recorrer las áreas sembradas de Tábara Abajo, pero básicamente las pequeñas porciones más conocidas como conucos, con sus ecosistemas marginales, y al mismo tiempo contemplar las condiciones de indefensión de los agricultores de allí, quienes crecen y envejecen envueltos en sus monótonas faenas, hay que admitir la agudeza que tuvo hace ahora 40 años el experto en agronomía Ramón Arturo Guerrero Valera, cuando puntualizaba sobre todo lo concerniente a la siembra, cosecha y comercialización de los productos del campo dominicano, pormenorizando el papel fundamental del aparato estatal en los lineamientos agrícolas.

Como si se hubiera inspirado en lo que antes y ahora se vive entre los surcos de Tábara Abajo, Guerrero Valera escribió el 3 de diciembre de 1979 lo siguiente:

» La política agraria es un concepto amplio, abarca lo social, lo político y lo económico. Cuando hablamos de política agrícola nos referimos a la gestión económica dentro de la cuestión agraria, sin dejar de tener en cuenta que todos los aspectos se entrelazan.»14

El Parque Nacional Anacaona comienza en Tábara Abajo

En Tábara Abajo se inicia uno de los principales Parques Nacionales del país, con sensacionales farrallones, cañones, meandros y una gran cantidad de movimientos geológicos que en el pasado provocaron que el río Yaque del Sur variara su curso original, lo cual motivó, entre otros hechos, que dejara de desembocar en área de Pueblo Viejo de Azua ( casi en el mismo lugar donde desagüa el río Jura) para hacerlo al Este de la ciudad de Barahona, en pleno centro de la Bahía de Neiba, entre los poblados de Pescadería y La Olla.

En efecto, mediante el Decreto número 571-09 fue creado el Parque Nacional Anacaona, el cual tiene su punto de partida en el territorio del hoy Distrito Municipal de Tábara Abajo.

El párrafo II del artículo 9 del referido Decreto 571-09, al establecer los límites de dicho Parque Nacional indica que su punto de partida está «sobre la carretera Sánchez, 200 metros al Oeste de la Cañada de Mañé próxima a Tábara Abajo…»Luego de un amplio recorrido sus coordenadas concluyen en punto de salida señalado.15

Desde cualquier punto de la geografía de Tábara Abajo, por su cercanía, se observa el Parque Nacional Julio Cicero Mac-Kinney, coronado con un bosque nublado a pesar de que gran parte de su extensión territorial la domina la aridez del terreno. Fue creado en honor a ese ilustre sacerdote y biólogo que fue un regalo de México al pueblo dominicano, donde desarrolló una extraordinaria labor de bien común.

El Distrito Municipal Tábara Abajo está situado en un cuadrante rodeado por cuatro distritos municipales: Al Norte: Los Toros. Al Sur: D-1 Ganadero. Al Este: Sabana Yegua y al Oeste: Los Toros.

Distrito Municipal Los Toros

La que hasta entonces era la Sección Los Toros fue elevada con ese mismo nombre a la condición de Distrito Municipal el 7 de febrero del año 2003, fecha en que se promulgó la Ley 46-03.

El Congreso Nacional, de conformidad con el texto que motivó su creación, estableció que en la jurisdicción de Los Toros hay más de 50 mil tareas disponibles para el fomento agrícola, con énfasis en la producción de tabaco y vegetales. Parte de ellas también son utilizables para el pastoreo de ganado vacuno, porcino y caprino.

El artículo 2 de la indicada ley dispuso que: «El Distrito Municipal de Los Toros estará comprendido por las secciones Las Guanábanas, Sajanoa, Tábara Abajo y Orégano Chiquito, y sus correspondientes parajes: Rabo la Puerca y Los Cambrones.»16

Once meses después, el 20 de enero del 2004, como se indica más arriba, Tábara Abajo fue segregada de Los Toros y convertida en un Distrito Municipal.

Parque Nacional Martín García

De conformidad con el numeral 73, del artículo 37 de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas, No. 202-04, la Reserva Natural Barrero, en la categoría de forestal, que comienza del lado Este del Parque Nacional Sierra Martín García, tiene parte de sus coordenadas en el Distrito Municipal Los Toros.

Así se redactó dicho texto: «Al pie del bosque localizado al Oeste del arroyo Tábara pasando al Oeste de Los Toros y se sigue al Oeste pasando al Sur de la carretera que va a San Juan hasta llegar frente al cruce de Las Yayas de Viajama…»17

El Distrito Municipal Los Toros limita por su parte Este con Las Guanábanas. Por el Sur colinda con Orégano Chiquito y Tábara Abajo. En su borde Norte le queda Tábara Arriba y en su costado Oeste está el Cruce de Las Yayas.

Bibliografía:

1-Ley No. 916, promulgada el 12 de agosto del 1978.

2-IX Censo de Población y Vivienda. Año 2010.

3-Geografía física, política e histórica de la isla de Santo Domingo. Sociedad Dominicana de Geografía, 1976.P400.Cayetano Armando Rodríguez.

4- Ley No.20-04 (art.8), promulgada el 20 de enero del 2004.

5-Reproducido en el libro El Oro en la historia dominicana. Impresora Amigo del Hogar, 2016.P127.Frank Moya Pons.

6- La mala vida. Editora Taller, segunda edición, 1997.P226. Carlos Esteban Deive.

7-Ley No.20-04(art.2), promulgada el 20 de enero del 2004.

8-Revista Femenina. SPM. Edición año 1924. Editora: Petronila Angélica Gómez.

9- Ley No.390. Gaceta Oficial No.5535, promulgada el 18 de diciembre de 1940.

10-Publicaciones Periódicas Dominicanas desde la colonia hasta 1984.2da edición. Universidad Central del Este, 1984, volumen 54.Compilador: Marcos Antonio Martínez Paulino.

11-Vetilio Alfau Durán en Clío. Escritos I. Impresora Corripio, 1994.Pp592 y 593.

12-Historia de la división territorial dominicana complementaria (1944-2018), publicado en el 2019. Luciano Castillo Domínguez.

13-Idea del valor de la isla Española.Editora Nacional (reproducción) 1971.Pp79 y 80.Antonio Sánchez Valverde.

14-lLa coyuntura agraria dominicana 1976-1990.Editora Amigo del Hogar, 2017.P107. Ramón Arturo Guerrero Valera.

15-Decreto No. 571-09, artículo 9, párrafo II. Promulgado el 7 de agosto del 2009.Bloque de Leyes del año 2009.

16-Ley No.46-03, promulgada el 7 de febrero del 2003.

17- Ley No. 202-04, artículo 37, numeral 73.Promulgada el 30 de julio del año 2004.

2020-02-22 08:35:03