San Cristóbal (R.D.), miércoles, 21 de agosto de 2024. El Ministerio Público logró que el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal dictara auto de apertura a juicio contra los miembros de la estructura de narcotráfico y lavado de activos desmantelada con la Operación Larva.
El órgano persecutor de los delitos informó que fueron enviados a juicio los procesados Jorge Luis Herasme Estrella, María Mercedes Ramona Estrella, Sarai Esther Herasme Estrella, Ramón Eduardo Piña Reyes, así como a las personas jurídicas Presta Bella Vista S.R.L, Upper Promotion S.R.L, J&H Administración y Servicios S.R.L, H&S Inmobiliaria S.R.L E Inversiones y Servicios Jorge y María S.R.L., quienes formaban parte de una poderosa estructura criminal dedicada al lavado de activos, procedentes del narcotráfico internacional.
El referido tribunal, presidido por la magistrada Ana Esther Hernández Méndez, jueza interina, consideró que la acusación presentada por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, conjuntamente con la Fiscalía de San Cristóbal, tiene méritos suficientes para justificar la probabilidad de una condena, acogiendo la misma y dictando auto de apertura a juicio.
En sus motivaciones, la jueza manifestó que los elementos de pruebas aportados por el Ministerio Público, fueron recogidos de conformidad con el debido proceso, estableciendo que los mismos eran útiles, pertinentes y relevantes a la luz de las circunstancias sindicadas por el órgano acusador, acogiéndolos en su totalidad, en la resolución emitida.
En la acusación, el Ministerio Público presentó cargos en contra de Jorge Luis Herasme Estrella, María Mercedes Ramona Estrella, Sarai Esther Herasme Estrella, Ramón Eduardo Piña Reyes y las compañías Presta Bella Vista S.R.L, Upper Promotion S.R.L, J&H Administración y Servicios S.R.L, H&S Inmobiliaria S.R.L E Inversiones y Servicios Jorge y María S.R.L.
El Ministerio Público le atribuye la violación de los artículos 3, literal A, B, C, artículo 4,18, 19,21, letras A y B, de la Ley No. 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas Sustancias Controladas, B) los artículos 3, numerales 1, 2, 3, y 4, artículo 4, numeral 7 y 10, artículo 8, y el artículo 9, en sus numerales 1 y 2, de la Ley Núm. 155-17, Ley contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, c) los artículos 66, 83 y 86, de la Ley Núm. 631-16, Ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, d) los artículos 3, letra D, 7, 8 categoría I, acápite III, y 75, de la Ley Núm. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas que tipifican los ilícitos de tráfico ilícito de drogas, Lavado de Activos proveniente de dicha infracción precedente o delito determinante, infracciones penales asociadas al lavado de activos y la tenencia ilegal de armas de fuego. También, la violación a los artículos 147, 148, 150, 151 y 258 del Código Penal Dominicano que tipifican y sancionan el tipo penal de uso de documentos falsos y la usurpación de funciones, respectivamente.
Se recuerda que en fecha 27 de octubre del año 2021, el Ministerio Público conjuntamente con la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), realizó una serie de allanamientos, en el Distrito Nacional, provincia Santo Domingo (en los municipios Santo Domingo Este y Santo Domingo Oeste), Santiago, San Cristóbal y Punta Cana, en contra de los vestigios de una estructura criminal, que había sido desmantelada en fecha 16 de marzo del 2020, cuando fueron apresados 11 personas vinculadas a la red, al interceptar una embarcación en la costa de Nigua, San Cristóbal, que provenía desde Colombia y que tenía a bordo 700 paquetes de cocaína clorhidratada. Luego las autoridades arrestaron a otras cinco personas vinculadas a la red criminal que movía la droga, siendo sometidas por el Ministerio Público.
En fecha 26 de diciembre del año 2022, el Ministerio Público, presentó acusación contra unas 13 personas físicas y 14 personas jurídicas, de las cuales, se ha ido presentando soluciones alternas y juicios abreviados, como el caso de Ángelo Spataro Rodríguez (a) Soni, Luis Jiménez (a) Bonsai y Domingo Adalberto Ventura González (a) Nueva York, y disueltas las personas jurídicas, Spataro Italiasn Foodmarker S.R.L, Nayali Moda Italiana S.R.L, Kerabo Dominicana S.R.L, Mars Production & Entertaiment S.R.L y Adorlys Dominicana S.R.L. quienes se encuentran con sentencia definitiva, de fecha 13 de octubre de 2023, y por otro lado, en fecha 13 de marzo de 2024, fueron condenados otros miembros de la estructura criminal, como son: Manuel Alejandro Puig Pérez, Jorge Elías Medina Muñoz (a) Mutan, y disueltas las entidades Grupo Intex Dominicana S.R.L, Malinas Group S.R.L, Suplicor S.R.L, Imex Auto Import S.R.L, y Pariceo Corporation S.R.L., al admitir los hechos, de lavado de activos provenientes de narcotráfico y confirmarse su participación en los hechos narrados.
La doctora Ramona Nova Cabrera, titular interina de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la licenciada Fadulia Rosa, fiscal titular de la Fiscalía de San Cristóbal, manifestaron que ha sido un caso trabajado con apego a la norma y con técnicas especiales y tradicionales de investigación, que hoy permiten presentar apertura a juicio y condenas a miembros de la red que han admitido los hechos, así como el decomiso de múltiples bienes muebles, inmuebles y dinero en efectivo.
El proceso de investigación estuvo a cargo de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, la cual fue realizada por Luis Alberto García, y por parte de la Fiscalía de San Cristóbal, Daryl Montes De Oca, así como la colaboración en todo momento de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), a través de su Dirección de Investigación Financiera y Lavado de Activos y el Centro de Información y Coordinación Conjunta (CICC).
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