Arismendi Díaz Santana
La retención de pacientes y de cadáveres es ilegal. Tratándose de un doble derecho humano, a la salud y a la libertad individual, las autoridades deberían elaborar un contrato único que establezca los derechos de los pacientes y de las clínicas y hospitales, así como las modalidades de pago para saldar cualquier deuda imprevista
La retención de pacientes y/o de cadáveres en las clínicas y hospitales desnuda la orfandad en el respeto de los derechos humanos. A pesar de ser una práctica ilegal, todavía las autoridades no han aplicado la Ley. ¿Para qué sirven los derechos humanos si las autoridades no los garantizan?
Crecen las críticas a los centros privados y públicos de salud, de condicionar la salida de pacientes o la entrega de cadáveres al pago de una deuda por servicios médicos, en violación de la libertad individual consagrada en Constitución.
Los abogados consultados coinciden en que la retención de pacientes y/o de cadáveres por parte de las PSS es una práctica ilegal. Así lo declararon Gilberto Objío, abogado de la firma Pellerano Nadal, especialista en derecho médico y José Pappaterra, abogado y director médico del Centro Médico UCE.
Como escribió Claudia Fernández en su reportaje en Diario Libre, la práctica de retener un paciente o un cadáver hasta que aparezca quien pague, debe ser repudiada por todos. El gobierno debería tomar acciones inmediatas y atacar a esas instituciones o personas que usan el dolor ajeno como moneda de cambio.
Lo que resulta completamente ilegal e inadmisible es la aprehensión por deuda a los familiares, mediante procedimientos compulsivos que transgreden los derechos humanos, aprovechándose de la situación crítica y angustiosa del paciente y de sus familiares.
Algunas familias se han quejado de que, en sus casos, la retención de sus pacientes y el trato irrespetuoso y desconsiderado de administradores de los centros de salud y de sus abogados, han resultado más traumáticos y dolorosos que la enfermedad de su pariente, causando estrés en el seno familiar.
Estas lamentables situaciones, que se repiten y se repiten, sin que se visualice una solución equilibrada, constituyen una clara expresión del predominio de la ley del más fuerte, del respeto a los derechos humanos es “asigún”, y de la debilidad de nuestras instituciones.
En ocasiones la situación se tornó más compleja por diferencias entre la ARS y la PSS, complicando y dilatando la liberación del paciente o la entrega del cadáver. En esos casos los afiliados han tenido que recurrir a la DIDA o a la SISALRIL para presentar sus quejas y reclamar sus derechos.
Por una solución legal equilibrada que respete el derecho de los pacientes
Claro que estos proveedores de servicios de salud (PSS) tienen derecho a cobrar por los servicios médicos prestados, pero lo que se critica es que, en ocasiones se utilizan procedimientos compulsivos, prepotentes y desconsiderados. Es necesario una solución amigable de acuerdo a las leyes, garantizando la integridad de los pacientes.
En el mejor de los casos los parientes tienen que firmar un pagarés o compromiso de pago, plagado de cláusulas unilaterales y de intereses leoninos, para luego ser víctimas del cobro compulsivo de abogados especializados en acosos que irrespetan la integridad de las personas.
Tratándose de un doble derecho humano, a la salud y a la libertad individual, proponemos que Salud Pública y la SISALRIL: 1) ratifiquen la ilegalidad de la retención de pacientes y cadáveres; 2) elaboren un contrato único, con cláusulas que definan los derechos de los pacientes y de las clínicas y hospitales; y 3) que presente opciones de pago equilibradas para ambas partes. Estas reglas de juego deben estar claras desde el momento del ingreso del paciente, para evitar sorpresas e imposiciones inaceptables.
Arismendi Diaz Santana
ADS/534/02/05/2024