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Santo Domingo, R. D., 28 de enero, 2024.- La Asociación de Escritores y Periodistas Dominicanos (ASEPED) no comparte algunos aspectos de la Ley 1-24, recientemente aprobada, porque considera que los periodistas perderán parte de sus principios, valores y ética, al tener que denunciar a fuentes que sirven de base para ofrecer al público informaciones que permiten mantener en secreto a quienes proporción datos, referencias y situaciones, especialmente en aquellos casos sobre sectores poderosos, políticos y otros que no quieren que se divulguen sus actividades. La base del periodismo honesto radica en decir la verdad.
La ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) recientemente aprobada en República Dominicana, dice en el artículo 11 que “todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que esta requiera, para el cumplimiento de sus funciones de inteligencia a los fines de salvaguardar la seguridad nacional”.
Esto creará impactos negativos en el ámbito de la libertad de prensa, el derecho a la privacidad y el secreto profesional, que son implicaciones negativas sobre la confidencialidad de las fuentes periodísticas y el derecho a la privacidad.
El artículo 26 de la ley establece sanciones penales, como prisión de dos a tres años y multas desde nueve a quince salarios mínimos del sector público, a quienes “oculten informaciones” requeridas por la DNI,
El secreto profesional periodístico es una pieza central para que quienes informan a la sociedad ejerzan su labor con plena libertad y es un instrumento clave para que la ciudadanía acceda a datos de interés público.
Dice la ley 1-24 que toda persona física, estará obligada a entregar informaciones a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y que quienes las oculten serán sancionados.
La ley viola la constitución cuando obliga a los ciudadanos a entregar todas las informaciones requeridas por oficiales de la DNI de las cuales se tengan datos o conocimientos en asuntos que puedan afectar la seguridad nacional.
Al igual que el sacerdote no ofrece informaciones sobre el secretario de la información. Puede decir el pecado, pero no el nombre del pecador, así el periodista debe guardar la confidencia de su fuente, sea una persona, un grupo, instituciones públicas o privadas, en fin, mantener en el anonimato a su fuente, especialmente en aquellos casos de corrupciones, lavado de dinero, robos, fraudes casos políticos o económicos, denuncias políticas, y otras situaciones semejantes.
Por fuente periodística se entiende todo aquel emisor de datos del que se sirve el periodista profesional en los medios de comunicación para elaborar las noticias, su producto informativo.
Una de las tareas esenciales de los periodistas es asegurarnos de que las informaciones que publicamos sean verídicas, y en este proceso resulta imprescindible saber identificar y utilizar bien las fuentes de información.
La confidencialidad de las fuentes de información de un periodista es una de las piedras angulares de una prensa libre. Los periodistas no debemos desvelar nuestras fuentes de información como una parte de la libertad de expresión pública. Esto se utiliza especialmente en el periodismo de investigación.
Si hay una institución que singulariza el estatuto jurídico de los periodistas honestos, es sin lugar a dudas, el derecho al secreto profesional. La facultad de los informadores de mantener en el anonimato la identidad de su fuente u otros aspectos que pudieran conducir a conocer la misma.
En modo alguno puede hablarse, frente a lo que muchos afirman, el derecho al secreto como de un privilegio de los periodistas profesionales de la información sobre los restantes ciudadanos
Si el secreto profesional sirve para algo es para aumentar el flujo de informaciones que habitualmente llegan al periodista profesional y que, como agente que ejerce una función social, pondrá en manos del público.
Todos debemos cuidarnos de las noticias falsas, que ahora abundan, que es diferente al secreto de mantener anónimos a las fuentes, para las noticias verdaderas.
En periodismo, las fuentes son personas, publicaciones o documentos que nos proporcionan información oportuna sobre un tema determinado. Son el origen de las noticias. Aprender a utilizar estas fuentes es esencial para un periodismo de calidad.
Sin fuentes no hay información completa. Son las fuentes, la parte esencial de la construcción de cualquier contenido, pues permiten apropiar la documentación, las informaciones, la visualización en el trabajo de campo que hace el buen periodista, para darle vida y actualidad al contexto periodístico.
Las fuentes pueden ser testigos o personas directamente involucradas en un hecho, pero también pueden ser funcionarios, representantes oficiales de instituciones públicas, empresas o colectivos.
Con la realidad de las redes sociales, los mensajes que se difunden a través de Twitter o Facebook también se han convertido en fuentes de información, aunque deben ser revisadas, porque en este sector existen muchas informaciones falsas y exageradas, que son hechas por comunicadores que no son periodistas profesionales.
Las leyes deben garantizar el derecho a proteger la identidad de las fuentes confidenciales de los periodistas y deben permitir el uso de herramientas, en forma legal.
La Asociación de Escritores y Periodistas Dominicanos (ASEPED), considera que esa ley debe revisarse y eliminar todo lo relacionado a la persecución de las fuentes de los periodistas para ofrecer las noticias e informaciones.
Las leyes se hacen para largo tiempo, no sabemos quiénes controlarán el DNI en el futuro, No podemos crear un organismo persecutorio contra los periodistas honestos.
José Gómez Cerda
Presidente de la Asociación de Escritores y Periodistas Dominicanos (ASEPED