Mario Rivadulla.
Martes 21,09,10
546 menores de edad en prisión, la mayoría por riñas y robo, no es un número que impresione. Representa apenas el 6 porciento de la población carcelaria del país. Y motivó que el Juez de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes, Francisco Pérez Lora, calificase de ?mito? la afirmación no compartida por este espacio, de que en la mayoría de los casos penales están involucrados adolescentes.Esa estadística echa por tierra cualquier señalamiento en ese sentido.
Estemos claros que apoyamos la vigencia del Código del Menor y su aplicación en sentido general para los menores en conflicto con la ley que sean autores de faltas menos graves. Compartimos también el parecer de que el correctivo apropiado para tales casos no consiste en aumentar las penas de encierro que contempla dicha legislación. Estamos conscientes de que la raíz de la delincuencia juvenil, como en sentido general y sus causas motivantes, son complejas e identifican por lo común, una coincidencia de factores adversos familiares, culturales, económicos y sociales, entre otros. Obvio que atacar la raíz del problema requiere de políticas de Estado que trascienden con mucho simples medidas de represión y castigo, que en modo alguno constituyen la solución.
Pero si bien la baja proporción de población penal que representan los menores de edad y la naturaleza de sus delitos es de orden menos grave al presente no es como para hacernos perder el sueño, no podemos ni es prudente desconocer que resulta cada vez mayor el número de jóvenes, adolescentes y hasta niños que se han ido enganchando al submundo de la criminalidad y en particular a las drogas. Como tampoco la realidad no menos dolorosa y contundente de que también con mayor frecuencia se registran casos que involucran a adolescentes y menores de una gravedad extrema, inclusive que denotan altos grados de perversión.
¿Cómo calificar por ejemplo desde el punto de vista psico-social el grupo de adolescentes acusados de asesinar a nueve taxistas para despojarles de su dinero y sus prendas y que no solo no dan la menor muestra de arrepentimiento, sino que por el contrario, se muestran orgullosos de lo que les parece una hazaña y afirman que estarían en disposición de volverla a repetir?
Pudieran citarse algunos otros casos que en ocasiones han horrorizado a la opinión pública por sus detalles de extrema crueldad y falta de compasión, en que menores de edad han cometido crímenes deleznables que evidencian estar en presencia de personalidades deformadas y mentes torcidas hasta un grado tal, que resulta dudoso puedan ser objeto de un tratamiento exitoso de readecuación que permita su reinserción social sin peligro para sus semejantes.
¿Pueden estos casos ser manejados con el mismo criterio que los de faltas menos graves mediante la aplicación pura y simple del Código del Menor? En la mejor de las opciones, suponiendo que sean rescatables desde el punto de vista psiquiátrico, requerirían de un prolongadísimo tratamiento mental y seguimiento de por vida.
De ahí que después de consultar con destacados psiquiatras, psicólogos, sociólogos y juristas hagamos insistencia de que estos casos, dependiendo de su naturaleza y factores agravantes, sean individualizados al momento de ser juzgados en vez de pura y simplemente hacerlo en el marco general establecido en el Código del Menor. Porque a fin de cuentas, la sociedad también está asistida del derecho de ser y sentirse protegida. Y este derecho debe ser preservado a toda costa cuando pueda correr el riesgo de ser quebrantado a lo que sin dudas se vería abocada en caso de que la aplicación mecánica de un Código pueda servirle de pretexto.
TELEDEBATE. Telefuturo, Canal 23. ?teledebate@hotmail.com?
2010-09-22 12:54:48