Mario Rivadulla
Miércoles 22,09,10
Una conocida y antigua expresión de sabiduría popular postula que ?si tiene cuatro patas, ladra y mueve la cola? se trata de un perro. Se trata de guiarse por las evidencias que en este caso apuntan con la mayor seguridad a tratarse de un espécimen de la raza canina.
Tomando ese dicho como ejemplo, podemos también concluir que las circunstancias que rodean la orden de libertad del Juez de la Pena de San Cristóbal, no objetada ni recurrida por el Fiscal presente en la audiencia, disponiendo la libertad de unos reclusos condenados a diez años por tráfico de drogas con apenas unos meses de cumplimiento de la sanción, reúne todas las características de un manejo irregular, que en consecuencia despierta las mayores suspicacias.
No estamos juzgando ni al Juez ni al Fiscal. Son varias las ocasiones en que hemos enfatizado que ésa es función de los tribunales y no de los medios de comunicación. Tampoco estamos prejuzgando. Nuestra legislación penal establece la presunción de inocencia. No estamos animados en modo alguno de violar ese principio.
En este caso nos estamos guiando por las circunstancias que rodean el mismo,. Estas son harto sospechosas como es el hecho de que los favorecidos con esta insólita aunque quizás no tan inesperada orden de libertad se haya basado en que al transcribir la sentencia aplicada a los condenados que fue de diez años, se hubiese saltado en el acta del fallo la palabra ?años?.
Esta falta que suponemos un error y no una acción deliberada, fue la excusa a que apeló el juez de la pena para decidir que el mismo debía considerarse a beneficio de los condenados, por lo que donde debía decir y no decía ?años? consideró que debía cubrirse el vacío como meses. Si singularmente rara fue esta sustitución por parte del juez, quien después de ese fallo tomó licencia no menos resultó la actitud complaciente del fiscal actuante aceptando sin objeción ni apelación tan caprichosa aplicación de la Justicia, el cual también por coincidencia se fue de vacaciones.
Salta a la vista que tanto en el criterio del Juez y en el comportamiento del fiscal no primó en ningún momento el interés de la sociedad. No es una apreciación caprichosa. Tanto el Procurador General de la República, Radhamés Jiménez, quien ha ordenado investigar a dicho fiscal, como el Procurador Fiscal de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Jesús Fernández Vélez, bien conocido por su firmeza y probidad, que advierte que el mismo violó el principio de jerarquía al no consultarse la decisión tomada, alimentan la justificada suspicacia de que el manejo de este caso resultó totalmente irregular, por calificarlo de la forma más amable.
A nivel de opinión pública, sin embargo, la percepción generalizada anda por rumbos mucho menos considerados, abrigando la legítima sospecha de que hay un trasfondo turbio en este fallo, que de materializarse sentaría un peligroso precedente de errores y vacíos deliberados en la elaboración de las sentencias condenatorias que sirvan de base a liberación indebida de elementos peligrosos y de elevadas sanciones.
Ya en días pasados un Juez de la provincia La Altagracia fue destituído por su reincidente actitud de otorgar la libertad bajo fianza con extrema prodigalidad a acusados de delitos graves, principalmente vinculados al tráfico de estupefacientes por cuya práctica había sido sometido en tres ocasiones previas a sendos juicios disciplinarios. Y todavía conmociona el caso de Santiago donde una fiscal de apelación, sin consultar con el Procurador General como era su deber en un caso de tanta gravedad, pidió y consiguió cambiar la orden de coerción de prisión por libertad bajo fianza en el expediente por fraude aduanal de más de 120 millones de pesos y tráfico de armas, algunas con silenciador, cuyo destino es de presumir pero no precisamente del lado de la ley.
Son situaciones y fallos como éstos los despiertan justificadas sospechas de que la Administración de Justicia que generó tantas expectativas de cambio hace una década y que arrancó con buen pie, se ha ido volviendo cada vez más vulnerable para dictar sentencias complacientes y cada vez màs sospechosas que arrojan lodo sobre su imagen y creciente desconfianza sobre su eficacia y credibilidad.
No juzgamos ni prejuzgamos. Pero seguimos recordando el sabio dicho popular de que si tiene cuatro patas, ladra y mueve la cola se trata de un perro, mientras no se demuestre lo contrario.
TELEDEBATE. Telefuturo. Canal 23. ?teledebate@hotmail.com?
2010-09-23 13:05:36