Opiniones

LA JUSTICIA DE MOJIGANGA

EL TIRO RAPIDO

A nadie debiera asombrar la revelación de la Fiscal del Distrito Nacional, Jenny Berenice Reynoso, de que al presente, 6 mil 241 personas sometidas a la acción de la Justicia, burlan la medida de libertad condicional de que disfrutan, incumpliendo la obligación de hacer su presentación periódica. Según la diligente funcionaria el noventa y nueve por ciento cambia de inmediato de dirección, sin dejar el menor rastro por lo que luego se hace imposible llevarlos a juicio de fondo. O sea, adquieren la condición de prófugos y por extensión están admitiendo su culpabilidad de manera implícita.

Un elemento de más gravedad es el hecho de que entre los evadidos figuran 71 imputados ya condenados y 487 sometidos por tráfico de drogas, lavado de activos, homicidio y robo. O sea, delitos de mayor cuantía. Y esto tan solo en el Distrito Nacional por lo que si sumamos casos similares que se dan en el interior del país, la cantidad sería mucho más elevada.

El hecho es que no estamos en presencia de una situación novedosa. Ya cuando la propia Fiscal Berenice Reynoso, a poco de tomar posesión del cargo que desempeña al presente para el que fue promovida en razón de los méritos acumulados en el mismo ejercicio en la jurisdicción de Santiago, reveló que se había encontrados miles de casos en las mismas condiciones.

¿Cuáles son las razones que facilitan el que tantos imputados burlen la acción de la Justicia?

El Código Procesal Penal establece los requisitos para que un imputado pueda gozar de libertad provisional. Pero al parecer, algunos jueces hacen una aplicación demasiado amplia de esa disposición. Cuenta también el hecho de que instituciones e iglesias expiden, un tanto a la ligera, avales de buena conducta para sustentar la solicitud de libertad provisional de los sometidos.

Inexplicablemente las compañías aseguradoras que expiden pólizas de fianza a favor de detenidos, no asumen ninguna responsabilidad ante su incumplimiento de las medidas de coerción y su fuga, cuando en otros sistemas tiene que afrontar la pérdida de las mismas. Y en adición, tal como admitiera hace mucho tiempo el Procurador General de la República, esta no dispone de los medios para dar seguimiento a los beneficiados por la libertad provisional, ni siquiera en aquellos casos de delitos graves. Tal ocurrió con la escandalosa evasión de los pilotos franceses, que hoy guardan prisión en su país por el mismo delito de narcotráfico por el cual se les procesó aquí.

Los defensores del Código Procesal Penal actual argumentan que el mismo es garante de derechos fundamentales para los prevenidos, conforme a las más avanzadas corrientes sobre la materia. Pero aún admitiendo que sea así, lo cierto es que la Justicia no dispone de los recursos y mecanismos necesarios para impedir que el respeto a esos derechos se convierta en una patente de corso a favor de la delincuencia, incluso en los casos de delitos más graves. Es lo que lamentablemente ha venido ocurriendo y sirve de fuerte punto de apoyo a quienes objetan el mismo.

No es de extrañar, por consiguiente, la facilidad con que no pocos delincuentes, después de ser sometidos, vuelven en breve a las calles para cometer nuevas y a menudo mayores fechorías. La frecuencia con que se reporta la detención por de individuos por delitos mayores con varios expedientes anteriores y un amplio prontuario judicial, no debiera por tanto ser motivo de asombro.

Mientras continúen las fisuras y fallas en la Administración de Justicia y esta tomada de mojiganga, seguirá persistiendo y ampliándose el clima de inseguridad ciudadana, no como una percepción sino como una penosa, peligrosa y preocupante realidad.

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2016-07-13 17:08:31