EL TIRO RAPIDO
de
Mario Rivadulla
No vamos a restar mèritos y justificación a los escrúpulos legalistas de reconocidos juristas que sostienen que la resolución emitida por la Secretarìa de Estado de Interior y Policìa prohibiendo el consumo de bebidas alcohólicas en vehículos de motor constituye una extralimitación de esa dependencia y es violatoria de la Constitución.
En base a ese razonamiento, abogados consultados estiman que ciudadanos a los cuales pudiera aplicárseles dicha resolución estarìan en facultad de apelar ante un juez de amparo argumentando violaciòn a aus derechos. Màs aùn: consideran que el funcionario titular de Interior y Policìa pudiera ser pasible de una acciòn legal por usurpación de funciones y asimismo ver comprometida su responsabilidad civil.
Es posible que esto sea cierto, aunque poco probable que en la pràctica se llevasen a cabo acciones de esta naturaleza.
De que la medida en cuestión adoptada por Interior y Policìa està sobradamente justificada, no hay margen a dudas. Los accidentes vehiculares constituyen la principal causa de muerte violenta en el paìs desde hace muchos años, y ese poco estimable liderazgo se incrementa de continuo. Estamos hablando de miles de vidas que se pierden cada año como consecuencia de las colisiones de trànsito y las vìctimas peatonales.
Una gran parte de estos hechos estàn vinculados a la ingesta excesiva de alcohol. No obstante, las campañas que se llevan a cabo y las reiteradas advertencias de las autoridades y a travès de los medios de comunicación, en particular en èpocas festivas, para evitar la mezcla de alcohol con gasolina, son muchos los conductores que desoyen las mismas. Su indiferencia ante el reclamo, en no pocos casos conduce a situaciones trágicas que les cuestan la propia vida y la de muchas otras personas.
Es encomiable por lo tanto, el celo de la autoridad para tratar de reducir al mínimo el riesgo de accidentes fatales en el trànsito a causa de conductores irresponsables y pasados de tragos. Y ni que decir que cuenta con todo el apoyo de TELEDEBATE, donde desde siempre hemos venido alertando sobre la interminable y creciente sangrìa que representan los accidentes vehiculares, sin provocar mayores estremecimientos en nuestra sociedad ni una preocupaciòn consistente de las autoridades por reducirlos.
Pero de todos modos, convenimos que en caso de que la resolución de Interior y Policìa presente fisuras o carencias de sustentación legal tal como se cuestiona, se crea una situaciòn que debe ser corregida.
Por suerte, ahora mismo se ha sometido en la Càmara de Diputados la modificación a la ley 241 que norma el trànsito. Y entre los cambios propuestos, figura la prohibición de conducir en estado de ebriedad o de llevar bebidas alcohólicas en los vehículos asì como estupefacientes, entre otras medidas que esperamos incluyan fuertes sanciones a los violadores.
Ya en ocasión anterior el diputado Pelegrìn Castillo logrò que la legislación fuese modificada para endurecer sus disposiciones y penalidades. Conseguirlo le costò una persistente labor de varios años en los cuales tuvo que enfrentar fuertes intereses creados, precisamente de aquellos sectores choferiles que son responsables e la mayor proporciòn de accidentes vehiculares.
El proyecto de modificación actual es de la autorìa del diputado reformista Ito Bisonò, y aùn cuando todavìa el cuerpo cameral no se ha abocado a su conocimiento debido a otras piezas de màs inmediata prioridad, como han sido la Rectificación Fiscal y el Presupuesto, es de esperar que su estudio y aprobación no se dilate.
Mientras tanto, pensamos que podemos hacer un poco la vista gorda desde el punto de vista estricamente legal ante la resolución de Interior y Policìa. que no persigue otra finalidad que preservar vidas humanas frente a un problema de tanta trascendencia como es la frecuencia de los accidentes vehiculares y la cantidad de vìctimas y cuantiosos daños que provocan.
Esto asì, siempre y cuando la misma sea aplicada con prudencia, sin excesos, abusos ni privilegios.
2007-01-11 15:34:00