Opiniones

EL TIRO RAPIDO

EL TIRO RAPIDO



de



Mario Rivadulla

Sorpresa profunda causan las declaraciones a fines de la pasada semana del fiscal auxiliar doctor Octavio Lìster, encargado del Departamento de Prevención de la Corrupciòn Administrativa, de que en una muestra tomada al azar màs de la mitad de las declaraciones de bienes hechas por funcionarios públicos tienen datos que no se corresponden con la verdad. Màs claro: son falsas.

Màs sorpresa aùn que al dìa siguiente, se revelase que todavìa hay màs de trescientos funcionarios de la Administración que no han cumplido el tràmite de hacer su declaración de bienes.  Esto asì, no obstante existir una ley que lo establece con toda claridad.  Que posteriormente el Presidente de la Repùblica emitiò un decreto dando un plazo terminante de 30 dìas para cumplir con dicho tràmite, estableciendo sanciones sucesivas de amonestación pùblica, retenciòn del salario y suspensión en funciones de los infractores, plazo que luego fue extendido por el propio doctor Lìster con endoso de apremio definitivo.

Y mayor sorpresa todavìa que frente a esta franca violaciòn a la ley y desafìo a la autoridad presidencial,  haya cientos de funcionarios incumplidores que no han recibido la menor sanción por este motivo.  Mucho màs el caso de aquellos que, como revelò el fiscal anticorrupción, falsearon sus declaraciones de bienes que deben ser hechas bajo juramento y por consiguiente, incurrieron en el delito de perjurio.

Es una ilegalidad encima de otra, precisamente por parte de quienes por razón de sus posiciones estàn obligados a dar el ejemplo de responsabilidad, integridad y transparencia al resto de la sociedad.

¿Con què moral puede reclamársele a la ciudadanìa que cumpla las leyes, si entre los encargados de velar por su observancia encontramos a no pocos que son los primeros violadores?

¿Con què derecho reclamar que se transparente el pago de los impuestos, cuando una cantidad tan elevada de servidores públicos falsea su patrimonio?

¿Còmo hablar de lucha contra la corrupciòn, cuando hay funcionarios que no declaran sus bienes o peor aùn, lo hacen incurriendo en evidente y flagrante falsedad sin al parecer ningùn tipo de sanción?

Algo que señalamos en muchas ocasiones es que la simple declaración de bienes no garantiza en lo màs mínimo un ejercicio pulcro de la gestión del funcionario, si la misma no es sometida a la debida comprobación.  Las manifestaciones del doctor Lìster revelando la existencia de declaraciones falsas es una clara y definitiva confirmación de esa realidad.

Ciertamente los funcionarios incumplidores, y màs todavìa, los que mintieron en sus declaraciones y cometieron perjurio deben ser sancionados.  No hay ninguna diferencia entre èstos últimos y los evasores de impuestos o los que introducen contrabandos al paìs.

Ahora bien.

Reiteramos e insistimos que la presunción de inocencia establecida en nuestra legislación penal no puede ser vàlida para el funcionario pùblico en el desempeño de su gestión.  Por el contrario, en el caso de èste hay que aplicar el principio de inversiòn del fardo de la prueba planteado hace ya bastante tiempo por el propio Presidente Leonel Fernández.  Si el ritmo de vida del funcionario excede de manera tangible y sistemática el monto de sus ingresos como tal, debe ser obligado a explicar de manera fehaciente y convincente el origen de los fondos que marquen la diferencia.

Mientras esto no se haga no habrà manera de poner freno a la corrupciòn en la Administración Pùblica.  Esta, si bien cuenta con funcionarios honestos cuya integridad les hace rechazar cualquier forma de enriquecimiento ilícito, en cambio tiene otros que van al cargo no a servir sino con la deliberada intención de servirse.

Y para èstos, el unico remedio es convertir la ley en una autèntica camisa de fuerza.

2007-03-28 17:03:29