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Los derechos de las personas con enfermedad mental grave y los servicios regionales de salud de la República Dominicana.

Los derechos de las personas con enfermedad mental grave y los servicios regionales de salud de la República Dominicana.

Por José Mieses Michel

Las personas con enfermedad mental son vulnerables a ser maltratadas y así ha sucedido a lo largo de toda la historia. En la época primitiva se creyó que las enfermedades mentales eran causadas por fuerzas malignas que operaban sobre las personas, que eran puestas en manos de hechiceros. En el antiguo Perú, y en otros lugares del mundo, se les perforaba el cráneo con puntas de sílex para dar salida a esas fuerzas malignas del interior de la persona afectada.

En la Edad Media, las personas con enfermedad mental grave eran acusadas de endemoniadas y quemadas en hogueras. Vagaban por los campos, ya que eran expulsadas de las ciudades. Al inicio del Renacimiento anduvieron en barcas de puerto en puerto sin que fueran recibidas en ninguna ciudad. Eran encerradas, encadenadas, enjauladas, almacenadas en manicomios lúgubres que fueron centros de vileza extrema donde se les pisotearon los más elementales derechos. Declaradas incompetentes, las personas con enfermedad mental grave han vivido impedidas de ejercer sus derechos civiles, disponer de sus propios bienes económicos y de recibir herencia.

Sin embargo, el mundo cambió y, sobre todo en los países de mayor desarrollo social, hay una actitud de mayor comprensión y respeto frente a la enfermedad mental. Esto ha venido de la mano de diversos factores como la aparición de fármacos en los años 50 del siglo pasado que han contribuido a mejorar los síntomas de la enfermedad mental. Además, una mayor conciencia de igualdad que se expresó contundentemente con La Declaración Universal de los Derechos Humanos que proclama la igualdad de todos los seres humanos en dignidad y derechos. Pero también la fuerza de los movimientos sociales que han reclamado a favor de los derechos civiles de los grupos marginados.

Dignidad humana

Hoy en día la dignidad humana alcanza, sustentada en el pensamiento filosófico, ético, teológico, antropológico, político y legal, categoría de valor absoluto que no cambia bajo ninguna condición. Es decir, que aún la persona con el comportamiento más vil mantiene la dignidad humana y como tal merece tratarse, no le cabe pues ni la tortura ni los malos tratos.

Las personas con enfermedad mental grave, aún en los casos de extremo deterioro, mantienen su dignidad humana y sobre esa premisa merecen ser tratadas con respeto y amabilidad. Las autoridades estatales, religiosas, al igual que familiares y la población en general están llamadas a garantizarles el gozo de todos los derechos humanos en su condición de personas. En nuestro caso reflexionamos sobre el derecho a la salud y la responsabilidad de los Servicios Regionales de Salud.

Las normas nacionales para la atención a la salud mental del Ministerio de Salud Pública de la República Dominicana indican que para satisfacer las necesidades de las personas con enfermedad mental las regiones de salud deben contar con servicios de consultas ambulatorias. Así mismo, deben tener una unidad de intervención en crisis con camas para la hospitalización psiquiátrica, que esté diseñada de manera que se garantice la contención de la persona hasta que se logre el control de los síntomas de la enfermedad. Es importante que las regiones de salud cuenten cada una con un Centro Comunitario de Salud Mental vinculado a la atención primaria, desde donde se ejecuten programas de promoción de la salud mental y prevención de los problemas y trastornos mentales.

Estos Centro Comunitario de Salud Mental deben desarrollar programas de fomento de estilo de vida saludable, crianza saludable, desarrollo de la autoestima, ocio y tiempo libre de los adolescentes, prevención de la violencia intrafamiliar y social, prevención de la depresión y de la conducta suicida, prevención de las adicciones, protección del adulto mayor, ente otros.

Como advertirá el lector, estos programas son indispensables para el bienestar de la población que sufre desesperanza, inseguridad por la violencia social, pérdida de valores, aumento de las adicciones, entre otros problemas psicosociales y del comportamiento.

Además, en las citadas normas figuran los Centros de Rehabilitación Psicosocial y Laboral donde las personas con enfermedad mental grave en condición de deterioro pueden recibir entrenamiento para que se recuperen al punto de poder desempeñar un empleo remunerado, con lo cual se superaría el drama de las que deambulan sin protección y viven aisladas en los patios de sus hogares.

De esos servicios y programas de salud mental descritos en las Normas del Ministerio de Salud Pública solo funcionan en algunas regiones de salud las consultas ambulatorias y la unidad de Intervención en crisis. En otras, como en la Región de La Vega solo funciona el servicio de consultas ambulatorias y nada más.

Contravienen los Servicios Regionales de Salud el marco legal dominicano sobre salud mental, conformada por la Constitución de la República, la Ley General de Salud, la Ley Sobre Salud Mental, las Normas de Atención y los Convenios Internacionales que no detallamos por razón de espacio. Es un sistema que excluye de la atención integral a las personas con enfermedad mental y conculca el derecho a la salud de este grupo de personas en pleno siglo XXI. En consecuencia, en nuestra sociedad miles de estas personas viven aisladas, sin nada que hacer, encerradas o deambulando, algunas encadenadas. Esto hiere la sensibilidad de una gran parte de la población y debilita la nación como Estado de derecho

Del Autor

Por José Mieses Michel, médico psiquiatra. Presidente Fundación en Apoyo a las Personas con enfermedad Mental.

2020-11-02 13:34:20