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Monseñor Fernando Arturo De Meriño consagrado Arzobispo de Santo Domingo
La decisión de la Iglesia Católica se produjo en un momento que en el país había un movimiento de peticiones para que se escogiera a un dominicano Arzobispo de Santo Domingo.
Por HTN
SANTO DOMINGO, el 16 de julio de 1885, fue consagrado Arzobispo de Santo Domingo, Monseñor Fernando Arturo de Meriño, al recibir la orden episcopal en Roma. El acontecimiento fue motivo de regocijo en República Dominicana.
La decisión de la Iglesia Católica se produjo en un momento que en el país había un movimiento de peticiones para que se escogiera a un dominicano Arzobispo de Santo Domingo.
Entre las personalidades que pidieron que Monseñor Meriño, fuera consagrado como arzobispo, se contaban el obispo Rocco Cocchía, los generales Gregorio Luperón y Ulises Heureaux; así como Eugenio María de Hostos.
El nombre de Monseñor Fernando Arturo de Meriño, encabezó la terna que envió a Roma, el Congreso dominicano, y el presidente de la República, Alejandro Woss y Gil, costeó los gastos de bulas y consagración.
De Meriño fue Arzobispo de Santo Domingo desde 1885 hasta su muerte en el año 1906.
El sacerdote Antonio Lluberes, en su obra Breve Historia de la Iglesia Dominicana 1493-1997, anota que como Arzobispo, Monseñor Meriño «Se empeñó en implementar una serie de medidas para reconstruir la iglesia dominicana, y sin embargo, su proyecto se vio oscurecido por razones tanto internas como externas», como fueron sus relaciones con el dictador Ulises Heureaux, la difusión del pensamiento liberal, en particular el pensamiento de Eugenio de María de Hostos.
Antes de ser consagrado Arzobispo de Santo Domingo, Monseñor Fernando Arturo de Meriño había ocupado importantes funciones eclesiásticas y políticas.
En julio de 1880 fue electo presidente de la República con el apoyo del líder del Partido Azul, Gregorio Luperón y tomó posesión el 1 de julio de 1880.
De Meriño, fue el primer presidente de la República electo con la Constitución del presidente Luperón, la cual establecía el período presidencial de dos años y la No reelección presidencial