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La ex senadora colombiana Piedad Córdoba cuestiona fallo de Corte Constitucional

Bogotá, 20 oct (PL) La ex senadora colombiana Piedad Córdoba afirmó que el reciente fallo de la Corte Constitucional, que ratificó su destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos por 18 años, es una derrota del pensamiento libre y el disenso ideológico.

«Seguiré en la política hasta que me entierren (…) tengo totalmente claro que soy una lideresa política, que no debo nada y estoy dispuesta a dar la cara y a responder por todos y cada uno de mis actos. Amo a mi país y por él estoy dispuesta a dar hasta la vida», dijo Córdoba.

En entrevista concedida al diario El espectador, aseguró que lo que más le preocupa de la sentencia sobre el recurso interpuesto por ella ante el alto tribunal es la pérdida que ha sufrido la democracia en el país, en cuanto a independencia de la rama legislativa.

Córdoba presentó ante esa instancia jurídica una acción legal enfocada a la anulación de la sanción impuesta por el Procurador General Alejandro Ordóñez, el 29 de septiembre de 2010, quien la destituyó de su cargo de senadora, apenas recién elegida, y la inhabilitó para ejercer cargos públicos durante 18 años.

El eje central de su demanda era determinar que el Ministerio Público, representado en este caso por el Procurador General, carecía de potestad para decretar la muerte política de un congresista, facultad que solo corresponde al Consejo de Estado, toda vez que son los congresistas quienes eligen al Procurador General.

Al respecto, el exmagistrado Alfredo Beltrán, quien fungió como su apoderado en la acción legal cursada por ella, opinó que en el dictamen de la Corte Constitucional, «el nominador (Senado) quedó supeditado a su nominado (el procurador), lo cual es absurdo».

En su apoyo citó una sentencia de esa misma Corte, dictada años atrás, cuando el magistrado Alejandro Martínez dictaminó que «el procurador puede ejercer esa facultad contra miembros de corporaciones públicas de elección popular, pero únicamente circunscrita a miembros de los consejos municipales y de las asambleas departamentales».

Y ello porque «esos servidores solo tienen funciones administrativas, como las del procurador, y no legislativas como las de los congresistas», explicó.

La propia Constitución, arguyó, «instituyó causales de pérdida de investidura para los senadores y representantes quienes, por ciertas faltas, pueden ser retirados del Congreso pero dependiendo del examen de una corporación colegiada, es decir, de un juez plural en cuyas deliberaciones hay variados conceptos».

«Esa es una tarea que la Carta Magna le dio al Consejo de Estado, órgano que sí tiene funciones jurisdiccionales y no administrativas».

Esta vez el Congreso, subrayó, quedó postrado ante el procurador.(HG).

2013-10-20 16:07:11