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JCE autoriza se haga preselección de 67 mil miembros de los colegios electorales

JCE autoriza  se haga preselección de 67 mil miembros de los colegios electorales

SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) autorizó a las 154 juntas electorales del país a que hagan una preselección provisional de los 67 mil miembros de los colegios electorales en sus respectivos municipios que funcionarán en las elecciones, de un banco de elegibles de 130 mil que solicitaron.

Mediante la circular número 14, la Cámara Administrativa de la JCE instruyó a las juntas electorales a que privilegien para conformar los colegios de votación a aquellos ciudadanos que obtuvieron un mínimo de 70 puntos en los cursos de capacitación, que hayan asistido a un segundo taller, su experiencia electoral, las condiciones morales,  respeto a la comunidad, que sean jóvenes universitario del programa “Un paso por mi Nación”.

También les instruyó para que las recomendaciones políticas no sean  impuestas por encima del pliego de requisitos.

“Los miembros de las juntas electorales deben evitar, a como dé lugar, que los colegios electorales sean copados totalmente por los partidos políticos, y que se les cierre la oportunidad de contribuir con el país a personas sin filiación partidaria, que tienen la voluntad y el deseo de hacerlo. Asimismo, deben evitar que los colegios se conviertan en centros de confrontación partidaria”, advierte la circular firmada por los miembros de la Cámara Administrativa, Roberto Rosario (presidente), José Angel Aquino y Cesar Féliz.

Luego de la preselección que hagan las juntas electorales, señala la circular, serán notificados los partidos políticos acreditados en la JCE, a los cuales  les entregó hace un mes el banco de elegibles organizado por municipio, en formato digital, para que realicen sus investigaciones y formulen sugerencias.

Agrega que agotada esa fase, los partidos deben requerir la entrega de esa información a sus delegados políticos ante la JCE y no ante la junta electoral de cada municipio.

La Cámara Administrativa recordó lo establecido en el artículo 36 de la ley electoral, de que “los integrantes de colegios electorales no deberán ser miembros dirigentes de partidos políticos o pertenecer a comités de campaña de algún candidato para ser miembro”.

“El Estado dominicano ha invertido importantes recursos en el área de la capacitación de los miembros de colegios electorales, y los ciudadanos que han optado por asistir a estos cursos talleres tienen un derecho adquirido al competir libremente y obtener una calificación que debe ser preponderante y respetado en relación a cualquier otro tipo de criterio”, precisa.

Señala que no se puede ignorar el compromiso que asumido por instituciones de educación superior, las iglesias, clubes, organizaciones de la sociedad civil y de empresas privadas, entre ellas LISTIN DIARIO, que aportaron a esa labor.

2008-04-16 23:28:56