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Tribunal Superior Electoral es el competente para conocer los «delitos electorales»

Santo Domingo, RD, 16 de mayo, Según revelo el jurista Cesar Amadeo Peralta la violación de los artículos 171, 172, 173, 174 y 175 de la Ley 275-97 serán en la actualidad de la competencia del Tribunal Superior Electoral ya que anteriormente el artículo 170 de dicha ley, le establecía competencia a los tribunales penales cuya persecución le corresponde al ministerio publico pero al tratarse de un delito electoral deberá ser juzgado por este Tribunal.

Destaca Amadeo Peralta, que la renuncia de estos técnicos dificultó el inicio de las votaciones y por consiguiente, serios retrocesos en la información de los resultados ya que al iniciarse las votaciones, iniciaron en la mayoría de recintos de manera caótica, lo que fue definido por el presidente Danilo Medina como una irresponsabilidad de parte de los técnicos que fueron previamente entrenados y obtuvieron los conocimientos por parte de la JCE y renunciar horas antes, constituía una verdadera irresponsabilidad de su parte.

Estas renuncias provocaron que los presidentes y secretarios de colegios electorales se negaran a iniciar el proceso con el padrón físico a lo que se opusieron los delegados políticos y que causó serios inconvenientes.

Estas renuncias se produjeron mayoritariamente en varios municipios de la provincia Santo Domingo bajo el alegato de que el horario les seria extendido por el conteo manual y no le aumentaron la participación económica, a pesar de que el presidente de la JCE había anunciado dicho aumento. Estos inconvenientes de igual modo fueron evidentes en toda la región sur y gran parte del país.

Señala el abogado Amadeo Peralta que la JCE está en el derecho de pedir restituciones en daños y perjuicios en su favor en contra de estos técnicos de resultar condenados, según lo prevé el artículo 10 del Código Penal.

2016-05-16 14:47:34