Santo Domingo, RD, 28 de Septiembre.-El primer subsecretario general del Partido Reformista Social Cristiano y miembro de la Comisión Presidencial Permanente (CPP), Luis José González Sánchez sostuvo que no se pueden celebrar las asambleas ordinaria y extraordinaria fijadas para el 13 de octubre porque todavía no han concluido los trabajos de modificación de los estatutos de la organización.
«¿De que manera podemos realizar dos asambleas juntas si no conocemos las disposiciones estatutaria que debe aprobar la asamblea extraordinaria. Como hacemos dos asambleas juntas si no sabemos a cuanto se aumento la matricula de los órganos y la creación de nuevos órganos del partido?», se preguntó.
El dirigente reformista y ex presidente de la Cámara de Diputados explicó que el PRSC se rige por su estatuto, proclamado por la Asamblea Nacional Ordinaria del 9 de agosto del 2009, y por la nueva Constitución de la República, proclamada el 26 de enero del 2010.
En ese sentido, dijo que en virtud de esa nueva constitución y por sentencia pronunciada por el Tribunal Superior Electoral y por la iniciativa de otras leyes en asuntos electorales y de partidos políticos, se hace necesario una modificación al estatuto del Partido Reformista con el propósito de adecuarlos a las nuevas normas y pautas de la Constitución Dominicana del TSE y del Tribunal Constitucional.
Recordó que en razón de lo antes expuesto, la Comisión Presidencial Permanente del PRSC convocó a su Comisión Política Nacional a una reunión que se celebró en el hotel Clarión en fecha 18 de julio de 2013.
«En esa importante reunión de la Comisión Política se aprobó, la creación de la Comisión Organizadora de las Asambleas Nacional Extraordinaria y Ordinaria, de igual manera la Comisión Presidencial Permanente designó la Comisión encargada para la Reforma Estatutaria», dijo.
Indicó asimismo que como la Comisión Política Nacional no está facultada para escoger la fecha de ambas Asambleas, el CPP en su reunión ordinaria aprobó someter a las Comisión Ejecutiva la fecha del 13 de octubre de 2013 para la celebración de las asambleas.
Sostuvo que la Comisión Ejecutiva, en reunión celebrada el 6 de septiembre de 2013, además de acoger la fecha del 13 de octubre para la realización de las dos asambleas, dispuso aprobar la modificación estatutaria, y que esta asamblea debe hacerse mediante el método de asamblea de delegados.
Por disposición estatutaria ?agregó- debe realizarse primero la Asamblea Nacional Extraordinaria que es la facultada para efectuar las modificaciones estatutarias, según lo establecido por el estatuto en su artículo 22, y en una fecha posterior realizar la Asamblea Ordinaria, que es la encargada de la elección de los directivos titulares de los distintos órganos del partido, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del estatuto.
González Sánchez dijo que en esa misma reunión de la Comisión Ejecutiva, fue aprobada la propuesta presentada por el señor Amable Arisy Castro, que consiste en que una vez finalizado el trabajo de la Comisión Estatutaria, «esta propuesta de estatuto debe ser presentada a la Comisión Presidencial Permanente, a la Comisión Ejecutiva y a la Comisión Política Nacional, luego debe ser distribuida a todos los órganos del partido, mediante encuentros regionales que deberán realizarse en todo el territorio nacional».
Cómo es posible ?se preguntó- que el señor Amable Aristy quiera que se haga la Asamblea el 13 de octubre, sin antes conocerse la propuesta estatutaria que será sometida a la Asamblea Nacional Extraordinaria y una vez aprobados estos estatutos, habría que convocar a una nueva Asamblea Nacional Ordinaria como lo establece nuestro estatuto.
«¿De que manera podemos realizar dos asambleas juntas si no conocemos las disposiciones estatutaria que debe aprobar la asamblea extraordinaria. Como hacemos dos asambleas juntas si no sabemos a cuanto se aumento la matricula de los órganos y la creación de nuevos órganos del partido?», dijo para añadir: Nos preguntamos ¿Ha terminado su trabajo la Comisión Estatutaria? ¿Ha entregado su propuesta a la Comisión Presidencial Permanente o a los demás órganos del Partido?. NO. Entonces ¿De qué Asamblea estamos hablando?.
Finalmente dijo que nadie está obligado a lo imposible, por lo que si aún no se han entregado las modificaciones estatutarias «no puede haber Asamblea Nacional Extraordinaria y mucho menos una Asamblea Nacional Ordinaria de cambio de directivos, pues sabemos que una es consecuencia de la otra».(HG).
2013-09-28 12:40:21