
SANTO DOMINGO, RD, 25 de Enero.- El Tribunal Superior Electoral declaró este viernes nula y sin ningún efecto jurídico la convocatoria a los miembros de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), publicada en el periódico Listín Diario, en la edición del pasado día 16 del mes de enero en curso por falta de calidad estatutaria de los convocantes y en consecuencia, declaró nulas todas las decisiones emanadas de la reunión efectuada por la comisión, celebrada el pasado domingo día 19. El Partido Reformista Social Cristiano declaró anoche que la sentencia no afecta en nada la celebración de la Asamblea Nacional Ordinaria que ha convocado para mañana domingo.
En virtud de la misma sentencia el TSE dispone que la decisión sea ejecutoria sobre minuta, no obstante cualquier recurso que se interponga contra la misma. Y ordena la notificación del presente dispositivo a la Junta Central Electoral (JCE) para los fines correspondientes.
Indica que la lectura del presente dispositivo, vale notificación para las partes presentes y representadas.
PRSC aclara decisión TSE no afecta en nada celebración Asamblea para este domingo
El Partido Reformista Social Cristiano aclaró anoche que la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que dictaminó este viernes la nulidad de las medidas tomadas por la Comisión Ejecutiva del PRSC en su reunión del pasado 19 de enero, no afecta en nada la celebración de la Asamblea Nacional Ordinaria de mañana domingo.
En un comunicado de prensa, el PRSC dice que algunos medios de comunicación se han confundido con la sentencia del TSE y han publicado que la Asamblea fijada para este domingo 26 de enero, donde se escogerán a las nuevas autoridades, podría peligrar, «cuando eso no es cierto».
El Partido Reformista informó asimismo que todo el montaje del evento está listo y que esa decisión no afecta en nada la celebración de dicha Asamblea, que se llevará a cabo en el Coliseo de Boxeo Teo Cruz a partir de las diez de la mañana.
En torno a la Asamblea dijo que reina un gran entusiasmo en la militancia del partido, pero sobre todo en los 2,155 asambleístas, que la mayoría ya ha confirmado su asistencia.
Dijo además que mucho antes de la reunión de la Comisión Ejecutiva del pasado domingo 19, ya la Comisión Organizadora había decidido en una reunión todo lo relativo al montaje de la Asamblea, como el método de votación, la aprobación del presupuesto para el montaje de la misma, entre otras medidas.
El dispositivo de la sentencia es el siguiente:
El Tribunal Superior Electoral, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y las leyes de la República, con motivo del apoderamiento que ha sido objeto este Tribunal, de la «Demanda en Nulidad de convocatoria de Reunión de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y de los efectos y decisiones tomadas por la misma», incoada por el Dr. Alfredo González Pérez; contra el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), da lectura a la parte dispositiva de la Sentencia TSE-006-2014, adoptada con el voto concurrente de todos sus miembros, en nombre de la República,
FALLA:
Primero: Acoge, en cuanto a la forma, la «Demanda en Nulidad de convocatoria de Reunión de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y de los efectos y decisiones tomadas por la misma», incoada por el Dr. Alfredo González Pérez, mediante instancia a breve termino, depositada en este Tribunal el 20 de enero del año en curso; contra el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), por haber sido hecha conforme a la Ley.
Segundo: Acoge, en cuanto al fondo, la demanda en cuestión; por consiguiente declara nula y sin ningún efecto jurídico la convocatoria a los miembros de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), publicada en el periódico Listín Diario, Edición de fecha 16 de enero del año 2014, por falta de calidad estatutaria de los convocantes y en consecuencia, declara nulas todas las decisiones emanadas de la reunión efectuada por dicha comisión, celebrada el día 19 de enero del año 2014.
Tercero: Ordena que la presente decisión sea ejecutoria sobre minuta, no obstante cualquier recurso que se interponga contra la misma.
Cuarto: Ordena la notificación del presente dispositivo a la Junta Central Electoral (JCE) para los fines correspondientes.
Quinto: La lectura del presente dispositivo, vale notificación para las partes presentes y representadas.
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014).
Firmada por los Magistrados, Dr. Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidente; Dra. Mabel Ybelca Féliz Báez, Dr. John Newton Guiliani Valenzuela, Dr. José Manuel Hernández Peguero, Dr. Fausto Marino Mendoza Rodríguez, jueces titulares y la Dra. Zeneida Severino Marte, Secretaria General.
Quien suscribe, Dra. Zeneida Severino Marte, secretaria general del Tribunal Superior Electoral (TSE), certifico y doy fe, que la presente copia es fiel y conforme al original de la sentencia TSE-006-2014, de fecha 24 de enero del año dos mil catorce (2014), que reposa en los archivos puestos a mi cargo, debidamente firmada por los Magistrados que figuran en la misma, en el mes y año en ella expresado, y fue firmada, leída y publicada por mí, que certifico.
Dra. Zeneida Severino Marte
Secretaria General
2014-01-25 04:03:02