Santo Domingo.- El Presidente de la República no está obligado a suspender la convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura como consecuencia de la intimación que le hiciera el Senador Amable Aristy Castro, fundada en la existencia de una acción en inconstitucionalidad contra la decisión del Senado de la República que nombró a uno de sus miembros como integrante de dicho Consejo.
El Senado de la República actuó dentro de su soberanía al designar al Senador Félix Vásquez como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura, en su condición de representante de la segunda mayoría. El Senador Vásquez representa en el Senado al Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) al igual que el Senador Amable Aristy, y es dicho partido el que ostenta la condición de segunda mayoría y fue el mismo que presentó la postulación del Senador Vásquez para la indicada posición.
Por demás, la grave responsabilidad que implica el funcionamiento del Consejo Nacional de la Magistratura, sobre todo en las circunstancias actuales, en las que se hace necesaria completar la integración de los nuevos órganos creados por la Constitución de la República del 26 de enero de 2010, obliga al Señor Presidente a no acceder a la intimación formulada.
La acción incoada por el senador Aristy no tiene efecto suspensivo, por lo cual el Presidente de la República mantiene su derecho a la convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura y éste el derecho de sesionar y decidir sobre los asuntos que son de su competencia, conforme a las disposiciones de la Constitución de la República.
2011-06-30 21:46:14