Justicia y Derecho

SCJ declara inadmisible recurso de casación interpuesto por consorcio chino

Santo Domingo, RD, 7 de Septiembre.-Con la decisión de declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por los socios dominicanos de un consorcio chino que participó en la licitación para la adjudicación de la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, la justicia da de nuevo la razón a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales.

Antes que la Suprema Corte de Justicia, habían rechazado las pretensiones del grupo domínico chino la Dirección de Contrataciones Públicas, y el Tribunal Contencioso Administrativo, que consideraron que el proceso de licitación cumplió con los requisitos exigidos por la ley.

La inadmisibilidad del recurso interpuesto por el consorcio criollo Impe, C. por. A., socio local de la china Gezhouba Group, fue declarada por la Suprema Corte de Justicia el dos de septiembre.

La decisión de la Suprema favorece además al consorcio que ganó la licitación pública internacional, integrado por las firmas extranjeras Odebrecht y Tecnimont, y la dominicana Grupo Estrella.

Además del grupo Odebrecht, Tecnimont, Estrella, participaron en el proceso de licitación otros tres consorcios internacionales de mucho nivel que, sin embargo, presentaron ofertas técnicas que no llenaron los requisitos exigidos por los términos de referencia de la licitación, y, por tanto, su oferta económica no fue evaluada.

Solo el grupo integrado por la Gezhouba Group (que luego se desligó del caso) y el consorcio Impe objetaron los resultados del proceso.

2015-09-07 14:29:45