Entra en vigencia el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana
El CAFTA-RD contempla la eliminación de aranceles mediante un esquema de desmonte que se prolongará por 10 años, para los productos no agrícolas, y por 20 años para algunos bienes agrícolas.
Por Roberto Rodríguez
SANTO DOMINGO.- En presencia del presidente Leonel Fernández, los embajadores de los Estados Unidos en el país, Hans Hertell, y el dominicano en Washington, Flavio Darío Espinal, anunciaron oficialmente el jueves la entrada en vigencia en el país del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana (DR-CAFTA).
Hertell dijo que el presidente de los Estados Unidos, Geoge W. Bush, firmó tarde la noche del miércoles una proclama para que hoy, primero de marzo, entrara en vigor el Acuerdo de Libre Comercio.
El diplomático estadounidense felicitó al presidente Fernández y a todo su equipo de trabajo «en este día histórico, donde precisamente entra en vigor el Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos y la República Dominicana. Alguna gente ha dicho que se conocerá como antes y después del Acuerdo de Libre Comercio».
Sostuvo que el DR-CAFTA es algo que verdaderamente significa muchísimo para el progreso y el desarrollo de la República Dominicana y para las relaciones bilaterales entre ambos países. Aseguró que en esta iniciativa se puso por encima de cualquiera el interés nacional del país.
Consideró como un gran ejemplo la voluntad y el deseo que a su juicio existe en el país para ponerse de acuerdo en lo que representa sus mejores intereses.
«El presidente Fernández mostró un liderazgo en lograr algo que verdaderamente significa muchísimo para el progreso y el desarrollo de la República Dominicana y para nuestras relaciones bilaterales».
De su lado, el embajador dominicano en Washington, Flavio Darío Espinal, informó que los funcionarios de la embajada depositaron en la mañana del jueves el instrumento de ratificación en la entidad depositaria del instrumento, que es la Organización de los Estados Americanos (OEA), lo que muestra que los aspectos formales fueron cumplidos y a partir de este primero de marzo de 2007 la República Dominicana es ya parte efectiva del Tratado de Libre Comercio.
Dijo compartir la visión del embajador de los Estados Unidos en el sentido de que este acuerdo fortalecerá las relaciones entre ambos países en un escenario de integración de economía internacional y con la visión que ha trazado el presidente Fernández de hacer de la República Dominicana un país competitivo que se prepare para los retos del siglo XXI consolidando el acceso de la nación al mercado estadounidense.
«El tratado es una fuente de atracción de inversiones y de posibilidades para nuestros exportadores, no sólo de zonas francas, sino de otros sectores, de modo que nos sentimos muy complacidos y muy satisfechos en el día de hoy por el logro que hemos tenido», dijo el embajador dominicano en Washington.
El secretario de Industria y Comercio, Francisco Javier García, manifestó que para las autoridades dominicanas este es un día histórico e importante, en donde a partir de ahora tendrá que hablarse antes y después del DR-CAFTA, porque representa para el país una gran oportunidad.
Afirmó que el país tiene la ventaja de que el acuerdo entra en vigencia en un momento en que la economía dominicana está en proceso de recuperación y de crecimiento.
Agradeció el trabajo que desarrolló el embajador dominicano en Washington, el apoyo que tuvieron siempre de la Embajada de los Estados Unidos, además del apoyo que el presidente Fernández le proporcionó al equipo de trabajo. Asimismo agradeció al empresariado dominicano, «que mostró tanta confianza en el Gobierno en lo que tuvo que ver con el proceso».
Dijo que ahora trabajarán y redoblarán los esfuerzos para aprovechar el Tratado de Libre Comercio con la economía más grande del mundo. Sostuvo que es la economía estadounidense con la que el país se ha estado desarrollando siempre.
El anuncio fue hecho en uno de los salones de la tercera planta del Palacio Nacional y estuvieron presentes junto al presidente Fernández los miembros del equipo técnico, integrado por Enrique Ramírez, Vilma Arbaje, Guarocuya Féliz, José Alfredo Rizek, Frank Castillo, Andrés Vanderhorst hijo y Roland Bullen, subjefe de la embajada de los Estados Unidos.
Libres de aranceles
La entrada en vigor para el país del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA-RD), marca un hito en la relación entre las naciones y permitirá continuar la sólida relación económica y política, resaltó la representante comercial estadounidense, Susan C. Schwab.
Conforme a datos oficiales, con la entrada en vigencia del acuerdo pueden ingresar al país, inmediatamente, libres de aranceles 6,784 productos, entre ellos electrodomésticos, prendas de vestir, teléfonos celulares y algunos alimentos procesados.
En tanto que, libres de aranceles, pueden ingresar a los Estados Unidos el 99.97% de los productos dominicanos. Se exceptúan (0.3%) productos como atún y ciertos tipos de calzados.
El secretario de Industria y Comercio, Francisco Javier García, resaltó el arduo trabajo realizado a lo largo del pasado año 2006 para cumplir con las obligaciones y responsabilidades concertadas en el tratado.
“El camino recorrido ha sido intenso, culminando un proceso histórico que asegura a nuestro país un acceso preferencial a la mayor economía del mundo, lo que aportará grandes beneficios al desarrollo de la nación”, expresó García.
Cerca de las 9:30 de la mañana de ayer, hora de Washington, se produjo el intercambio de notas diplomáticas entre la embajada dominicana y el Departamento de Estado, con lo que se oficializó la incorporación del país al DR-CAFTA.
Los Estados Unidos, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana firmaron el DR-CAFTA en agosto de 2004, el cual ha sido ratificado por todos los países, excepto el segundo de los citados.
La ley de implementación de los Estados Unidos para el DR-CAFTA fue firmada por el presidente Bush en agosto de 2005 y en la misma se estableció el procedimiento que debían seguir los países para su entrada en vigor.
Durante el año 2006 la República Dominicana trabajó de forma bilateral con los Estados Unidos para lograr la “armonización” al tratado de los textos legales dominicanos.
Se realizaron varias reuniones de trabajo en la ciudad de Washington D.C.; videoconferencias, teleconferencias e intercambios por correo electrónico.
Para la entrada en vigor del tratado, en el país se dictaron 30 textos legales nuevos, entre los que se destacan la Ley 424-06, que introduce a las Leyes sobre Propiedad Industrial y Derecho de Autor, La Ley 449-06 que introduce modificaciones a la Ley sobre Compras y Obras del Estado, la Ley 448-06 que castiga el soborno en el comercio y la inversión, así como la ratificación de numerosos convenios internacionales, como el Acuerdo de Budapest.
Elimina aranceles
En esencia, el CAFTA-RD contempla la eliminación de aranceles mediante un esquema de desmonte que se prolongará por 10 años, para los productos no agrícolas, y por 20 años para algunos bienes agrícolas.
El acuerdo clasifica los bienes en seis conjuntos de categorías: A y C (acceso inmediato), B (desgravación en cinco años), C, M y N (entre 10 y 12 años), D, S, R, T (en 15 años), F, U y V (entre 17 y 20 años) y H (no serán sujetas a desgravación y continuarán recibiendo arancel de nación más favorecida).
En general, las partes se comprometieron a no mantener, ampliar o crear después del 2009 nuevas exenciones de aranceles aduaneros, cuando estas exenciones se encuentren supeditadas a requisitos de desempeño.
Estados Unidos
La representante comercial de los Estados Unidos agradeció el esfuerzo diligente del presidente Leonel Fernández y su gobierno, de adoptar legislación y las regulaciones para implementar los compromisos de la República Dominicana bajo el CAFTA-RD.
“Hemos trabajado de cerca y con gran satisfacción con las seis naciones que conforman el CAFTA-RD para garantizar que cumplan con sus obligaciones y responsabilidades bajo el acuerdo”, señaló.
Expresó satisfacción de que la República Dominicana se unió a El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua en la entrada de vigencia del acuerdo.
El intercambio comercial con esas naciones, dijo, se ha incrementado durante el transcurso de este último año.
Adelantó que continuarán trabajando con Costa Rica, con la meta de poner en ejecución el acuerdo en la fecha más cercana posible.
En tanto, el embajador de los Estados Unidos, Hans Hertell, manifestó que este es el comienzo de una nueva era para la República Dominicana, que contribuirá a que el país sea más competitivo en el comercio global y un efectivo instrumento en la lucha contra la pobreza.
“La entrada en vigor del acuerdo será bien recibido por los consumidores, los inversionistas potenciales y todos aquellos que se han esforzado para consolidar las instituciones dominicanas”, dijo el diplomático.
De 2004
Los siete países citados firmaron el CAFTA-RD en agosto de 2004 y todas estas naciones, menos Costa Rica, han ratificado el acuerdo.
La legislación para implementar el CAFTA-RD fue aprobada por el Senado de los Estados Unidos en junio del 2005 y por la Cámara de Representantes en julio de 2005 y fue firmado por el presidente Bush en agosto de 2005.
El CAFTA-RD entró en vigencia en El Salvador el 1 de marzo de 2006; para Honduras y Nicaragua el 1 de abril de 2006 y Guatemala el 1 de julio de 2006.
En el 2006, las exportaciones de los Estados Unidos a El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua crecieron por encima de un 18%.
Sector Industrial
En el caso del sector industrial, los Estados Unidos acordaron desgravar cerca del 99% del universo, incluyendo los productos textiles y vestidos.
En materia de reglas de origen, la mayoría de los productos son considerados originarios con base a un cambio de clasificación arancelaria, lo que significa que el procesamiento de las materias primas es lo que confiere el origen al producto final, sin que sea relevante el origen de tales materias primas.
En algunos casos (como el cemento, preparaciones para lubricantes, laminados de plástico, pinturas, barnices y algunos productos químicos, entre otros), en adición al cambio de clasificación arancelaria se exige un requisito de valor regional.
Caso Textil
En el caso textil, las reglas de origen se flexibilizan para varios productos, admitiéndose dentro de ciertos límites el uso de insumos provenientes de Canadá, México y otras naciones.
Por ejemplo, las prendas de vestir de lana deben elaborarse con tejidos fabricados en la región para ser originarias, pero no se requiere que el hilado sea originario.
En otros casos, como los sostenes, pijamas, valijas de tela y tela para sombrillas, se adoptó la regla de simple transformación, por lo cual se requiere que la prenda sea confeccionada (cortada y cosida) en la región, pero se permite importar la materia prima de cualquier país del mundo.
El artículo sobre “minimis” permite utilizar fibras o hilado no originarios en la confección de una mercancía, siempre que el peso de los materiales no originarios no dé 10% del peso total de la mercancía.
AGRÍCOLA
En el caso agrícola, se definieron categorías especiales en adición al cronograma general y se estableció la aplicación de una salvaguarda especial como medida automática para preservar la competitividad de productos sensibles.
Por otro lado, se acordó eliminar todo tipo de subsidios a la exportación en el comercio recíproco.
En el ámbito del comercio electrónico se acordó no aplicar aranceles u otras cargas relacionadas con la importación o exportaciones de este tipo de productos cuando sean suministrados electrónicamente o materializados en un soporte físico.
Para solución de controversias se dispone de normas para disputas entre agentes privados y entre los Estados, las cuales van desde usar el foro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) hasta soluciones mediante establecimiento de grupos arbitrales.
El texto del CAFTA-RD está formado por 22 capítulos, junto a varios anexos y notas aclaratorias.
El capítulo III es particularmente importante, pues establece las condiciones de acceso preferencial entre las partes y el programa de eliminación de derechos arancelarios y no arancelarios entre ellas.
Las secciones A y B se refieren al trato nacional y la desgravación arancelaria, respectivamente, mientras la sección C establece el tratamiento para los regímenes especiales de importaciones.
2007-03-02 10:44:58