Economia

Tesorería Nacional transferirá vía electrónica recursos gobierno asigna a ayuntamientos

Tesorería Nacional transferirá vía electrónica recursos gobierno asigna a ayuntamientos

 

SANTO DOMINGO.- La Tesorería Nacional transferirá por vía electrónica a la Cuenta de Servicios Municipales que mantienen las entidades edilicias en el Banco de Reservas, los recursos que el gobierno asigna a los ayuntamientos mediante la ley número 176-07 de organización municipal.

 

El  Tesorero Nacional,  Rubén Peña, quien destacó que con esta medida se elimina el procedimiento de emitir cheques individuales por tipo de gastos.

 

«Para el mes de agosto, los recursos se asignarán con los criterios establecidos en la Ley de organización municipal, con la variante de que serán transferidos por vía electrónica a la Cuenta de Servicios Municipales que mantienen las entidades edilicias en el Banco de Reservas, eliminando así el procedimiento de emitir cheques individuales por tipo de gastos, enfatizó. 

 

En tanto,  Pena precisó que será a partir del mes de septiembre que los ayuntamientos y distritos municipales deberán solicitar a la Tesorería Nacional, la apertura de una cuenta bancaria para recibir los recursos,  la que se constituirá en la receptora de la totalidad de la transferencia que, de acuerdo a la Ley, le corresponde.

 

Explicó que esa cuenta deberá registrarse en la Tabla de Beneficiarios que administra la Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG). Para registrarse deberán presentar, debidamente llenado, el formulario DG-AC-02-01, el número de RNC y la certificación de cuenta que emite el Banco de Reservas.

 

Indicó que la Tesorería adoptó la medida por considerarla de interés para todas las entidades edilicias, y asumiendo el  rol que le asigna la Ley No.176-07 de fecha 17 de julio de 2007, en lo relativo a las asignaciones o transferencias de recursos del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos del Gobierno Central según lo estipulado en la  Ley No.166-03 de fecha 3 de octubre 2003 y la Ley No.567-05 de fecha 30 de diciembre 2005,  en lo referente a la apertura y cierre de cuentas bancarias, así como al registro de las firmas.

 

Sostuvo que los compromisos financieros y/o deducciones que tengan los ayuntamientos o distritos municipales, con el Banco de Reservas u otras instituciones, serán ejecutados vía la Tesorería Nacional con la previa certificación y autorización de la entidad edilicia.

 

Precisó que las deducciones que estén amparadas en una Ley o Reglamentación especial,  se aplicarán de acuerdo a lo señalado en la Ley o reglamentación de referencia.   

 

Indicó que el retiro del formulario DG-AC-02-01 se deberá hacer en la Tesorería Nacional o en la Dirección General de Contabilidad Gubernamental o descargarlo de la página web de ambas instituciones, esto es, www.tesoreria.gov.do y www.digecog.gov.do .


 

2007-08-29 11:20:22