Economia

Experto mexicano afirma Precios de Transferencia permite minimizar tasa efectiva de impuesto mundial

Experto mexicano afirma Precios de Transferencia permite minimizar tasa efectiva de impuesto mundial

Cita a RD entre países que tienen legislaciones para aplicar esta herramienta

SANTO DOMINGO.- República Dominicana se encuentra entre las naciones de América Latina que aplican la técnica Precios de Transferencia (PT), mecanismo que permite, entre otros beneficios, una mayor utilidad, mejor tratamiento fiscal, traspaso de ingresos para amortizar pérdidas, repatriación de flujo de efectivo y utilizar tratados de libre comercio y tratados fiscales para minimizar las retenciones tributarias.

El señalamiento lo hizo el especialista mexicano José Casas Chavelas, quien dictó una conferencia magistral a presidentes, vicepresidentes y gerentes que asistieron al seminario sobre Precios de Transferencia que se dictó en el hotel El Embajador, de esta capital, con el patrocinio de KPMG en República Dominicana. Las palabras de bienvenidas al evento fueron pronunciadas por el licenciado Agustín Lizardo, socio señor de KPMG Dominicana.

Este experto detalló por qué operar con partes relacionadas, estableciendo estrategias corporativas que incluye la creación de empresas arrendadoras, separación de personal sindicalizado y de confianza y la creación de empresa que lleva nómina, lo cual permite la optimización de recursos, que implica ubicar funciones en países con costos bajos, integraciones verticales y minimizar costos, así como crear empresas importadoras.

La aplicación de los Precios de Transferencia  permite, además, aprovechar los estímulos fiscales que contribuyen a «minimizar la tasa efectiva de impuesto mundial», dijo Casas Chavelas, quien es socio de la Práctica Global de Servicios de Precios de Transferencia de KPMG, oficina de México.

Refirió que los países de América Latina, además de República Dominicana,  que aplican Precios de Transferencia (PT), que son los precios o contraprestaciones pactadas entre partes relacionadas, por operaciones como compraventa, servicios, regalías y préstamos, son Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Perú y Venezuela. Estados Unidos, de los países más agresivos en fiscalización, es de los primeros en incorporar a su economía precios de transferencia.

Casas Chavelas explicó que los Precios de Transferencia se incluyen en la legislación de República Dominicana en enero del 2007, pero que está «pendiente de emitir reglamentos y normas para su interpretación» y aplicación.

Manifestó que los reglamentos generalmente contienen la forma de realizar el cumplimiento de las obligaciones, los tipos de formularios o reportes que deben proveerse, así como las características de los mismos.

Sostuvo que con esta técnica las transacciones deben realizarse en condiciones normales de mercado entre partes no relacionadas.

En cuanto a los Precios de Transferencia en las Aduanas, el especialista mexicano indicó que éstos tienden a buscar fines diferentes, mayor valor en aduanas y menor deducción para efectos impositivos al ingreso.

Casas Chalas se refirió en su disertación al principio de plena competencia, métodos de precios de transferencia, de precio comparable no controlado, precio de reventa, de costo adicionado, de participación de utilidades, de márgenes transaccionales de utilidad de operación, y de residual de partición de utilidades.

Dijo que en México los Precios de Transferencia obligan a pactar operaciones como si se hubieran realizado con terceros, y soportarlo con un método; preparar documentación comprobatoria, cuando se opere con partes relacionadas extranjeras y presentar declaración informativa por operaciones con partes relacionadas extranjeras.

Detalló, asimismo, mecanismos para optimizar los precios de transferencia que establecen que, a mayores funciones, activos y riesgos, se espera un mayor retorno. Además, obtener mayor utilidad para buscar un mejor tratamiento fiscal, identificar los diversos gravámenes locales (por actividad o función o por ubicación), traspaso de ingresos para amortizar pérdidas, repatriación de flujo de efectivo y utilizar tratados de libre comercio y utilizar tratados fiscales para minimizar retenciones.

El especialista hizo hincapié, asimismo, en los Acuerdos de Precios Anticipados (APA’s), que según explicó, es un acuerdo entre un contribuyente y la autoridad tributaria sobre el precio de transferencia. Agregó que la APA’s «puede dar seguridad jurídica, puede considerarse como una auditoría anticipada, facilita la información a proporcionar y tiempo de respuesta, además de que puede ser bilaterales, si lo permite la legislación o hay tratado internacional en materia impositiva.

2008-01-17 16:10:08