Diariodominicano.com
La posición de OSES respecto al Sistema de Pensiones de la República Dominicana
Santo Domingo, RD, 4 de mayo de 2020.- El Observatorio de la Seguridad Social de la República Dominicana (OSES) es una entidad
coordinada por el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), que por su perfil caracterizado por la pluralidad y su alto reconocimiento científico y académico, incorpora al OSES en su estructura organizacional como un órgano de investigación, reflexión y diálogo, cuyo principal objetivo es la producción de conocimiento de alto rigor científico, seguimiento y análisis de indicadores relevantes del sector y creación de espacios de reflexión e intercambio con miras a fortalecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Basado en su producción científica y, en particular, en los resultados del estudio «Suficiencia y sostenibilidad de las
pensiones en República Dominicana» el OSES sostiene que:
1. De mantenerse el régimen de financiamiento de pensiones previo a la Ley 13-20, las pensiones que recibirían los ciudadanos y ciudadanas serían insuficientes. Tal como ha sido evidenciado en el Escenario I de la investigación presentada, que se desarrolla en un contexto previo de la promulgación de la Ley, los cálculos de Tasa Bruta de Reemplazo (TBR) de la pensión por vejez, arrojan un valor promedio de 24%. Esto
reafirma resultados de mediciones anteriores por instituciones como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Con respecto al indicador períodos de cotización efectiva, solo unos cuantos perfiles socioeconómicos podrían haber acercado al cumplimiento de las 360 cotizaciones requeridas por la Ley 87-01 para el acceso a pensión por vejez a la edad legal establecida; no obstante, algunos pudieron haber alcanzado las 300 cuotas para la prestación de cesantía por edad avanzada (Art. 45 de la Ley de Seguridad Social).
2. Con la promulgación de la Ley 13-20, se logra alcanzar un incremento en la TBR, pero las mejoras en suficiencia son limitadas. En términos más específicos, en el Subescenario II.1 del estudio, con la modificación del esquema de comisiones de las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), mediante el establecimiento de una comisión anual sobre el saldo administrado cobrada mensualmente con un tope de
hasta 1.20% en el 2020 y una disminución progresiva de 0.05% por año, hasta alcanzar 0.75% en el 2029 (establecido en su Art. 8), se observan algunas mejoras en las TBR cuyo promedio general pasa a ser 30%.
Con el fortalecimiento de la capacidad gerencial y funcional de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) en Subescenario II.2, en el cual se aplica lo siguiente: la modificación de la magnitud de las sanciones (Art. 9), modificación del monto de las sanciones y destino de las multas, recargos e intereses (Art. 11), régimen de infracciones y sanciones, con la incorporación de la acción civil y penal por parte de la
TSS (Art. 12), inclusión de procedimientos especiales a cargo de la TSS, con disposiciones transitorias sobre deudas atrasadas con el SDSS (Libro V) y disposición derogatoria de los artículos 3, 4 y 5 de la Ley 177-09 (Art. 30), se evidencia una eventual mejora en la densidad de cotización, pasando a tener como promedio general de TBR, un 33%.
En lo que respecta al indicador períodos de cotización efectiva, en este escenario se observan mejoras relativas en el cumplimiento de las 360 cuotas y todos los perfiles alcanzan las 300. No obstante, tal mejora podría implicar una presión financiera en el Fondo de Solidaridad Social para el cumplimiento de lo establecido en la Ley 87-01, en relación con el monto de la pensión mínima, equivalente al 100% del salario mínimo
legal más bajo (Art. 53) a ser cubierto por dicho fondo para aquellas personas cuya cuenta personal no acumule lo suficiente (Art. 60).
3. Es necesario realizar mejoras sustantivas del régimen de financiamiento de pensiones.
Más allá de las reformas legales e institucionales, se requiere de mayores esfuerzos en medidas de política pública y ajuste de algunos parámetros.
De realizarse una reforma integral, como es plasmado en el Escenario III, que ha sido
diseñado a título ilustrativo y a manera de ejemplo, bajo supuestos definidos en forma
conservadora, donde se plasma una sinergia entre la reforma contemplada en el
Escenario II.2 y mejoras en la variacio?n anual del salario cotizable de los perfiles con
tendencia decreciente, asumiendo una tasa de variacio?n salarial igual a la tasa de
crecimiento inferior del sector correspondiente (0.03% en el Sector Privado; y 0.28% en
el Sector Público Descentralizado, que son los sectores con al menos un perfil con
tendencia decreciente en los salarios cotizables), como es plasmado en el
Subescenario III.1, se obtienen mayores TBR y cuatro (4) perfiles de ingreso se colocan
por encima del 40%, parametro establecido como de tasa reemplazo minima por la
Organización Internacional del Trabajo en su convenio 102.
Además, si se realizara un incremento en la acreditación a la cuenta personal, de un
0.5% en forma progresiva hasta alcanzar 12.5% (tasa media del conjunto de los 28
países de América Latina y el Caribe analizados en nuestro estudio), las ganancias en
las TBR resultan notables, 21 de los 30 perfiles se colocan por encima de 40% y la TBR
más alta alcanza 61.1%, como es presentado en el Subescenario III.2.
Si sumado a esto, se asume un aumento de la edad legal de pensión por vejez, como
se presenta en el Subescenario III.3, a los 62 años de edad, que es menor a la media
de los países con edad legal de pensión por vejez de más de 60 años del conjunto de
los 28 países de América Latina y el Caribe analizados en el estudio. El 77% de los
perfiles de ingreso analizados sobrepasa una TBR del 40% y cabe destacar que la TRB
de algunos perfiles lograría ascender hasta 70%, parámetro de referencia en países de
la OCDE.
4. Debe de realizarse una mejora en la política salarial para aumentar el salario cotizable
de los trabajadores, ya que es una variable determinante en la suficiencia de las
prestaciones y es de incidencia directa en la capacidad de acumulación. Los bajos
salarios registrados, especialmente en el Sector Privado y en el Sector Público
Descentralizado, se evidencian tasas decrecientes.
5. Debe continuar el diálogo entre los actores del sistema. En las consultas realizadas con
representantes de instituciones de incidencia previsible en el régimen de financiamiento
vigente de pensiones, se confirma que existe preocupación por el devenir del sistema.
En primera instancia, se acepta en forma prácticamente generalizada la necesidad de
una reforma más amplia; no obstante, pareciera difícil arribar a acuerdos sobre el
sentido y la orientación de los cambios requeridos, ya que resaltan más las divergencias
que las convergencias.
6. La reforma integral anunciada en la Ley 13-20 debería acompañarse de una profunda
reforma de la política social en su conjunto, con contenido económico, que entre otros
aspectos, refrende los compromisos del Estado con el sistema de pensiones, tal como
se contempla en la Ley 87-01, con la instauración de un régimen no contributivo y la
puesta en marcha de mecanismos efectivos de aseguramiento de la población sin
condición de dependencia laboral (Art. 7), el Bono de Reconocimiento de Derechos
Adquiridos (Art. 43) y la garantía de la pensión mínima por medio del Fondo de
Solidaridad Social (Art. 60).
7. El desafío de la política pública y la gestión institucional en materia de
afiliación/cotización al sistema previsional, se visualiza de mejor manera con la
estimación de brechas de cobertura. Tema que requiere una mayor discusión entre
actores y la atención de la comunicación mediática.
Tomando en cuenta que la población meta del régimen de financiamiento vigente es
aquella en condición de dependencia laboral, al equiparar el total de cobertura efectiva
con la población asalariada formal, según cifras preliminares del IV trimestre de 2019, el
alcance podría rondar el 90.8%.
De modo que la expansión de cobertura necesariamente implica el cumplimiento del
período de transición establecido en la Ley 87-01; en particular, afiliar a la población en
forma gradual y progresiva (Art. 33). Aproximadamente 3,1 millones de personas
carentes de protección contra los riesgos de vejez, discapacidad y sobrevivencia, para
una brecha de 61.7%.
8. Deben introducirse mejoras en las capacidades institucionales, gerenciales y operativas
de las instituciones que manejan el sistema de pensiones, y actualizar el sistema de
gobernanza. Los esfuerzos de planificación estratégica institucional deben orientarse a
resultados, incluyendo el diseño y aplicación de un sistema de seguimiento y
evaluación, que permita captar el impacto de la reforma parcial en proceso, prevenir y
orientar una reforma integral.
El OSES, con el propósito de profundizar en los resultados obtenidos con su estudio, y en aras
de trazar una ruta crítica de incidencia en política pública, en el marco de su misión fundacional
y como parte de sus líneas estratégicas de trabajo, se compromete a:
? Continuar con la línea de investigación iniciada con el presente estudio, de tal manera
que se pueda diseñar y poner en práctica un Sistema de Seguimiento y Evaluación de
la Suficiencia y Sostenibilidad de las Pensiones en República Dominicana. En particular,
procurando una ampliación al acceso de la data administrativa que permita construir un
conjunto más amplio de perfiles socioeconómicos, en lo posible con mayor nivel de
desagregación de variables sociodemográficas y socio ocupacionales, especialmente la
edad.
? Contribuir al debate informado por medio de la realización de mesas de trabajo y otros
eventos de difusión y discusión, con la participación del CNSS, la TSS, la SIPEN, la
DIDA y otros actores (estatales y no estatales) de incidencia previsible en el sistema de
pensiones.
Finalmente, se debe resaltar que las evidencias acumuladas, reafirman la necesidad de un
debate informado de calidad. La vocación de diálogo social del sector oficial pareciera ser el
mejor instrumento para que las demandas de la ciudadanía, manifiestas y latentes, puedan
atenderse de forma oportuna y resolverse por medio de instrumentos de la vida democrática.
La participación decidida y comprometida de actores legítimamente constituidos y de la
cooperación internacional, resultan claves en el diseño y evaluación de política pública. El
estudio del OSES aspira a convertirse en una base para la discusión legislativa que conlleve a
una reforma social e integral del sistema de pensiones.
Observatorio de la Seguridad Social – OSES
Instituto Tecnológico de Santo Domingo ? INTEC
Junio 2020.
2020-06-05 00:25:46