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El día que el Banco Central inició sus operaciones

     El Banco Central fue establecido  como el organismo rector de la Banca Nacional, con la autoridad para hacer emisiones de dinero. En la actualidad se rige por la Ley Monetaria y Financiera,  la número 183-02, que tiene por objeto establecer el régimen regulatorio del sistema monetario y financiero de la República Dominicana.

  SANTO DOMINGO,  el 23 de octubre de 1947, el Banco Central inició  sus operaciones  como una entidad descentralizada y autónoma. El 9 de Octubre el dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina, promulgó la Ley  Orgánica del Banco Central, la número 1529, en virtud de la cual  fue creada la institución.

          El Banco Central fue establecido  como el organismo rector de la Banca Nacional, con la autoridad para hacer emisiones de dinero. En la actualidad se rige por la Ley Monetaria y Financiera,  la número 183-02, que tiene por objeto establecer el régimen regulatorio del sistema monetario y financiero de la República Dominicana.

Establece  que la  regulación del sistema monetario y financiero

En República Dominicana, se lleva a cabo exclusivamente  por la Administración Monetaria y Financiera.

La regulación del sistema comprende la fijación de políticas, reglamentación, ejecución, supervisión y aplicación de sanciones, en los términos  establecidos en esta Ley y en los Reglamentos dictados para su desarrollo.

La Ley precisa que la  regulación del sistema monetario y financiero se

regirá exclusivamente por la Constitución de la República y la  Ley.

Indica que los  Reglamentos que para su desarrollo dicte la Junta Monetaria, y los  Instructivos, que subordinados jerárquicamente a los Reglamentos que dicte  la Junta Monetaria, dicten el Banco Central y la Superintendencia de Bancos  en el área de sus respectivas competencias. Serán de aplicación supletoria en  los asuntos no previstos específicamente en las anteriores normas, las  disposiciones generales del Derecho Administrativo y en su defecto las del  Derecho Común.



El órgano superior del Banco Central es la Junta Monetaria.

          El dictador Trujillo luego de pagar la deuda externa a los Estados Unidos, rescató el derecho de la República Dominicana a tener moneda propia y creó el peso oro dominicano.

Las funciones  principales del Banco son:


 Ejecutar las políticas monetaria y cambiaria, de acuerdo con el Programa Monetario aprobado por la Junta Monetaria mediante el uso de los instrumentos establecidos en la Ley Monetaria y Financiera.  Y emitir billetes y monedas de curso legal en la República Dominicana.

Compilar, elaborar y publicar las estadísticas de la balanza de pagos, del sector monetario, Sector Real y financiero, y otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Administrar eficientemente las reservas internacionales del país, a fin de preservar su seguridad, asegurar una adecuada liquidez y al mismo tiempo una eficiente rentabilidad.

Administrar el Fondo de Contingencias establecido por la Ley Monetaria y Financiera, así como el Fondo de Consolidación Bancaria creado por la Ley de Riesgo Sistémico.

Realizar la supervisión y liquidación final de los sistemas de pagos, así como del mercado interbancario.

Proponer a la Junta Monetaria los proyectos de reglamentos monetarios y financieros en materia monetaria, cambiaria y financiera.

Analizar el sistema financiero dominicano en su conjunto, estimando su nivel de riesgo sistémico, y diseñar y proponer las medidas de regulación que se desprendan de dichos análisis y estimaciones.

Imponer sanciones por deficiencia en el encaje legal, incumplimiento de las normas de funcionamiento de los sistemas de pagos u otras sanciones establecidas en la Ley Monetaria y Financiera.

Contrarrestar toda tendencia inflacionaria.

Regular el sistema financiero nacional con las garantías y limitaciones establecidas.

Promover la liquidez y solvencia del sistema bancario de la Nación.

Crear las condiciones para mantener el valor externo y la convertibilidad de la moneda nacional.