Santo Domingo, RD, 4 de Febrero.-El director general del Instituto Dominicano de Aviación Civil, Alejandro Herrera, al recibir la sentencia número 00035-2016 de fecha 28 de enero del año en curso que rechaza el recurso de revisión administrativo, interpuesto en contra del IDAC por un grupo de controladores de tránsito aéreo desvinculados de la institución, declaró que con la decisión de la alta corte queda cerrada la fase del proceso encausada por la jurisdicción administrativa.
Sin embargo, pese a resaltar la ganancia de causa a favor del IDAC, el doctor Herrera se manifestó dispuesto a compensar a los técnicos que no resultaron favorecidos con las decisiones judiciales.
«Aun con todas las decisiones jurisdiccionales favorables, estamos en la disposición de que, una vez se reconozcan los errores incurridos en una especie de autocríticas, de compensarles económicamente», dijo Herrera al responder la pregunta que le formularan los conductores del programa radial «Actualizando y Algo Más», Sarah Pepén y Affe Gutiérrez, que se transmite por la estación Estudio 88.
El funcionario explicó, que la disposición de compensarles, pese a que el IDAC es favorecido con varias sentencias, es porque sabe que los técnicos no tienen otros medios de subsistencia, y ofrecieron sus mejores años al sector aeronáutico.
«No tenemos inconveniente alguno en hacer el esfuerzo para buscarle una salida que de alguna manera u otra, les favorezca», agregó.
Notifican sentencia
El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) confirmó este día haber sido notificado sobre la decisión adoptada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazando un recurso de revisión interpuesto por un reducido grupo de controladores aéreos, desvinculados de la institución por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
En las direcciones General y Legal del IDAC se recibió la sentencia número 00035-2016 de fecha 28 de enero del año en curso, que rechaza el recurso de revisión administrativo interpuesto en contra del IDAC por los técnicos desvinculados.
La sentencia ha sido notificada por María Alba Díaz Ventura, secretaria del Tribunal, en la que se hace constar la firma de los magistrados Rafael Vásquez Goico, juez presidente; Vanesa Acosta y Mery Laine Collado, juezas; y Evlin Germosén, secretaria general.
Entre las causas que motivaron el rechazo de la revisión de la sentencia se cita que los alegatos esgrimidos no se encuentran dentro de las causas que motivan una revisión, «toda vez que lo que el recurrente cataloga como faltas o errores existentes en la sentencia atacada no responden a un error involuntario del tribunal, sino al criterio y razonamiento al que arribaron los jueces al momento de decidir el indicado asunto».
La sentencia también fue notificada a los recurrentes y al procurador general administrativo, y se ordenó su publicación en el boletín del Tribunal Superior Administrativo.
Con esta decisión del TSA se han emitido cuatro sentencias de altas cortes y tribunales especializados a favor del IDAC: la sentencia No. 068-2014 de la Presidencia del Tribunal Superior Administrativo, que rechaza la solicitud de medida cautelar interpuesta por los excontroladores; la sentencia TC-0006-15 del Tribunal Constitucional, que al revisar la sentencia No.230-2014 dictada por la primera sala del Tribunal Superior Administrativo, declaró la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por los excontroladores; la sentencia 0048-2015, del 26 de febrero de 2015, que declaró inadmisible un recurso contencioso interpuesto en junio de 2014 por los excontroladores, cuya revisión fue rechazada con la emisión de la sentencia número 00035-2016 de fecha 28 de enero de 2016.
En las decisiones adoptadas por los tribunales se confirma la validez de los procedimientos disciplinarios adoptados y las desvinculaciones realizadas por el IDAC ante las faltas cometidas.
2016-02-04 14:23:13