{"id":681107,"date":"2026-06-07T02:25:01","date_gmt":"2026-06-07T06:25:01","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=681107"},"modified":"2026-06-07T02:25:05","modified_gmt":"2026-06-07T06:25:05","slug":"10-a-20-anos-de-prision-y-un-chin-mas-por-relacion-sexual-no-consentida-con-su-pareja","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=681107","title":{"rendered":"10 A 20 A\u00d1OS DE PRISI\u00d3N Y UN CHIN M\u00c1S, POR RELACI\u00d3N SEXUAL NO CONSENTIDA \u00a0CON SU PAREJA \u00a0"},"content":{"rendered":"\n<p>La multa ser\u00e1 de RD$200 mil a 300 mil pesos. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Analizando el nuevo C\u00f3digo Penal<\/p>\n\n\n\n<p>Por el Lic. Cesar Amadeo Peralta.<\/p>\n\n\n\n<p>Abogado<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de la entrada en vigencia de la nueva ley 74-25, nuevo C\u00f3digo Penal de la Rep\u00fablica Dominicana, forzar o emplear violencia f\u00edsica con su pareja o tener sexo con su pareja borracha, que no recuerda lo que pas\u00f3, que no dio su consentimiento, podr\u00eda llevar a muchas personas a penas de prisi\u00f3n muy grave, lo mismo se aplica cuando uno de los dos llega borracho y quiere lo suyo y el otro no quiere.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto cuando usted salga a un lugar con su pareja con la cual se est\u00e9 en planes de entablar una relaci\u00f3n sexual luego de la fiesta o la cena rom\u00e1ntica y de los tragos, c\u00farese en salud y h\u00e1gale un video en su sano juicio, en el cual la persona le manifieste su consentimiento para todo lo que pueda pasar, porque si al otro d\u00eda de una borrachera con todo incluido una de las dos personas dice que no sabe lo que pas\u00f3 \u201centr\u00e9guese\u201d antes de que la fiscal\u00eda vaya a buscarlo.<\/p>\n\n\n\n<p>Como abogado y como ciudadano personalmente considero esto como una exageraci\u00f3n desproporcionada que podr\u00eda en peligro a muchas personas y parejas y por eso vengo reiterando que \u201caqu\u00ed van a caer presos mucha gente hasta sin saberlo\u201d, por no leer el c\u00f3digo penal, ya que la ley se reputa como ya conocida por todos los dominicanos aunque no la hayan le\u00eddo, en virtud del art\u00edculo 1 del C\u00f3digo Civil de 1884.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la entrada en vigencia del nuevo c\u00f3digo penal, quedan regularizadas con penas muy severas de prisi\u00f3n, desde 10 hasta 20 a\u00f1os y multas desde RD$200 mil a RD$300 mil pesos, y cuya pena podr\u00eda ser un poco m\u00e1s con la figura del cumulo de penas, las relaciones sexuales entre una pareja cuando uno de los dos no ha dado su consentimiento o se encuentre bajo los efectos de cualquier droga narc\u00f3tica, o de cualquier tipo de bebidas como pueden ser ron, wiski, cervezas, vodka, vinos, sidra, tequila, ginebra, etc. etc. etc. o por cualquier otro medio que pueda causar tales efectos.<\/p>\n\n\n\n<p>Con las mismas penas ser\u00e1n condenados, si se ha obligado a la pareja a involucrarse o participar en una relaci\u00f3n sexual no deseada con una o m\u00e1s personas (hacer tr\u00edos, orgias o fiestas en grupos swinger o fiestas para adultos, fiestas conocidas como \u201centra y agarra lo que quieras\u201d, fiestas sexuales para recibir viajeros, mediante los medios que describ\u00ed anteriormente.<\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 136 del nuevo C\u00f3digo Penal en la Rep\u00fablica, (ley 74-25), considera como; Actividad sexual no consentida en relaci\u00f3n de pareja, lo siguiente;<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;\u201cQuien en una relaci\u00f3n de pareja incurra en una actividad sexual no consentida, ser\u00e1 sancionado con pena de 10 a 20 a\u00f1os de prisi\u00f3n mayor y multa de 20 a 30 salarios m\u00ednimos del sector p\u00fablico en los casos siguientes:\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>1) Si ha empleado violencia f\u00edsica o anulado la voluntad de la v\u00edctima o su capacidad de resistir con el uso o suministro de narc\u00f3tico o sustancias psicotr\u00f3picas o por cualquier medio que pueda ocasionar tales efectos;<\/p>\n\n\n\n<p>2) Si se ha obligado a la pareja a involucrarse o participar en una relaci\u00f3n sexual no deseada con una o m\u00e1s personas mediante los medios enunciados en el numeral anterior.<\/p>\n\n\n\n<p>El autor de este art\u00edculo es el Lic. Cesar Amadeo Peralta, de la (Oficina de Abogados Peralta &amp; Peralta y Asociados, Abogados Consultores, S.R.L.); Correo Electr\u00f3nico amadeoperalta@gmail.com, Tel\u00e9fono 809-710-2213, Oficina dedicada a la persecuci\u00f3n de cr\u00edmenes y delitos econ\u00f3micos y financieros, todo tipo de falsificaciones,&nbsp; violaci\u00f3n a la ley del mercado de valores, estafas, delitos vinculados con las operaciones de compra y venta de Bitcoin, Criptomonedas, Cripto-activos, abusos de confianza y lavado de activos y violaci\u00f3n e invasi\u00f3n de propiedades, entre otros tipos penales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La multa ser\u00e1 de RD$200 mil a 300 mil pesos. &nbsp; Analizando el nuevo C\u00f3digo Penal Por el Lic. Cesar Amadeo Peralta. 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