{"id":651886,"date":"2025-11-29T14:45:19","date_gmt":"2025-11-29T18:45:19","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=651886"},"modified":"2026-01-06T00:20:46","modified_gmt":"2026-01-06T04:20:46","slug":"en-2015-el-tribunal-constitucional-rechazo-un-acuerdo-entre-rd-y-eeuu-similar-al-anunciado-por-abinader","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=651886","title":{"rendered":"En 2015, el Tribunal Constitucional rechaz\u00f3 un acuerdo entre RD y EEUU similar al anunciado por Abinader"},"content":{"rendered":"\n<p>\u201cLa presencia de tropas militares en el territorio dominicano siempre debe estar supeditada a un plazo concreto, es decir, que no es permisible la permanencia por un lapso indeterminado de cuerpos militares extranjeros\u00bb, declar\u00f3 el TC en 2015.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><br>Audry Trinidad<\/p>\n\n\n\n<p>Amparado en el Acuerdo de Interdicci\u00f3n Mar\u00edtima y A\u00e9rea firmado en 1995 por el expresidente Joaqu\u00edn Balaguer, el Gobierno dominicano dio permiso a los Estados Unidos para utilizar de manera \u201ctemporal\u201d espacios restringidos en la Base A\u00e9rea de San Isidro y en el Aeropuerto Internacional de Las Am\u00e9ricas (AILA) en la lucha contra el tr\u00e1fico de drogas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Gobierno no hizo p\u00fablico qu\u00e9 tiempo espec\u00edfico se realizar\u00e1n estas operaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Este punto fue uno de los que el Tribunal Constitucional de 2015 se bas\u00f3 para declarar inconstitucional el \u201cAcuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la Rep\u00fablica Dominicana\u201d, en el Gobierno de Danilo Medina.<\/p>\n\n\n\n<p>Las autoridades explicaron que el prop\u00f3sito de ese acuerdo era ampliar la cooperaci\u00f3n con el personal militar norteamericano \u201ctemporalmente presente en el pa\u00eds\u201d, en el marco de ejercicios militares, operaciones de ayuda humanitaria, entrenamientos y otras actividades de mutuo convenio.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el acuerdo aplicaba a todo el personal de esa naci\u00f3n estadounidense presente temporalmente en el pa\u00eds en conexi\u00f3n con visitas, actividades de capacitaci\u00f3n, ejercicios, labores humanitarias y otras mutuamente acordadas por ambos gobiernos.<\/p>\n\n\n\n<p>El mismo fue firmado el 20 de enero de 2015, por el entonces ministro de Relaciones Exteriores, Andr\u00e9s Navarro y el embajador de Estados Unidos, James W. Brewster; con la presencia del ministro de Defensa, William Mu\u00f1oz Delgado y el comandante del Comando Sur de los Estados Unidos, general John Kelly.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, Tribunal Constitucional determin\u00f3 que este convenio no se ajustaba a la Constituci\u00f3n dominicana.<\/p>\n\n\n\n<p>En la sentencia TC\/031\/, el organismo apunt\u00f3 que la Constituci\u00f3n prev\u00e9 la posibilidad de que el Estado dominicano autorice la presencia de tropas extranjeras, y en relaci\u00f3n con ello precisa, que el Estado dominicano determinar\u00e1, en todo caso, \u201cel tiempo y las condiciones de su estad\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa presencia de tropas militares en el territorio dominicano siempre debe estar supeditada a un plazo concreto, es decir, que no es permisible la permanencia por un lapso indeterminado de cuerpos militares extranjeros en territorio dominicano, cuya estancia tambi\u00e9n habr\u00e1 de encontrarse regulada por condiciones puntuales\u201d, expres\u00f3 el TC en su sentencia.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual forma, el Tribunal Constitucional habl\u00f3 del principio de soberan\u00eda y principio de no intervenci\u00f3n, en la que record\u00f3 que conforme al art\u00edculo tres de la Constituci\u00f3n, la soberan\u00eda de la Naci\u00f3n, como Estado libre e independiente de todo poder extranjero es inviolable, por lo que \u201cninguno de los poderes p\u00fablicos puede realizar o permitir la realizaci\u00f3n de actos que constituyan una intervenci\u00f3n directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la Rep\u00fablica Dominicana\u201d, o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 contemplaba el convenio?<\/p>\n\n\n\n<p>El TC declar\u00f3 \u201cno conforme con la Constituci\u00f3n\u201d, que la Rep\u00fablica Dominicana otorgara privilegios e inmunidades a miembros de las Fuerzas Armadas y funcionarios civiles del Departamento de Defensa de Estados Unidos presentes en el pa\u00eds, equivalentes a las concedidas al personal administrativo y t\u00e9cnico de una misi\u00f3n diplom\u00e1tica, conforme a la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Diplom\u00e1ticas, del 18 de abril de 1961.<\/p>\n\n\n\n<p>El convenio contemplaba que Rep\u00fablica Dominicana aceptara como v\u00e1lidas las licencias profesionales otorgadas por Estados Unidos, por sus subdivisiones pol\u00edticas, o por sus mismos estados al personal de esa naci\u00f3n para la provisi\u00f3n de servicios al personal autorizado.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, indicaba que ese personal de Estados Unidos pod\u00eda entrar y salir del pa\u00eds con identificaci\u00f3n emitida por el Departamento de Defensa de esa naci\u00f3n y con \u00f3rdenes de viaje individuales o de movimiento colectivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El acuerdo establec\u00eda que el Departamento de Defensa de los Estados Unidos pod\u00eda contratar cualquier material, suministros, equipos y servicios a ser provistos o hechos en la Rep\u00fablica Dominicana sin restricci\u00f3n en cuanto a la elecci\u00f3n del contratista. Adem\u00e1s, que los contratistas de Estados Unidos no estar\u00e1n sujetos al pago de ning\u00fan impuesto o cargo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos pueden importar, exportar, y usar en la Rep\u00fablica Dominicana cualquier propiedad personal, aparatos, suministros, provisiones, tecnolog\u00eda, capacitaci\u00f3n o servicios en relaci\u00f3n con sus actividades\u201d, apuntaba.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual forma, autorizaba que el Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el personal de los Estados Unidos no estar\u00edan sujetos al pago de ning\u00fan impuesto o cargo similar estipulado en la Rep\u00fablica Dominicana.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLas aeronaves propiedad del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, u operadas por o en ese momento exclusivamente para el Departamento de Defensa de los Estados Unidos, no estar\u00e1n sujetas al pago de cargos por navegaci\u00f3n, sobrevuelo, terminal u otros cargos similares en el territorio de la Rep\u00fablica Dominicana\u201d, resaltaba.<\/p>\n\n\n\n<p>Listin Diario<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cLa presencia de tropas militares en el territorio dominicano siempre debe estar supeditada a un plazo concreto, es decir, que no es permisible la permanencia por un lapso indeterminado de cuerpos militares extranjeros\u00bb, declar\u00f3 el TC en 2015.&nbsp; Audry Trinidad Amparado en el Acuerdo de Interdicci\u00f3n Mar\u00edtima y A\u00e9rea firmado en 1995 por el expresidente [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":651894,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[24,27],"tags":[3708,312,2223],"class_list":["post-651886","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-justicia-y-derecho","category-portada","tag-ee-uu-2","tag-rd","tag-tribunal-constitucional"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/651886","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=651886"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/651886\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":651895,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/651886\/revisions\/651895"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/651894"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=651886"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=651886"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=651886"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}