{"id":583544,"date":"2024-12-17T02:55:14","date_gmt":"2024-12-17T06:55:14","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=583544"},"modified":"2024-12-17T02:55:19","modified_gmt":"2024-12-17T06:55:19","slug":"la-difusion-no-consentida-de-videos-lesbicos-entre-las-comunicadoras-vitaly-sanchez-y-jem-rodriguez-y-sus-consecuencias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=583544","title":{"rendered":"La difusi\u00f3n no consentida de videos l\u00e9sbicos entre las comunicadoras Vitaly S\u00e1nchez y Jem Rodr\u00edguez y sus consecuencias"},"content":{"rendered":"\n<p>Por David R. Lorenzo<\/p>\n\n\n\n<p>La difusi\u00f3n y reproducci\u00f3n de videos con contenidos er\u00f3ticos sin el consentimiento de una de las partes, es un delito penal sancionado por varias legislaciones en la Rep\u00fablica Dominicana, debido a que atentan contra los derechos de intimidad e imagen de las personas afectadas, as\u00ed como de su reputaci\u00f3n y dignidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Tal es el caso de los videos virales de contenidos l\u00e9sbicos, entre las comunicadoras y modelos Vitaly S\u00e1nchez y Jem Rodr\u00edguez, que fueron difundidos y est\u00e1n siendo reproducidos sin el consentimiento de la primera.<\/p>\n\n\n\n<p>En uno de los videos de 8 segundos, grabados seg\u00fan se ha dicho, m\u00e1s de cinco a\u00f1os atr\u00e1s, se puede ver a S\u00e1nchez y Rodr\u00edguez, disfrutar de besos entre ellas, lo que ha generado una pol\u00e9mica.<\/p>\n\n\n\n<p>La controversial es a\u00fan mayor, ya que Rodr\u00edguez p\u00fablicamente revel\u00f3 que ella y S\u00e1nchez, adem\u00e1s de sus relaciones l\u00e9sbicas, realizaron varias veces un tr\u00edo sexual con un joven llamado Samuel Wilfredo Dilon\u00e9 Castillo, conocido como DJ Sammy.<\/p>\n\n\n\n<p>El conflicto se origin\u00f3 por un enfrentamiento verbal que sostuvieron las dos damas en un programa en vivo llamado Alofoke Radio Show, que se transmite por varias redes sociales. S\u00e1nchez neg\u00f3 las acusaciones de Quezada, lo que est\u00e1 revel\u00f3 que exist\u00edan varios videos de esas relaciones, los cuales horas despu\u00e9s del cruce de palabras, comenzaron a difundirse por las redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta el momento no se ha establecido si fue la propia Rodr\u00edguez quien difundi\u00f3 las im\u00e1genes, o fue una tercera persona, pero en cualquiera de los casos, quien lo haya hecho cometi\u00f3 un il\u00edcito penal, castigado por las leyes dominicanas con prisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En la Rep\u00fablica Dominicana los derechos de imagen e intimidad est\u00e1n contemplados en varias legislaciones, como en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica y las leyes 24-97, sobre violencia intrafamiliar; y la 53-07, sobre Delitos de Altas Tecnolog\u00edas, as\u00ed como en otras legislaciones, tratados y convenciones internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>El caso es grave, porque la intimidad es un el derecho personal\u00edsimo que permite sustraer a la persona de la publicidad o de otras turbaciones a su vida privada, y comprenden la facultad que tiene una persona para que su vida \u00edntima sea respetada y que sus actos privados no sean objeto de observaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n, ni de intimidaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, la imagen es otro derecho personal\u00edsimo, que le permite a una persona controlar c\u00f3mo se utiliza su imagen, definir c\u00f3mo se usa y establecer la finalidad con la que se pueda usar, por lo que sucedi\u00f3 fue una violaci\u00f3n a ese derecho,<\/p>\n\n\n\n<p>En el presente caso, independientemente de que para muchos los actos sexuales de las protagonistas puedan ser censurables y reprochables, se cometieron tres delitos, el primero fue la divulgaci\u00f3n del video sin el consentimiento de la v\u00edctima, es decir, de la joven S\u00e1nchez, sin importar que fuera Rodr\u00edguez u otra persona que lo hayan hecho. Con la divulgaci\u00f3n se afect\u00f3 sensiblemente la reputaci\u00f3n y dignidad de la comunicadora, que tienen valores inherentes y que la ley exige el respeto de ellas por los dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>Internacionalmente ese delito es conocido como \u201csexting\u201d, que consistente en la difusi\u00f3n de notas de voz, videos o im\u00e1genes \u00edntimas, er\u00f3ticas o sexuales sobre una o varias personas grabadas o fotografiadas l\u00edcitamente, con el debido consentimiento, pero difundidas por una de ellas, sin la anuencia de la otra parte.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, se cometi\u00f3 el delito de <em>\u201cLa&nbsp;revenge porn\u201d o \u201c&nbsp;<\/em><a href=\"https:\/\/www.pantallasamigas.net\/pornovengaza-revenge-porn-porno-venganza-violencia-las-mujeres\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><em>pornovenganza<\/em><\/a><em>\u201d que es <\/em>el realizado&nbsp; por parejas en conflictos, ex parejas o ex novios&nbsp; o novias, porque uno de ellos ha decidido romper la relaci\u00f3n, y el otro, por enojo, maldad, venganza o deseo de hacer da\u00f1os, difunde escenas \u00edntimas, er\u00f3ticas o sexual, de la otra, o de ambos, aunque las haya obtenido con el consentimiento mutuo.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, los que compartieron y reprodujeron los videos tambi\u00e9n cometieron una infracci\u00f3n penal, porque los hicieron sin el consentimiento de la v\u00edctima, y contribuyeron a multiplicar el delito.<\/p>\n\n\n\n<p>Por igual, los periodistas, comunicadores y cualquier otra persona que al comentar la informaci\u00f3n sobrepasaron el l\u00edmite de la libertad de expresi\u00f3n, al incurrir en insultos, ofensas, difamaci\u00f3n, injuria o ultraje contra S\u00e1nchez, tambi\u00e9n cometieron delitos.<\/p>\n\n\n\n<p>En todos esos casos, a la afectada le asiste el derecho de actuar en justicia y demandar prisi\u00f3n contra los autores de los delitos, y una reparaci\u00f3n moral que pudiera concluir con una condena millonaria por da\u00f1os y perjuicios.<\/p>\n\n\n\n<p>En conclusi\u00f3n, la difusi\u00f3n de videos er\u00f3ticos, su reproducci\u00f3n y comentarios ofensivos contra la v\u00edctima, que en este caso es Vitaly S\u00e1nchez, constituyen hechos punibles porque implicaron la invasi\u00f3n y violaci\u00f3n de su intimidad, el derecho de imagen, su reputaci\u00f3n y su dignidad, que nuestro ordenamiento jur\u00eddico protege y castiga, por ser derechos personal\u00edsimos que no pueden ser vulnerados antojadiza, ni medalaganariamente por nadie.<\/p>\n\n\n\n<p>Post data:&nbsp; El autor es periodista y abogado de la Rep\u00fablica Dominicana, director del portar \u201clibertaddeexpresi\u00f3n.net\u201d y director del programa de televisi\u00f3n \u201cLibertad de Expresi\u00f3n\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por David R. 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