{"id":581011,"date":"2024-12-07T23:53:58","date_gmt":"2024-12-08T03:53:58","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=581011"},"modified":"2024-12-07T23:57:21","modified_gmt":"2024-12-08T03:57:21","slug":"proyecto-de-ley-busca-castigar-con-10-anos-de-prision-a-los-ladrones-de-tierras-la-violacion-invasion-y-ocupacion-de-propiedades-publicas-y-privadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=581011","title":{"rendered":"PROYECTO DE LEY BUSCA CASTIGAR CON 10 A\u00d1OS DE PRISI\u00d3N A LOS LADRONES DE TIERRAS, LA VIOLACION, INVASI\u00d3N Y OCUPACI\u00d3N DE PROPIEDADES P\u00daBLICAS Y PRIVADAS"},"content":{"rendered":"\n<p>En el Senado de la Republica Dominicana, cursa un proyecto de ley depositado el dia 13-08-2024, por el senador Alexis Victoria Yeb, el cual en caso de ser aprobado va a combatir a las personas, los grupos, asociaciones y carteles dedicados a\u00a0 la violaci\u00f3n, invasi\u00f3n y ocupaci\u00f3n de propiedades p\u00fablicas y privadas, as\u00ed como el traspaso fraudulento de propiedades para despojar a sus verdaderos due\u00f1os, ya que traer\u00eda severas penas contra sus autores y c\u00f3mplices con penas de prisi\u00f3n de 4 a 10 a\u00f1os y multas de 250 a 500 salarios m\u00ednimos.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"933\" height=\"743\" src=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/imagen_2024-12-07_235446508.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-581014\" srcset=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/imagen_2024-12-07_235446508.png 933w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/imagen_2024-12-07_235446508-300x239.png 300w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/imagen_2024-12-07_235446508-768x612.png 768w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/imagen_2024-12-07_235446508-816x650.png 816w\" sizes=\"auto, (max-width: 933px) 100vw, 933px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan relata el abogado Cesar Amadeo Peralta, el proyecto de ley viene dado por la existencia de tantos ladrones de tierras privadas y del estado y falsificadores de documentos que consiguen deslindar y traspasarse propiedades sin que sus verdaderos due\u00f1os lo sepan y luego hasta ocuparlas y venderlas estafando a otros, con pocas consecuencias legales, m\u00e1s a\u00fan por el valor que han tomado las propiedades en la Rep\u00fablica Dominicana, sobre todo las ubicadas en zonas tur\u00edsticas, costeras, monta\u00f1osas o con vocaci\u00f3n urbana y que han llevado a que durante a\u00f1os la seguridad jur\u00eddica sea una mentira en el ordenamiento legal, lo que ha ahuyentado las inversiones privadas y extranjeras, lo que ha motivado a que durante a\u00f1os personas, grupos y organizaciones criminales se dediquen a invadir terrenos privados y del estado, acciones delictivas estas, que por lo general se acompa\u00f1an de maniobras fraudulentas para falsificar documentos p\u00fablicos y privados para transferir su titularidad y despojar de sus derechos a sus verdaderos due\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto de ley sostiene que los poderes p\u00fablicos son los responsables de garantizar en nombre del Estado, la tutela de las propiedades con la obligaci\u00f3n de tomar acciones concretas para frenar estos delitos.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostiene el abogado Amadeo Peralta, que este proyecto de ley debe de ser ampliado y consensuado con abogados en ejercicio que saben bien las debilidades de las leyes y por qu\u00e9 los ladrones de propiedades se salen con las suyas por las debilidades y atrasos en nuestras leyes actuales, sumadas a con las nuevas t\u00e9cnicas y el comportamiento de los infractores, as\u00ed como por las jugosas ganancias que estos delincuentes obtienen con el despojo irregular de propiedades, lo que hace necesario que este proyecto de ley sea aprobado con la introducci\u00f3n de otras modificaciones, a los fines de que se regule y sancione las&nbsp;distintas modalidades del crimen organizado en la Jurisdicci\u00f3n Inmobiliaria para que se adecuen nuevos elementos de investigaci\u00f3n,&nbsp;&nbsp;<em>sanci\u00f3n,<\/em>&nbsp; &nbsp;decomiso, da\u00f1os y perjuicios y cooperaci\u00f3n internacional para combatir el crimen organizado.<\/p>\n\n\n\n<p>En su&nbsp;art\u00edculo 5, el proyecto de ley establece lo siguiente;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201c<em>Quien se introduzca a una propiedad inmobiliaria, p\u00fablica o privada, sin permiso del propietario, administrador, arrendatario o usufructuario, ser\u00e1 sancionado con una pena de 1 a 2 a\u00f1os de prisi\u00f3n y multas de 10 a 20 salarios m\u00ednimos<\/em>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>P\u00c1RRAFO:&nbsp;<em>A los c\u00f3mplices del delito establecido en este art\u00edculo se les impondr\u00e1 la pena de 1 a 3 meses de prisi\u00f3n y multas de 3 a 5 salarios m\u00ednimos.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En su&nbsp;art\u00edculo 14,&nbsp;el proyecto de ley establece \u201cAGRAVANTES\u201d y dispone lo siguiente;<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201c La violaci\u00f3n, ocupaci\u00f3n o invasi\u00f3n, la transferencia il\u00edcita de la propiedad y la expropiaci\u00f3n fraudulenta seran sancionados con una pena de &nbsp;4 a 10&nbsp; a\u00f1os de prision y multas de 250 a 500 salarios m\u00ednimos, en los casos en que concurran una o varias circunstancias agravantes siguientes\u201d<\/em>;<\/p>\n\n\n\n<p>a)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando la v\u00edctima de la ocupaci\u00f3n o invasi\u00f3n, la transferencia il\u00edcita de la propiedad y la expropiaci\u00f3n fraudulenta, fuese una persona en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, o menor de edad,, envejeciente, mujer embarazada o padeciera de discapacidad f\u00edsica o ps\u00edquica, invalidez o est\u00e9 afectada por una enfermedad catastr\u00f3fica, grave o terminal.<\/p>\n\n\n\n<p>b)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando sea realizado utilizando violencia f\u00edsica o psicol\u00f3gica. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>c)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Si el autor o c\u00f3mplice del hecho es un miembro de cualquier instituci\u00f3n de las Fuerzas Armadas, de la Policia Nacional o de los organismos de inteligencia o seguridad del Estado o de agencias dedicadas a la prevenci\u00f3n y persecuci\u00f3n del crimen, sea miembro activo, retirado o dado de baja, sin perjuicio de que ser\u00e1 destituido e inhabilitado.<\/p>\n\n\n\n<p>d)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando se emplee amenazas de muerte o de herir a cualquier persona.<\/p>\n\n\n\n<p>e)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el delito es cometido con el uso de armas de cualquier \u00edndole.<\/p>\n\n\n\n<p>f)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el autor ocasiona deterioros, da\u00f1os, lleva a cabo construcciones, instalaciones o cualquier tipo de destrucci\u00f3n a plantaciones, cosechas, estructuras, edificaciones, inmuebles por destino o mejoras de cualquier tipo dentro de la propiedad de otra persona.<\/p>\n\n\n\n<p>g)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el delito se materializa en contra de una propiedad inmobiliaria adquirida por una persona f\u00edsica o jur\u00eddica en virtud de la ley de inversi\u00f3n extranjera.<\/p>\n\n\n\n<p>h)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el delito se materializa en contra de una propiedad dedicada a la producci\u00f3n agr\u00edcola, ganadera, pecuaria o minera.<\/p>\n\n\n\n<p>i)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el delito de transferencia inmobiliaria sea realizado por una o m\u00e1s personas que, vali\u00e9ndose de poderes o funciones dados con la finalidad de administrar o usufructuar, conservar o tutelar el derecho de propiedad, lo traspasen en beneficio propio o de un tercero.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>j)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el delito sea cometido por tres o m\u00e1s personas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>k)&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando se pruebe que el autor es reincidente en la comisi\u00f3n de los delitos tipificados y sancionados en esta ley.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>l)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cuando el delito se materializa, empleado en contra del propietario, administrador, arrendatario o usufructuario m\u00e9todos de extorsi\u00f3n, terrorismo, chantaje o manipulaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>m)&nbsp;Cuando el autor o c\u00f3mplice fuera un funcionario o servidor p\u00fablico de cualquiera de los poderes del Estado u organismos descentralizados.<\/p>\n\n\n\n<p>El abogado Amadeo Peralta considera este proyecto como una muy buena iniciativa&nbsp; a la vez de hacer un llamado a los senadores a que cuando vayan a discutirlo, que consulten el mismo con abogados en ejercicio ya que siendo un buen proyecto se queda corto en el combate de esos grupos mafiosos que operan en la jurisdicci\u00f3n inmobiliaria vinculados con las invasiones y el despojo de derechos a sus due\u00f1os, donde hay muchos empleados que te despojan de tu propiedad sin darte cuenta y nada les ha pasado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Rese\u00f1a del autor<\/strong>;<\/p>\n\n\n\n<p>El Lic. C\u00e9sar Amadeo Peralta, es abogado en ejercicio, articulista jur\u00eddico, creador de contenido jur\u00eddico, socio fundador, junto a otros abogados, de la firma de abogados Peralta &amp; Peralta y Asociados, Abogados Consultores, con especializaci\u00f3n en la persecuci\u00f3n de ladrones de tierras, fraudes, estafas, abuso de confianza, &nbsp;falsificaciones, violaciones de propiedad privada y delitos econ\u00f3micos vinculados con las ley Monetaria y Financiera, as\u00ed como a la Ley del Mercado de Valores, estafas con Criptomonedas y delitos vinculantes, con estudio profesional abierto, en la calle Marginal de la Av. N\u00fa\u00f1ez de C\u00e1ceres, No. 366, Torre Corporativo N C , Piso 9, Suite 904, Sector El Mill\u00f3n, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, con tel\u00e9fono, celular (809)710-2213; Correo Electr\u00f3nico;&nbsp;<a href=\"mailto:amadeoperalta@gmail.com\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">amadeoperalta@gmail.com<\/a>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el Senado de la Republica Dominicana, cursa un proyecto de ley depositado el dia 13-08-2024, por el senador Alexis Victoria Yeb, el cual en caso de ser aprobado va a combatir a las personas, los grupos, asociaciones y carteles dedicados a\u00a0 la violaci\u00f3n, invasi\u00f3n y ocupaci\u00f3n de propiedades p\u00fablicas y privadas, as\u00ed como el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":28,"featured_media":581012,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[20,24,19,16],"tags":[],"class_list":["post-581011","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-dominicana-hoy","category-justicia-y-derecho","category-mi-voz","category-opiniones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/581011","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/28"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=581011"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/581011\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":581016,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/581011\/revisions\/581016"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/581012"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=581011"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=581011"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=581011"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}