{"id":579765,"date":"2024-12-03T16:01:36","date_gmt":"2024-12-03T20:01:36","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=579765"},"modified":"2024-12-03T16:06:38","modified_gmt":"2024-12-03T20:06:38","slug":"proteccion-a-envejecientes-presos-segun-la-ley-352-98","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=579765","title":{"rendered":"PROTECCI\u00d3N A ENVEJECIENTES PRESOS SEG\u00daN LA LEY 352 98\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0"},"content":{"rendered":"\n<p>Doctor Jos\u00e9 Garc\u00eda Ram\u00edrez director ejecutiva del CONAPE.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ley 352-98 que cre\u00f3 el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE) contiene varios art\u00edculos que comprometen a las autoridades judiciales y policiales a ofrecer -sin importar la causa- un trato considerado y respetuoso a los adultos mayores encarcelados y notificar el hecho \u201c<em>a sus familiares en el t\u00e9rmino de veinte cuatro (24) horas<\/em>\u201d.<br><br>Este trato preferencial incluye cuidado \u201c<em>en la tramitaci\u00f3n de casos que tengan como sujeto principal un (a) envejeciente, a los fines de garantizarles las condiciones m\u00ednimas de salud y alimentaci\u00f3n<\/em>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El p\u00e1rrafo \u00fanico del art\u00edculo cinco, agrega que, el Poder Judicial debe ordenar el examen m\u00e9dico del detenido durante todos los d\u00edas en que se mantenga en esa situaci\u00f3n y evitar la toma de medidas que conduzcan a \u201c<em>la p\u00e9rdida de la libertad de tr\u00e1nsito del o la envejeciente<\/em>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"800\" height=\"490\" src=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/CONAPE-SE-REUNE-CON-PROCURADURIA-GENERAL-DE-LA-REPUBLICA.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-579775\" srcset=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/CONAPE-SE-REUNE-CON-PROCURADURIA-GENERAL-DE-LA-REPUBLICA.jpg 800w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/CONAPE-SE-REUNE-CON-PROCURADURIA-GENERAL-DE-LA-REPUBLICA-300x184.jpg 300w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/CONAPE-SE-REUNE-CON-PROCURADURIA-GENERAL-DE-LA-REPUBLICA-768x470.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 800px) 100vw, 800px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><br>Autoridades del CONAPE en reuni\u00f3n\u2002con la Procuradur\u00eda General <\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n especifica, en su art\u00edculo 6, que la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica instruir\u00e1 \u201c<em>a los responsables del sistema penitenciario para que ofrezcan un trato preferencial a la persona mayor que permanezca en prisi\u00f3n preventiva, de manera que la p\u00e9rdida de su libertad, hasta donde sea posible, no implique tambi\u00e9n la p\u00e9rdida de su trabajo, ni de los servicios de salud que recibiere y que tampoco implique el desamparo de su c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero(a<\/em>)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Igualmente agrega que \u201c<em>La prisi\u00f3n preventiva deber\u00e1 ser lo menos aflictiva posible para \u00e9l o la envejeciente y, en caso de ser condenado(a) por alg\u00fan hecho penado por la ley, deben dispensarle un tratamiento acorde con su edad tanto las autoridades judiciales como las autoridades del recinto carcelario<\/em>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Se trata de una legislaci\u00f3n con 24 a\u00f1os de existencia, pero ignorada hasta septiembre de 2020 cuando el doctor Jos\u00e9 Garc\u00eda Ram\u00edrez asumi\u00f3 la direcci\u00f3n ejecutiva del CONAPE, y traz\u00f3 como su principal objetivo dar a conocer este instrumento jur\u00eddico al servicio de la protecci\u00f3n de los envejecientes.<br><br>El ejecutivo implement\u00f3 un sistema de distribuci\u00f3n de millares de ejemplares en todo el pa\u00eds, con el apoyo de las gobernaciones provinciales, ayuntamientos, sindicaturas y otras organizaciones sociales, para que cada vez m\u00e1s envejecientes conozcan sus derechos fundamentales.<\/p>\n\n\n\n<p>El doctor Garc\u00eda Ram\u00edrez, ha enviado a las c\u00e1rceles diversas comisiones de abogados, psic\u00f3logos, trabajadores sociales y m\u00e9dicos a brindarle la debida asistencia legal y sanitaria, adem\u00e1s de investigar la situaci\u00f3n de cada reo en busca de una soluci\u00f3n -en el marco de la ley- que contribuya a su excarcelaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Muestra de las acciones del CONAPE lo fue un reporte en el matutino Hoy de la periodista Llennis Jim\u00e9nez, en septiembre de 2021, dando cuenta de las medidas adoptadas por su director ejecutivo para cambiar la situaci\u00f3n de los 213 adultos mayores recluidos en el centro correccional de Haras Nacionales y otras penitenciar\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><br>En esos d\u00edas la direcci\u00f3n de CONAPE renov\u00f3 sus contactos con las autoridades encargadas de supervisar y dirigir los procesos administrativos de esos presidios, para que los adultos mayores reciban un trato justo que les permita estar all\u00ed en condiciones humanamente aceptables y contemple todo lo que por ley les corresponde.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Mediante esa relaci\u00f3n armoniosa con las autoridades penitenciarias, se procura crear un ambiente de sensibilizaci\u00f3n en torno a la aplicaci\u00f3n de la Ley 252-98 y la ampliaci\u00f3n de los espacios de colaboraci\u00f3n para dar seguimiento puntual a la vida de los envejecientes detenidos, pensando en su libertad condicional, en su posible ingreso a un establecimiento de salud, o a un hogar permanente de CONAPE.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Asimismo, vale tambi\u00e9n recordar las declaraciones del doctor Garc\u00eda Ram\u00edrez del 3 de junio del 2023, difundidas a trav\u00e9s del peri\u00f3dico List\u00edn Diario por la periodista Doris Pantale\u00f3n, se\u00f1alando que el CONAPE se propon\u00eda retomar las visitas a las c\u00e1rceles del pa\u00eds para dar seguimiento a las condiciones f\u00edsicas y de salud de los envejecientes.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El alto funcionario se\u00f1al\u00f3 que con esas visitas se procuraba tener una informaci\u00f3n completa sobre la real situaci\u00f3n de los encarcelados, para apoyar como organismo la humanizaci\u00f3n de los servicios que recib\u00edan.<br>&nbsp;<br>En ese sentido, en agosto del presente a\u00f1o, Garc\u00eda Ram\u00edrez se reuni\u00f3 con una comisi\u00f3n compuesta por miembros de la Polic\u00eda Nacional y la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica para impulsar trabajos de colaboraci\u00f3n institucional en beneficio de los derechos de adultos mayores, conforme con la Ley 352-98 y el art\u00edculo 234 del C\u00f3digo Procesal Penal que establece que la prisi\u00f3n preventiva puede ser impuesta a un imputado hasta los 75 a\u00f1os y a partir de una pena de 4 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Claro est\u00e1 que ello requiere una modificaci\u00f3n de la ley para ponerla a tono con los cambios que ha experimentado el pa\u00eds y hacer valer las ideas de justicia penal en torno al perd\u00f3n humanitario, el indulto y la sustituci\u00f3n del r\u00e9gimen de encierro por el arresto domiciliario, o cualquier otra alternativa de libertad condicional que tome en cuenta que despu\u00e9s de los 65 a\u00f1os se acelera el envejecimiento de todo adulto mayor, dado su desgaste f\u00edsico, cognitivo y emocional, y los requerimientos de cuidados geri\u00e1tricos especiales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Cada acci\u00f3n del CONAPE ha sido acompa\u00f1ada de su invariable empe\u00f1o en la difusi\u00f3n de la Ley 352-98 y la necesidad de actualizarla, para que se comprenda mejor los derechos de los envejecientes a contar con atenciones especiales y programas dise\u00f1ados para satisfacer sus necesidades y facilitar su rehabilitaci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p><br>&nbsp;Seg\u00fan su opini\u00f3n, muchos envejecientes detenidos \u201c<em>cumplen con los requisitos legales para salir en libertad al tener cumplida la mayor parte de su condena, se mantienen en las instalaciones porque no tienen v\u00ednculos familiares o debido a que por la naturaleza del delito cometido reciben la condena moral de la familia y no tienen d\u00f3nde acudir<\/em>\u201d. Es decir que, por enfermedad o avanzada edad, se deben adoptar medidas para modificar el encierro.<\/p>\n\n\n\n<p><br>&nbsp;CONAPE trabaja sin reposo en la divulgaci\u00f3n de la Ley 352-98 que plantea trato preferencial a los adultos mayores mientras permanezcan en prisi\u00f3n y aboga por el fortalecimiento de sus derechos, a fin de que reciban un trato preferencial en cualquier estamento judicial al que se presenten (Polic\u00eda, Ministerio P\u00fablico, Tribunal), tras haber agotado todas las etapas del desarrollo humano.<\/p>\n\n\n\n<p><br>&nbsp;Es responsabilidad constitucional del Estado dominicano proteger a la poblaci\u00f3n envejeciente y dotarla de un r\u00e9gimen especial que les permita a muchos cambiar su condena por la prisi\u00f3n domiciliaria o la libertad condicional.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Doctor Jos\u00e9 Garc\u00eda Ram\u00edrez director ejecutiva del CONAPE. 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