{"id":498566,"date":"2024-01-03T03:27:17","date_gmt":"2024-01-03T07:27:17","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=498566"},"modified":"2024-01-03T03:28:44","modified_gmt":"2024-01-03T07:28:44","slug":"ministerio-de-trabajo-recuerda-a-empleadores-presentar-antes-del-15-de-enero-2024-planilla-del-personal-fijo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=498566","title":{"rendered":"Ministerio de Trabajo recuerda a empleadores presentar antes del 15 de enero 2024 planilla del personal fijo"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Santo Domingo.&nbsp;<\/strong>El Ministerio de Trabajo recuerda a todos los empleadores presentar ante la Direcci\u00f3n General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince d\u00edas de enero de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>En tal sentido, les recuerda tambi\u00e9n que las Planillas del Personal Fijo se renovar\u00e1n anualmente y se depositar\u00e1n ante la Direcci\u00f3n General de Trabajo a m\u00e1s tardar el d\u00eda 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 15 del Reglamento 258-93 para la aplicaci\u00f3n del C\u00f3digo de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el Ministerio de Trabajo ha establecido que en lo referente a la renovaci\u00f3n, es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos para poder continuar con el registro en el sistema.<\/p>\n\n\n\n<p>En igual forma, se requiere que el documento sea registrado a trav\u00e9s de la direcci\u00f3n electr\u00f3nica&nbsp;<a href=\"https:\/\/sirla.mt.gob.do\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/sirla.mt.gob.do<\/a>&nbsp;procediendo a registrar a sus trabajadores en el establecimiento en que est\u00e9n prestando servicios.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez est\u00e9n seguros de que las informaciones contenidas en la Planilla est\u00e1n correctas, deber\u00e1n proceder a realizar el pago correspondiente por medio de una de estas dos v\u00edas: realizar una transacci\u00f3n electr\u00f3nica con tarjeta de cr\u00e9dito o de d\u00e9bito o adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Trabajo informa que para los registros de nuevas empresas o empleadores, se debe seguir el procedimiento siguiente: ingresar a la direcci\u00f3n&nbsp;<a href=\"https:\/\/ovi.mt.gob.do\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/ovi.mt.gob.do<\/a>&nbsp;y presionar la opci\u00f3n de nueva empresa para crear el usuario.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez creado el usuario y siguiendo los pasos del sistema, se completar\u00e1n los datos de la empresa y el establecimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Tan pronto se haya finalizado el registro de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generar\u00e1 el monto a pagar que se har\u00e1 mediante una transacci\u00f3n electr\u00f3nica con tarjeta de cr\u00e9dito o de d\u00e9bito o adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Transcurrido el plazo de los primeros quince d\u00edas de enero sin que el empleador haya cumplido con este mandato legal, ser\u00e1 susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el C\u00f3digo de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Para mayor informaci\u00f3n, comunicarse con nosotros al correo electr\u00f3nico&nbsp;<a href=\"mailto:sirla.info@mt.gob.do\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">sirla.info@mt.gob.do<\/a>&nbsp;o llamar al tel\u00e9fono 809-535-4404 opci\u00f3n 1 o extensiones 3018, 3016,3050 <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Santo Domingo.&nbsp;<\/strong>El Ministerio de Trabajo recuerda a todos los empleadores presentar ante la Direcci\u00f3n General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince d\u00edas de enero de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>En tal sentido, les recuerda tambi\u00e9n que las Planillas del Personal Fijo se renovar\u00e1n anualmente y se depositar\u00e1n ante la Direcci\u00f3n General de Trabajo a m\u00e1s tardar el d\u00eda 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 15 del Reglamento 258-93 para la aplicaci\u00f3n del C\u00f3digo de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, el Ministerio de Trabajo ha establecido que en lo referente a la renovaci\u00f3n, es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos para poder continuar con el registro en el sistema.<\/p>\n\n\n\n<p>En igual forma, se requiere que el documento sea registrado a trav\u00e9s de la direcci\u00f3n electr\u00f3nica&nbsp;<a href=\"https:\/\/sirla.mt.gob.do\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/sirla.mt.gob.do<\/a>&nbsp;procediendo a registrar a sus trabajadores en el establecimiento en que est\u00e9n prestando servicios.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez est\u00e9n seguros de que las informaciones contenidas en la Planilla est\u00e1n correctas, deber\u00e1n proceder a realizar el pago correspondiente por medio de una de estas dos v\u00edas: realizar una transacci\u00f3n electr\u00f3nica con tarjeta de cr\u00e9dito o de d\u00e9bito o adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Trabajo informa que para los registros de nuevas empresas o empleadores, se debe seguir el procedimiento siguiente: ingresar a la direcci\u00f3n&nbsp;<a href=\"https:\/\/ovi.mt.gob.do\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/ovi.mt.gob.do<\/a>&nbsp;y presionar la opci\u00f3n de nueva empresa para crear el usuario.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez creado el usuario y siguiendo los pasos del sistema, se completar\u00e1n los datos de la empresa y el establecimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Tan pronto se haya finalizado el registro de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generar\u00e1 el monto a pagar que se har\u00e1 mediante una transacci\u00f3n electr\u00f3nica con tarjeta de cr\u00e9dito o de d\u00e9bito o adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Transcurrido el plazo de los primeros quince d\u00edas de enero sin que el empleador haya cumplido con este mandato legal, ser\u00e1 susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el C\u00f3digo de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Para mayor informaci\u00f3n, comunicarse con nosotros al correo electr\u00f3nico&nbsp;<a href=\"mailto:sirla.info@mt.gob.do\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">sirla.info@mt.gob.do<\/a>&nbsp;o llamar al tel\u00e9fono 809-535-4404 opci\u00f3n 1 o extensiones 3018, 3016,3050 <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo.&nbsp;El Ministerio de Trabajo recuerda a todos los empleadores presentar ante la Direcci\u00f3n General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince d\u00edas de enero de 2024. 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