{"id":467184,"date":"2023-08-28T14:56:17","date_gmt":"2023-08-28T18:56:17","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=467184"},"modified":"2023-08-28T14:56:17","modified_gmt":"2023-08-28T18:56:17","slug":"amnistia-un-recurso-tributario-en-beneficio-de-todos-los-sectores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=467184","title":{"rendered":"Amnist\u00eda, \u00bfun recurso tributario en beneficio de todos los sectores?"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00b7&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Ludovino Col\u00f3n, socio de impuestos de EY para Rep\u00fablica Dominicana, entiende que tanto el sector p\u00fablico como el privado obtienen grandes oportunidades.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Rep\u00fablica Dominicana, agosto de 2023.<\/strong>&nbsp;Las amnist\u00edas fiscales son habituales en muchos pa\u00edses, porque suelen considerarse como un recurso que beneficia al contribuyente y a la administraci\u00f3n tributaria.<\/p>\n\n\n\n<p>En repetidas ocasiones, la Rep\u00fablica Dominicana se ha valido de este mecanismo fiscal. La m\u00e1s reciente fue promulgada el 10 de agosto de 2023, bajo la Ley N\u00fam. 51-23, que favorece a los contribuyentes que tienen a\u00f1os con deudas de impuestos acumuladas. Contempla un tratamiento especial transitorio de fiscalizaci\u00f3n, gesti\u00f3n y recuperaci\u00f3n de deuda tributaria, mediante el cual se declara implantar un procedimiento abreviado de fiscalizaci\u00f3n, facilidades de pago para deudas tributarias, y amnistiar deudas fiscales de instituciones estatales, con un r\u00e9gimen especial transitorio hasta el 20 de diciembre de 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley incluye facilidades para Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Impuesto sobre Activos (ISA) e Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI). Adem\u00e1s de impuestos a las zonas francas y a las bancas de loter\u00edas, de apuestas y deportivas. Sin embargo, no todas las facilidades abarcan a todos estos impuestos.<\/p>\n\n\n\n<p>La aprobaci\u00f3n de una amnist\u00eda fiscal siempre crea cuestionamientos acerca de qui\u00e9nes resultan m\u00e1s beneficiados con su implementaci\u00f3n. Ludovino Col\u00f3n, socio de impuestos de EY para Rep\u00fablica Dominicana, entiende que tanto el sector p\u00fablico como el privado obtienen grandes oportunidades. Por un lado, los contribuyentes&nbsp; pueden saldar sus deudas tributarias por un monto muy por debajo del que ordinariamente tuvieran que pagar, o en su caso, cerrar contingencias por fiscalizaciones en curso de manera expedita.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que el Estado, se beneficia de todos los fondos que se recauden con esta ley, los cuales usar\u00e1 para sus propios fines. Adem\u00e1s, las instituciones estatales se favorecen de una amnist\u00eda que las \u201climpia\u201d significativamente de pasivos por concepto de deudas con la autoridad tributaria, ayudando de esta manera a que mejore su posici\u00f3n financiera.<\/p>\n\n\n\n<p>Subraya adem\u00e1s que para el Gobierno, una amnist\u00eda es una forma r\u00e1pida de obtener recursos y la misma implica mucho ahorro en la gesti\u00f3n y recuperaci\u00f3n de deudas tributarias, teniendo en cuenta que muchas de \u00e9stas, por lo general, pasan o est\u00e1n en un litigio ante los tribunales y all\u00ed se tardan unos 5 o 6 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsto se traduce en que una vez la autoridad tributaria quiere ejecutar una sentencia gananciosa, posiblemente ya el contribuyente no es solvente o no se encuentra en el pa\u00eds. O, en otros casos, se entiende que el contribuyente pudiera ganar el caso en una \u00faltima instancia, y esto es una forma de por lo menos recuperar parte de las deudas. Asimismo, se descongestionan los casos en auditor\u00edas y en estatus de recurso, lo que ayuda a que la autoridad fiscal se enfoque en nuevos casos\u201d, explica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Momento prudente para aprobar una amnist\u00eda<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El experto en impuestos considera que cuando se tiene un sistema tributario con un alto nivel de cumplimiento de los contribuyentes y una buena gesti\u00f3n en la parte recaudadora, lo cual es una utop\u00eda en muchos pa\u00edses, las amnist\u00edas s\u00f3lo deber\u00edan emitirse entre periodos largos de tiempo, de tal forma que los ciudadanos entiendan que deben mantenerse siempre cumpliendo con las leyes fiscales.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, en pa\u00edses como muchos de Latinoam\u00e9rica, con altos niveles de informalidad en sus econom\u00edas, leyes fiscales con muchas lagunas, y tribunales saturados de casos fiscales, lo que representa una carga administrativa muy alta, podr\u00eda convenir emitir este tipo de medidas en algunas ocasiones.<\/p>\n\n\n\n<p>Recuerda que en las \u00faltimas d\u00e9cadas, en el pa\u00eds se han implementado unas seis amnist\u00edas fiscales. \u201cSe aprob\u00f3 una amnist\u00eda en el 2001 (Ley 11-01); en el 2007 (Ley 183-07); en el 2012 (Ley 309-12); en 2020, la Ley 46-20 de Transparencia y Revalorizaci\u00f3n Patrimonial, la cual se reinstaur\u00f3 en 2021 con la Ley 07-21, por lo que estamos hablando de seis leyes de amnist\u00eda, considerando la nueva Ley 51-23\u201d, dice.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>\u00bfUn premio a los evasores?<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Col\u00f3n opina que habr\u00eda que tener una data fiable que permita identificar que hist\u00f3ricamente son los evasores que se benefician de estas leyes, la cual no se tiene. La realidad es que tanto la autoridad tributaria como los tribunales est\u00e1n saturados de casos en los cuales se disputa la interpretaci\u00f3n de la ley que ha dado el contribuyente a un hecho y c\u00f3mo lo interpreta la administraci\u00f3n, \u201clo que no necesariamente implica que el contribuyente en su momento intent\u00f3 evadir, sino que la misma ley tiene \u00e1reas grises que generan este tipo de controversias entre los contribuyentes y la administraci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn otro orden, est\u00e1 la necesidad del Estado de recibir recursos y de gestionar de la manera m\u00e1s eficiente la deuda tributaria, lo que es bastante potable mediante el uso de este tipo de leyes\u201d, concluye.<\/p>\n\n\n\n<p>Elizabeth Martinez<a target=\"_blank\" href=\"mailto:elizabeth.martinez@caribbeanpn.com\" rel=\"noreferrer noopener\">elizabeth.martinez@caribbeanpn.com<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00b7&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Ludovino Col\u00f3n, socio de impuestos de EY para Rep\u00fablica Dominicana, entiende que tanto el sector p\u00fablico como el privado obtienen grandes oportunidades. 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