{"id":442790,"date":"2023-05-27T07:20:29","date_gmt":"2023-05-27T11:20:29","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=442790"},"modified":"2023-05-27T07:26:51","modified_gmt":"2023-05-27T11:26:51","slug":"la-imprescriptibilidad-del-derecho-de-propiedad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=442790","title":{"rendered":"LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO DE PROPIEDAD"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Amadeo Peralta<\/p>\n\n\n\n<p><strong>FRENTE &nbsp;A LOS FALSOS COMPRADORES DE BUENA FE.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LOS JUECES DEBEN PRESTAR ATENCI\u00d3N A LA EXISTENCIA REAL DE BANDAS DE FALSIFICADORES DE T\u00cdTULOS QUE LUEGO PRETENDEN HACERSE PASAR POR COMPRADORES DE BUENA FE PARA SALIRSE CON LAS SUYAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"308\" height=\"164\" src=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/image-4-2.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-442797\" srcset=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/image-4-2.png 308w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/image-4-2-300x160.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 308px) 100vw, 308px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>El derecho inmobiliario en la Rep\u00fablica Dominicana ha venido evolucionando con el paso de los a\u00f1os y poniendo controles al despojo de propiedades inmobiliarias y a las tantas bandas de delincuentes que se mueven en los ricos negocios del fraude inmobiliario y que no cesan por la complicidad de algunos empleados y funcionarios corruptos del propio sistema inmobiliario, de la mano de abogados, notarios, alguaciles, agrimensores y hasta miembros conocidos del Congreso Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente est\u00e1n siendo estafados cientos de ciudadanos tanto dominicanos como extranjeros con la compra y venta de tierras que no les pertenecen a quienes las ofrecen y con t\u00edtulos y hasta con deslindes fraudulentos, lo que motiv\u00f3 a que la Inspector\u00eda de la Suprema Corte de Justicia mediante investigaci\u00f3n dispusiera de la cancelaci\u00f3n de unos 19 empleados de la Jurisdicci\u00f3n Inmobiliaria y de la Direcci\u00f3n Nacional de Mensuras Catastrales involucrados en una de las mafias junto con un agrimensor que se deslind\u00f3 hasta la playa la Ensenada, en Puerto Plata de manera fraudulenta, as\u00ed como casas y terrenos sin que sus verdaderos ocupantes ni lo supieran, pero hacen falta m\u00e1s acciones y menos encubrimientos y que la propia Inspector\u00eda del Ministerio P\u00fablico determine&nbsp;en tiempo h\u00e1bil&nbsp;quienes de sus miembros pertenecen a estas mafias antes de que se tengan que enterar en los programas de investigaciones period\u00edsticas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Que han hecho las autoridades ??<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Aunque persisten los da\u00f1os causados a la seguridad jur\u00eddica desde que se destap\u00f3 el tan mencionado fraude inmobiliario de Bah\u00eda de las \u00c1guilas y ahora le sigue con el fraude ocurrido en Punta Rucia en la parcela 10-D, del D.C. 02, del Municipio de Luper\u00f3n, (Punta Rucia-la Ensenada), provincia Puerto Plata, por lo que nuestras autoridades deber\u00edan ser m\u00e1s agiles en la persecuci\u00f3n de estas bandas ya que el da\u00f1o que causan al patrimonio de los afectados y estafados con tierras y t\u00edtulos&nbsp;fraudulentos no es nada f\u00e1cil.<\/p>\n\n\n\n<p>Por casos como estos fueron apresados y sometidos a la justicia los integrantes de una banda entre ellos&nbsp;Edwin Baquero,&nbsp;que estaf\u00f3 al pelotero Julio Lugo, con la venta de unos terrenos por 50 millones de pesos, en el sector Las Praderas, a trav\u00e9s de t\u00edtulos falsificados, tambi\u00e9n&nbsp;fue apresada una se\u00f1ora que estaf\u00f3 al Ministerio de Educaci\u00f3n con t\u00edtulos&nbsp;falsos y cientos de casos ocultos..<\/p>\n\n\n\n<p>Otras bandas dedicadas a la misma pr\u00e1ctica han sido desmanteladas, algunas de estas integradas por abogados, notarios y ex empleados de la jurisdicci\u00f3n inmobiliaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Los fraudes han sido motivo no solo de sometimientos judiciales sino de la suspensi\u00f3n de jueces, alguaciles, notarios, agrimensores y cancelaci\u00f3n del exequ\u00e1tur de abogados y notarios,&nbsp; cancelaci\u00f3n de empleados.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque el desmantelamiento de esas redes y los controles impuestos han contribuido a disminuir los fraudes, todav\u00eda constituyen un problema pendiente de solucionar, a\u00fan est\u00e1n en proceso por parte del Ministerio P\u00fablico unas 30 investigaciones sobre falsificaciones de t\u00edtulos correspondientes a inmuebles de Puerto Plata, en Punta Rucia en la parcela 10-D, del D.C. 02, del Municipio de Luper\u00f3n, (Punta Rucia-la Ensenada), provincia Puerto Plata, en el Distrito Nacional y de las provincias La Altagracia, Santo Domingo y San Jos\u00e9 de Ocoa sumados a los casos de pagos de expropiaciones algunas con car\u00e1cter fraudulento.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"320\" height=\"314\" src=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/image-2-5.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-442795\" srcset=\"https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/image-2-5.png 320w, https:\/\/diariodominicano.com\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/image-2-5-300x294.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 320px) 100vw, 320px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>El (29) de noviembre (2013), con el Precedente TC\/0242\/13, el Tribunal Constitucional estableci\u00f3 que: La propiedad inmobiliaria registrada, por v\u00eda de consecuencia, amparada en un certificado de t\u00edtulo, documento oficial que el Estado otorga al ciudadano como prueba y garant\u00eda de su titularidad, no puede ser desconocido por acciones particulares, ni del Estado y sus instituciones, pues esto entra\u00f1ar\u00eda una transgresi\u00f3n al art\u00edculo 51 del texto constitucional, as\u00ed como tambi\u00e9n a importantes preceptos de la Ley n\u00fam. 108-05, de Registro Inmobiliario, promulgada en fecha veintitr\u00e9s (23) de marzo de dos mil cinco (2005), la cual establece en el principio general IV: \u201ctodo derecho registrado de conformidad con la presente ley es imprescriptible y goza de la protecci\u00f3n y garant\u00eda absoluta del Estado\u201d (sic).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Es por eso que el Tribunal Constitucional mediante sentencia TC\/0225\/23, de fecha 5 de mayo 2023, orden\u00f3 al Ministerio de Educaci\u00f3n de la Rep\u00fablica Dominicana (Minerd) el desalojo de una parcela privada que ocupa de forma ilegal desde hace 30 a\u00f1os, donde fue construida en el a\u00f1o 1992 la Escuela B\u00e1sica Hato del Medio Abajo, en Guayub\u00edn, Montecristi, ya que el Ministerio de Educaci\u00f3n&nbsp;ha ocupado los terrenos desde el 1992 sin intervenir acto de compra, donaci\u00f3n o permuta, ni tampoco acto de expropiaci\u00f3n en los t\u00e9rminos que disponen el art\u00edculo 51 de la Constituci\u00f3n y el art\u00edculo 1 de la Ley n\u00fam. 3442.<\/p>\n\n\n\n<p>A criterio del Tribunal Constitucional, esa ocupaci\u00f3n \u201cse traduce en una v\u00eda de hecho expropiatoria, entendida \u00e9sta conforme a la mejor doctrina, como actividad administrativa desprovista por completo de respaldo legal, a contrapelo de la protecci\u00f3n constitucional de que es merecedor el derecho de propiedad del accionante.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Tribunal Constitucional en otra Sentencia TC\/0205\/13, de fecha 13 de noviembre 2013, dej\u00f3 establecido, que \u201cpara que una persona pueda ser privada de su propiedad de manera que la afectaci\u00f3n a su derecho fundamental sea m\u00ednima, es preciso que se garantice: 1) la legalidad de la actuaci\u00f3n (que la actuaci\u00f3n para obtener el t\u00edtulo no sea fraudulenta); 2) el debido proceso(que se realice la obtenci\u00f3n del t\u00edtulo de acuerdo al debido proceso establecido&nbsp;sin fraudes) y la tutela judicial efectiva; y 3) el pago previo del justo valor del bien, a su due\u00f1o es decir una previa indemnizaci\u00f3n, salvo que interviniera una declaratoria de estado de emergencia o de defensa, caso en que dicho pago podr\u00eda ser posterior\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando&nbsp; existe&nbsp; un&nbsp; Certificado&nbsp; de&nbsp; T\u00edtulo&nbsp; que&nbsp; ampara&nbsp; una&nbsp; parcela&nbsp; sin sustentaci\u00f3n&nbsp; t\u00e9cnica,&nbsp; no&nbsp; es&nbsp; posible&nbsp; sostener&nbsp; la&nbsp; protecci\u00f3n&nbsp; de&nbsp; aquel&nbsp; que&nbsp; haya adquirido, poco importa que lo haya hecho de buena fe, pues mantener Certificados de&nbsp; T\u00edtulo&nbsp; en&nbsp; esas&nbsp; condiciones,&nbsp; desvirtuar\u00eda&nbsp; el&nbsp; sistema&nbsp; de&nbsp; garant\u00edas&nbsp; registral&nbsp; y conducir\u00eda al quebrantamiento de la seguridad jur\u00eddica, ya que se estar\u00eda creando situaciones jur\u00eddicas sobre objetos que carecen de certeza material<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ser&nbsp; un&nbsp; tercero&nbsp; adquirente,&nbsp; a&nbsp; t\u00edtulo&nbsp; oneroso&nbsp; y&nbsp; de&nbsp; buena&nbsp; fe,&nbsp; invocado com\u00fanmente en los casos de fraudes de esta naturaleza, no tiene aplicaci\u00f3n cuando el derecho&nbsp; que&nbsp; se&nbsp; aduce&nbsp; es&nbsp; el&nbsp; resultado&nbsp; de&nbsp; un&nbsp; despojo&nbsp; o&nbsp; de&nbsp; un&nbsp; intento&nbsp; de usurpaci\u00f3n,&nbsp; producto&nbsp; de una&nbsp; maniobra&nbsp; eminentemente il\u00edcita,&nbsp; apreciaci\u00f3n que la ley abandona a la soberana apreciaci\u00f3n del tribunal apoderado que deber\u00e1&nbsp;evaluar c\u00f3mo y bajo qu\u00e9 condiciones una persona obtuvo un t\u00edtulo&nbsp;de un terreno que su verdadero due\u00f1o no vendi\u00f3 y que lo est\u00e1&nbsp;reclamando y que fue vendido por falsos familiares autores y c\u00f3mplices de estos fraudes.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el fraude ocurrido en Punta Rucia, as\u00ed como en los dem\u00e1s fraudes y falsificaciones, no es ni puede ser adquirente de buena fe aquel que se hace due\u00f1o de un inmueble participando en el fraude; cuando se verifique que los mismos actores participaron en la ejecuci\u00f3n de la falsificaci\u00f3n de una Resoluci\u00f3n que falsamente determinaba herederos de Carlos L\u00f3pez Westen, que como parte de la trama utilizaron a una serie de personas de apellido L\u00f3pez, que los verdaderos nunca han visto ni conocen, son los mismos que venden, que compran, que vuelven y venden que simulan ventas y estafan extranjeros y tambi\u00e9n se presentan ante los tribunales como falsos compradores tratando siempre de seguir estafando la inteligencia de los jueces o de hacerlos c\u00f3mplices de sus acciones delictivas.<\/p>\n\n\n\n<p>La presunci\u00f3n de buena fe en el tercer adquirente es a condici\u00f3n de que los documentos&nbsp;que amparan el derecho de propiedad que ha adquirido, lo haya obtenido regular y v\u00e1lidamente, no como producto de una irregularidad y de una complicidad dolosa para despojar a sus leg\u00edtimos propietarios de sus derechos, como fue el caso de la falsa determinaci\u00f3n de herederos de Carlos L\u00f3pez Westen.<\/p>\n\n\n\n<p>El abogado Amadeo Peralta, exhorta&nbsp;a los abogados, agrimensores, notarios y alguaciles tener mucha precauci\u00f3n&nbsp;al momento de participar en cualquiera de las actuaciones dolosas que est\u00e1n&nbsp;ocurriendo con las falsificaciones de t\u00edtulos&nbsp;y deslindes en Punta Rucia, ya que un profesional de estas ramas si es prudente sabe que estar\u00e1&nbsp;envuelto en un l\u00edo del cual no podr\u00e1 salir limpio ya que si se meti\u00f3&nbsp;no fue por ignorancia ni por desconocimiento, se meti\u00f3&nbsp;porque es c\u00f3mplice&nbsp;de bandas y esto acarrea&nbsp;muchas consecuencias.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo que en este caso ser\u00eda bueno investigar porque Abraham Selman Hasbun y un miembro del consejo de la Superintendencia de Valores de la Rep\u00fablica Dominicana, de manera despavorida se salieron de la sociedad de carpeta llamada Franasyl, s.r.l., responsable de la gran mayor\u00eda de los fraudes cuando supo del resultado de las investigaciones del fraude de Punta Rucia, lo dejo de tarea a la Direcci\u00f3n de Persecuci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>amadeo peralta<a target=\"_blank\" href=\"mailto:amadeoperalta@gmail.com\" rel=\"noreferrer noopener\">amadeoperalta@gmail.com<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Autor:<\/p>\n\n\n\n<p>Abogado Amadeo Peralta<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Amadeo Peralta FRENTE &nbsp;A LOS FALSOS COMPRADORES DE BUENA FE. 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