{"id":410383,"date":"2023-01-19T18:56:59","date_gmt":"2023-01-19T22:56:59","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=410383"},"modified":"2023-01-19T18:56:59","modified_gmt":"2023-01-19T22:56:59","slug":"tribunal-superior-electoral-establece-jurisprudencia-para-la-convocatoria-de-asamblea-en-los-partidos-movimientos-y-agrupaciones-politicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=410383","title":{"rendered":"Tribunal Superior Electoral establece jurisprudencia para la convocatoria de asamblea en los partidos, movimientos y agrupaciones pol\u00edticas"},"content":{"rendered":"\n<p>diariodominicano.com<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Santo Domingo, R. D.,  19 de enero, 2023.<\/strong>\u00a0\u2013 El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, inform\u00f3 que esa Alta Corte estableci\u00f3 jurisprudencia para la convocatoria de asamblea en los partidos, movimientos y agrupaciones pol\u00edticas y fall\u00f3 4,516\u00a0expedientes de rectificaciones de actas del estado civil,<\/p>\n\n\n\n<p>El presidente del TSE dijo que ese tribunal, mediante sentencia dispuso que las convocatorias de eventos partidarios, deben ser realizadas por un \u00f3rgano o funcionario del Partido con calidad para convocar la actividad de que se trate, en virtud de lo dispuesto en los estatutos de las organizaciones pol\u00edticas.<\/p>\n\n\n\n<p>En su discurso de rendici\u00f3n de cuentas en presencia del ministro administrativo de la Presidencia Jos\u00e9 Ignacio Paliza, en representaci\u00f3n del presidente Luis Abinader,&nbsp;dijo que la Alta Corte, orden\u00f3 adem\u00e1s que se debe realizar una publicidad oportuna sobre la convocatoria del evento partidario, a trav\u00e9s de un peri\u00f3dico de circulaci\u00f3n nacional u otro medio de comunicaci\u00f3n de alcance nacional, dentro de un plazo razonable entre la convocatoria y el evento de que se trate.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n dispuso que los partidos, movimientos y agrupaciones pol\u00edticas deben poner a disposici\u00f3n de los asamble\u00edstas los temas de agenda conjuntamente con la convocatoria, dentro de un plazo prudente previo a la celebraci\u00f3n del evento.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con la Sentencia TSE-004-2022, en lo que respecta a la modificaci\u00f3n estatutaria, se debe colocar a disposici\u00f3n de los asamble\u00edstas las propuestas de modificaci\u00f3n a ser sometidas a votaci\u00f3n en la asamblea convocada.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo que el Tribunal Superior Electoral est\u00e1 cumpliendo el mandato Constitucional consignado en el art\u00edculo 214, que se\u00f1ala las atribuciones conferidas para juzgar y decidir con car\u00e1cter definitivo asuntos contenciosos electorales y estatuir sobre diferendos surgidos a lo interno de partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos o entre estos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que la Ley n\u00famero 29-11, Org\u00e1nica del Tribunal Superior Electoral; la Ley n\u00famero 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Pol\u00edticos y la n\u00fam. 15-19, sobre el R\u00e9gimen Electoral, complementan las atribuciones de esta Alta Corte, las cuales, confirman la trascendencia de una entidad de esta naturaleza, al punto de ser uno de los ejes fundamentales sobre los que descansa el sistema democr\u00e1tico.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En su discurso central conmemorativo del D\u00e9cimo Primer Aniversario del TSE, el presidente del Tribunal dijo que en otra decisi\u00f3n el Tribunal estableci\u00f3 la diferencia entre el acto administrativo; acto administrativo electoral; el acto de tr\u00e1mite electoral; y el acto electoral, afirmando que: \u2018\u2018En primer t\u00e9rmino, el acto administrativo se traduce como la declaraci\u00f3n unilateral de la voluntad de la administraci\u00f3n p\u00fablica sujeta al derecho administrativo\u2026 En un segundo plano se ubica el acto administrativo electoral como el emanado del \u00f3rgano de administraci\u00f3n electoral como la declaraci\u00f3n unilateral de la voluntad de la administraci\u00f3n electoral, a trav\u00e9s del procedimiento administrativo determinado de forma conjunta por la legislaci\u00f3n electoral y la legislaci\u00f3n de procedimiento administrativo\u2026 Otros tipos de actos se dan en el seno de la administraci\u00f3n electoral, pero no pueden ser confundidos con los actos administrativos electorales, que son los actos de tr\u00e1mite electoral. Estos actos son antag\u00f3nicos a los actos de administraci\u00f3n electoral, los cuales, nacen del proceso electoral, por ende, difieren de los anteriores porque no existen para la estructuraci\u00f3n o gesti\u00f3n de este y tienen una relaci\u00f3n directa con el ejercicio del derecho al sufragio en sus acepciones activas y pasivas, por consiguiente, no son compatibles con las reglas de la Ley n\u00famero 107-13\u2026 Por \u00faltimo, a modo de descarte, el acto electoral es la reproducci\u00f3n de la voluntad del electorado por la administraci\u00f3n electoral. A saber, la administraci\u00f3n electoral no deposita en estos actos su voluntad, juicio o conocimiento en ejercicio de la funci\u00f3n de administraci\u00f3n electoral, en cambio, solo funge como veh\u00edculo para la conversi\u00f3n del voto emitido por los y las ciudadanas\u2026\u2019\u2019, Sentencia TSE-008-2022.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la competencia para cubrir la vacante edilicia, el TSE sostiene que es responsabilidad del Concejo de Regidores donde se presenta la vacante, seleccionar al sustituto de conformidad con las disposiciones que rigen la materia.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2018\u2018Cuando uno de los vocales del municipio cese, le corresponde al Concejo de Regidores (o Concejo Municipal) del municipio, a solicitud del partido pol\u00edtico, agrupaci\u00f3n o movimiento sustentadora de la vacante que se ha producido, seleccionar al sustituto que suplir\u00e1 la vacante, de conformidad con el art\u00edculo 81 de la norma que rige la materia\u2026 (Ley n\u00fam. 176-07\u2019\u2019. Sentencia TSE-009-2022.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Indica la Alta Corte que las solicitudes de anulaci\u00f3n de un acta de sesi\u00f3n de un concejo edilicio no se enmarcan en el \u00e1mbito del amparo de cumplimiento.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2018\u2018Lo pretendido por la accionante, supone en un primer escenario una anulaci\u00f3n de un acta de sesi\u00f3n\u2026 y una constataci\u00f3n por parte del tribunal de si ella es la persona con aptitud legal para ocupar la vacante\u2026, solicitudes que no se enmarcan en el \u00e1mbito del amparo de cumplimiento.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>TSE falla 4,516 expedientes de rectificaciones de actas y emite 14,826 certificaciones de sentencias solicitadas por las partes<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), inform\u00f3 que, en el reci\u00e9n finalizado a\u00f1o, esa Alta Corte fall\u00f3 4,516 expedientes de rectificaciones de actas del estado civil, generando igual n\u00famero de sentencias, emitiendo 14,826 certificaciones de sentencias solicitadas por las partes.<\/p>\n\n\n\n<p>El magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo dijo que, en promedio, se han dictado 17 sentencias por d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Indic\u00f3 que las estad\u00edsticas demuestran que el tiempo medio de un proceso de rectificaci\u00f3n de acta es de 20 a 30 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, explic\u00f3 que cuando se hace necesario realizar una inspecci\u00f3n en un proceso espec\u00edfico, el per\u00edodo se incrementa, porque la decisi\u00f3n depende de los resultados de la investigaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que el personal de inspector\u00eda realiz\u00f3 1,738 descensos e inspecciones a igual n\u00famero de expedientes de rectificaciones. \u201cCada inspecci\u00f3n conlleva desplazamiento a cualquier lugar en todo el pa\u00eds por rec\u00f3ndito que sea, promediando 7 traslados por d\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Indic\u00f3 que en audiencias p\u00fablicas se conocieron 35 procesos contenciosos electorales para decidir conflictos internos de partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos, obteniendo como resultados 20 sentencias.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostuvo que, con orgullo, puede presentar estad\u00edsticas del trabajo realizado durante la gesti\u00f3n, con cero mora en la labor misional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHemos recibido m\u00faltiples testimonios de ciudadanos sobre su nivel de satisfacci\u00f3n en materia de rectificaci\u00f3n de actas del estado civil, que es el segundo pilar de nuestras competencias\u201d, manifest\u00f3 el juez presidente del TSE.<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo que, durante el a\u00f1o pasado, el Pleno del Tribunal se reuni\u00f3 en 81 ocasiones, equivalentes a 2 veces por semana, generando igual n\u00famero de actas contentivas de las resoluciones o disposiciones adoptadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Inform\u00f3 que la Consultor\u00eda Jur\u00eddica del TSE realiz\u00f3 193 actividades que incluyeron: actos administrativos, convenios, contratos y asesor\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>Increment\u00f3 salarios a los servidores desde un 5% hasta un 30% de acuerdo a escala salarial<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, en su discurso de rendici\u00f3n de cuentas de su gesti\u00f3n durante el a\u00f1o 2022, indic\u00f3 que el Pleno del TSE aprob\u00f3, en el mes de abril, el incremento salarial de una gran parte de los servidores de la Alta Corte, desde un 5% hasta un 30% de acuerdo con la escala salarial.<\/p>\n\n\n\n<p>Los servidores beneficiados con el incremento del 30% son los que devengaban sueldos de hasta 40 mil pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>Precis\u00f3 que 335 servidores fueron beneficiados con el aumento salarial, lo que representa un monto de 2 millones 985 mil 522 pesos mensuales y RD$26,869,698 al a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>Se\u00f1al\u00f3, que del incremento salarial quedaron excluidos el presidente y los dem\u00e1s jueces del TSE, el secretario general y los directores de dependencias del Tribunal.<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo que, como valor agregado a ese importante ajuste salarial, el Pleno del TSE aument\u00f3 la cobertura del Plan B\u00e1sico de Salud, de todo el personal con la cobertura m\u00e1s baja, beneficiando as\u00ed la salud y calidad de vida de los colaboradores y sus familiares que sean incluidos, asumiendo el Tribunal el costo que implic\u00f3 un plan superior.<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo que al mejorar las condiciones de salud se contribuye a tener servidores m\u00e1s saludables y a despejar una de las preocupaciones con las que se debe lidiar cada d\u00eda ante los quebrantos de salud, los costos de los tratamientos y los medicamentos.<\/p>\n\n\n\n<p>Manifest\u00f3 que la actual gesti\u00f3n promovi\u00f3 y aprob\u00f3 la incorporaci\u00f3n de la Cooperativa de Ahorro y Cr\u00e9dito de Servidores del Tribunal. Luego de agotar los procesos necesarios para su establecimiento, hoy es una realidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Inform\u00f3 que la cooperativa fue incorporada mediante Decreto n\u00famero 655-2022, expedido por el presidente Luis Abinader, quien ha demostrado su respaldo incentivando la formaci\u00f3n de cooperativas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl cooperativismo lleg\u00f3 con impulso y entusiasm\u00f3 a todo el personal del Tribunal. Auguramos que permanecer\u00e1 en el tiempo, ya que en la actualidad cuenta con 200 asociados-cooperativistas y con fondos suficientes para que, en el primer trimestre de este a\u00f1o, empiece a ofrecer servicios a sus afiliados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Inform\u00f3 que, durante los meses de junio, julio y agosto del pasado a\u00f1o, se desarroll\u00f3 la primera versi\u00f3n del programa&nbsp;<strong>Ens\u00e9\u00f1ame a Trabajar<\/strong>, donde hijos de servidores del TSE, participaron durante el per\u00edodo de vacaciones y previo a su ingreso a la universidad, de un entrenamiento laboral que los induce al conocimiento multifac\u00e9tico. \u201cSe rotan por las dependencias del Tribunal viendo, aprendiendo y practicando. No hay espacio exento para su entrenamiento\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El programa abarca actividades permanentes, charlas y conversatorios sobre la familia; h\u00e1bitos de lectura; orientaci\u00f3n profesional; sustancias controladas; redes sociales; sexualidad; actitud positiva, entre otros temas. El programa est\u00e1 concebido para materializarse cada a\u00f1o durante las vacaciones de los estudiantes, quienes continuar\u00e1n vinculados al Tribunal, toda vez que fue creado el Voluntariado del TSE, regido por un reglamento en el cual, se consignan las normas para su funcionamiento.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ofrenda floral (primera actividad)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) depositaron este mi\u00e9rcoles una ofrenda floral en el Altar de la Patria, para rendir homenaje a los padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Mat\u00edas Ram\u00f3n Mella y Francisco del Rosario S\u00e1nchez, al conmemorarse el D\u00e9cimo Primer Aniversario de la creaci\u00f3n de esa Alta Corte.<\/p>\n\n\n\n<p>El acto estuvo encabezado por Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente; y los miembros titulares Rosa P\u00e9rez de Garcia, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fern\u00e1ndez Cruz.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed como los jueces suplentes, Hermenegilda del Rosario Fondeur Ram\u00edrez, en representaci\u00f3n del juez titular Juan Alfredo Biaggi Lama, Juan Manuel Garrido Campillo y Francisco Eugenio Cabrera Matos; el secretario general y directores que integran esta Alta Corte.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Camacho, indic\u00f3 que desde la Alta Corte se asume el compromiso de seguir trabajando para fortalecer la democracia.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abNosotros servidores y servidoras del Tribunal Superior Electoral, acudimos a este mausoleo en donde reposan los restos de los Padres de la Patria, para honrar su memoria y sacrificio para doctarnos de una naci\u00f3n en beneficio de la generaci\u00f3n que le sucedieron y desde el TSE haremos lo propio para preservarla, loor y gloria \u00ab<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Homil\u00eda Misa (segunda actividad)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El sacerdote Cecilio Ra\u00fal Berzosa Martinez, Obispo misionero de Santo Domingo dijo que la misi\u00f3n del TSE no es f\u00e1cil en el que deben garantizar el ejercicio de los derechos pol\u00edticos electorales de las personas, y decidir con transparencia, imparcialidad, eficacia y celeridad los conflictos contencioso electorales. &nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>A la misa por&nbsp;conmemoraci\u00f3n del d\u00e9cimo primer aniversario del TSE realizada por motivo del&nbsp;d\u00e9cimo primer (Xl) aniversario de la creaci\u00f3n del TSE&nbsp;en la&nbsp;iglesia Nuestra Se\u00f1ora de La Paz, asistieron&nbsp;representantes del Ministerio P\u00fablico; legisladores; funcionarios del Gobierno; diplom\u00e1ticos; personalidades de la comunidad jur\u00eddica y partidos pol\u00edticos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pie de foto:<\/strong>\u00a0El\u00a0magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo,\u00a0juez presidente; la juez suplente,\u00a0Hermenegilda del Rosario Fondeur Ram\u00edrez, en representaci\u00f3n del juez titular, Juan Alfredo Biaggi Lama y los jueces titulares, Rosa P\u00e9rez de Garcia, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fern\u00e1ndez Cruz.-<\/p>\n\n\n\n<p><br>Fuente:  <strong>Direcci\u00f3n de Comunicaciones TSE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><strong>Tribunal Superior Electoral<\/strong><\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>diariodominicano.com Santo Domingo, R. 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