{"id":387965,"date":"2022-10-06T07:44:53","date_gmt":"2022-10-06T11:44:53","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=387965"},"modified":"2022-10-06T07:53:12","modified_gmt":"2022-10-06T11:53:12","slug":"el-congreso-dominicano-rechazo-el-plan-hughes-peynado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=387965","title":{"rendered":"El Congreso dominicano rechaz\u00f3 el\u00a0 Plan Hughes-Peynado"},"content":{"rendered":"\n<p>Por H\u00e9ctor Tineo Nolasco<\/p>\n\n\n\n<p>Diariodominicano.com<\/p>\n\n\n\n<p>SANTO DOMINGO, RD, el 6 de octubre de 1922, el Congreso de la Rep\u00fablica Dominicana, durante la intervenci\u00f3n militar de Estados Unidos, aprob\u00f3 una resoluci\u00f3n de repudio al denominado Plan Hughes-Peynado, al considerarlo como un \u00abentendido\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; En la resoluci\u00f3n los legisladores expresaron que Estados Unidos debe producir la evacuaci\u00f3n \u00abpura y simple\u00bb de sus fuerzas militares que ocupan la Rep\u00fablica Dominicana desde el a\u00f1o 1916.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; Entre los legisladores que llevaron la voz dominante en la sesi\u00f3n que conden\u00f3 el \u00abPlan Hughes-Peynado\u00bb, se encuentran Am\u00e9rico Lugo, Persio C. Franco, Pedro M. Archambault, Miguel Alexis Liz, Pericles A. Franco, Rafael Estrella Ure\u00f1a, Manuel Pe\u00f1a Batlle y Rafael Vidal.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; El memorandum fue redactado en Washington, el 30 de junio de 1922, por el secretario de Estado estadounidense CH. E. Hughes y los ciudadanos dominicanos Francisco J. Peynado, Federico Vel\u00e1squez, El\u00edas Brache y Horacio V\u00e1squez.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>Tan pronto se conoci\u00f3 en ciudad Santo Domingo, la versi\u00f3n sobre la redacci\u00f3n del \u00abPlan Hughes-Peynado\u00bb, fue rechazado por la Asociaci\u00f3n de J\u00f3venes Independientes, que sustentaba la idea de que la desocupaci\u00f3n ten\u00eda que producirse sin Estados Unidos imponer condiciones a la Rep\u00fablica Dominicana.<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; La entidad integrada por j\u00f3venes era liderada por Viriato Fiallo, M. Pat\u00edn Maceo, J. Rafael Bordas, Max R. Garrido, Tulio H. Pina y Manuel Arturo Pe\u00f1a Batlle, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; Desde que se conoci\u00f3 la informaci\u00f3n de que una comisi\u00f3n dominicana negociaba en Washington, un plan para que terminara la intervenci\u00f3n militar de Estados Unidos, en la Rep\u00fablica Dominicana, la Asociaci\u00f3n&nbsp; de J\u00f3venes Independientes expres\u00f3 su condena a cualquier transacci\u00f3n que afectara la soberan\u00eda nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; Como condici\u00f3n para las tropas invasoras salir del territorio dominicano en virtud del \u00abPlan Hughes- Peynado,\u00bb se establecer\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u00abUn Gobierno Provisional, compuesto de ciudadanos dominicanos escogidos por los &#8216;representativos del pueblo dominicano, se instalar\u00e1 para facilitar a los ciudadanos de la Rep\u00fablica Dominicana realizar las reformas legislativas que deseen y para hacer las enmiendas a la Constituci\u00f3n&nbsp; que juzguen apropiadas,&nbsp; y para celebrar elecciones generales para la&nbsp; formaci\u00f3n de un Gobierno Constitucional permanente sin la intervenci\u00f3n de las autoridades de los Estados Unidos.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u00abLos representativos del pueblo dominicano, escoger\u00e1n los miembros del Poder Ejecutivo del Gobierno Provisional, determinar\u00e1n las condiciones para el ejercicio del Gobierno y llenar\u00e1n las vacantes que puedan producirse en el Gobierno Provisional a causa de la muerte, renuncia o incapacidad de cualquiera de sus miembros\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; \u00abEl Gobierno Militar delegar\u00e1 al Gobierno Provisional los poderes administrativos para la ejecuci\u00f3n del expresado prop\u00f3sito.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; \u00abAl inaugurarse el Gobierno Provisional, los Departamentos Ejecutivos de la Rep\u00fablica Dominicana ser\u00e1n entregados a los ministros nombrados por el Presidente Provisional. Los oficiales que ahora tienen a su cargo los Departamentos Ejecutivos del Gobierno Militar prestar\u00e1n su ayuda a los respectivos secretarios de Estado del Gobierno Provisional. Ning\u00fan pago ser\u00e1 efectuado por la Secretar\u00eda de Estado de Hacienda que no est\u00e9 previsto por el Presupuesto, pero cualquier gasto necesario no previsto en el Presupuesto ser\u00e1 votado por el Gobierno Provisional en acuerdo con el Gobierno Militar\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; Asimismo, el plan en virtud del cual terminar\u00eda la ocupaci\u00f3n militar de Estados Unidos, establec\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u00abEl Gobierno Provisional designar\u00e1 plenipotenciarios&nbsp; para negociar una convenci\u00f3n con los Estados Unidos que contenga las estipulaciones siguientes: Reconocimiento de<\/p>\n\n\n\n<p>la validez de todas las \u00f3rdenes ejecutivas y departamentales promulgadas por el Gobierno Militar y publicadas en la &#8216;Gaceta Oficial&#8217; que hayan creado impuestos, autorizado gasto o conferido derechos a terceros, y de los contratos celebrados de acuerdo con esas \u00d3rdenes Ejecutivas o con cualquiera ley de la Rep\u00fablica, y el reconocimiento espec\u00edfico por el Gobierno dominicano de la emisi\u00f3n de bonos autorizados en 1918 y en 1922.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u00abQueda convenido entre los dos gobiernos que la Convenci\u00f3n del 8 de febrero de 1907, entre los Estados Unidos y la Rep\u00fablica Dominicana permanecer\u00e1&nbsp; en vigor mientras los bonos emitidos en 1918 y 1922 no hayan sido pagados; y que las atribuciones del Receptor General de Aduanas, nombrado de acuerdo con esa convenci\u00f3n, ser\u00e1n extendidas para comprender la recaudaci\u00f3n y la aplicaci\u00f3n&nbsp; de las rentas afectadas en garant\u00eda del servicio de dichas emisiones de bonos, de acuerdo con los t\u00e9rminos de las \u00d3rdenes Ejecutivas y de los contratos bajo los cuales fueron emitidos los bonos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>El Plan Hughes-Peynado, divulgado en la Rep\u00fablica Dominicana, el 23 de septiembre de 1922, tambi\u00e9n apunta:<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp; \u00abDespu\u00e9s que haya sido elegido el Congreso Nacional en elecciones generales, de acuerdo con la Constituci\u00f3n, la convenci\u00f3n arriba mencionada le ser\u00e1 sometida para su ratificaci\u00f3n. Entonces, despu\u00e9s de hechas las reformas legislativas y las necesarias a la Constituci\u00f3n, que el Pueblo Dominicano desee efectuar, si la convenci\u00f3n mencionada hubiere sido aprobada por el Congreso Nacional, se&nbsp; celebrar\u00e1n de acuerdo con la Constituci\u00f3n para elegir los miembros\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; En el documento se dispone que al asumir el Poder el Presidente Constitucional de la Rep\u00fablica, le dar\u00e1 su aprobaci\u00f3n a la convenci\u00f3n, \u00abentonces cesar\u00e1 el Gobierno Provisional; e inmediatamente despu\u00e9s las Fuerzas Americanas de Ocupaci\u00f3n saldr\u00e1n de la Rep\u00fablica Dominicana\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por H\u00e9ctor Tineo Nolasco Diariodominicano.com SANTO DOMINGO, RD, el 6 de octubre de 1922, el Congreso de la Rep\u00fablica Dominicana, durante la intervenci\u00f3n militar de Estados Unidos, aprob\u00f3 una resoluci\u00f3n de repudio al denominado Plan Hughes-Peynado, al considerarlo como un \u00abentendido\u00bb. &nbsp;&nbsp;&nbsp; En la resoluci\u00f3n los legisladores expresaron que Estados Unidos debe producir la evacuaci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":28,"featured_media":387967,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[36,26,27],"tags":[],"class_list":["post-387965","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-hombresmujeresycosas","category-efemerides","category-portada"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/387965","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/28"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=387965"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/387965\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":387966,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/387965\/revisions\/387966"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/387967"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=387965"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=387965"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=387965"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}