{"id":36944,"date":"2007-08-17T03:46:17","date_gmt":"2007-08-17T03:46:17","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.ddns.net\/?p=36944"},"modified":"2007-08-17T03:46:17","modified_gmt":"2007-08-17T03:46:17","slug":"el-imperio-y-la-isla-independiente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=36944","title":{"rendered":"EL IMPERIO Y LA ISLA INDEPENDIENTE"},"content":{"rendered":"<p><body><\/p>\n<p><strong><u>Reflexiones del  Comandante en Jefe<\/u><\/strong><strong> <\/strong><br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n    <strong>EL IMPERIO Y LA ISLA INDEPENDIENTE <\/strong><\/p>\n<p>&#13;<\/p>\n<p align=\"justify\" class=\"text1noticias\"><strong>Segunda parte: La  aplicaci\u00f3n de la Enmienda Platt y el establecimiento de la Base Naval en  Guant\u00e1namo como marco de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos.<\/strong> <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  A finales de 1901 se  inici\u00f3 el proceso electoral en el cual la candidatura de Tom\u00e1s Estrada Palma  alcanz\u00f3 el triunfo sin oposici\u00f3n y contando con el apoyo del 47 por ciento del  electorado. El Presidente electo en ausencia parti\u00f3 de Estados Unidos rumbo a  Cuba el 17 de abril de 1902 y arrib\u00f3 tres d\u00edas despu\u00e9s. El cambio de poderes  tuvo lugar el 20 de mayo de 1902 a las 12 del d\u00eda. Ya se hab\u00eda constituido el  Congreso de la Rep\u00fablica. Leonard Wood embarc\u00f3 hacia su pa\u00eds en el acorazado  \u00abBrooklyn\u00bb.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  <strong><em>El gobernador militar yanqui,  Leonard Wood, tuvo el encargo de imponer la Enmienda Platt.<\/em><\/strong> <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  En 1902, poco antes  de proclamarse la Rep\u00fablica, el gobierno norteamericano inform\u00f3 al reci\u00e9n  electo Presidente de la Isla sobre los cuatro lugares seleccionados para  establecer las estaciones navales \u2014Cienfuegos, Bah\u00eda Honda, Guant\u00e1namo y Nipe\u2014  previstas por la Enmienda Platt. Tambi\u00e9n se consider\u00f3 nada menos que el puerto  de La Habana como \u00abel lugar m\u00e1s ventajoso para la cuarta estaci\u00f3n  naval\u00bb.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Desde un inicio, a  pesar de su origen espurio, el Gobierno de Cuba, en el cual participaban muchos  de los que lucharon por la independencia, se opuso a la concesi\u00f3n de cuatro  bases navales, pues consideraba que dos eran m\u00e1s que suficientes. La situaci\u00f3n  se volvi\u00f3 m\u00e1s tensa al endurecer el gobierno cubano sus posiciones y demandar  la elaboraci\u00f3n final del Tratado Permanente de Relaciones, con el fin de  \u00abdeterminar al mismo tiempo y no por partes, todos los particulares que  fueron objeto de la Enmienda Platt y fijar el alcance de sus preceptos\u00bb.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  El presidente McKinley  hab\u00eda muerto el 14 de septiembre de 1901 como consecuencia de los disparos que  hab\u00eda recibido el d\u00eda 6 de ese mes. Theodore Roosevelt hab\u00eda ascendido tanto en  su carrera pol\u00edtica que era ya vicepresidente de Estados Unidos, por lo cual  hab\u00eda asumido la presidencia tras los disparos mortales recibidos por su  predecesor. A Roosevelt en ese momento no le resultaba conveniente precisar el  alcance de la Enmienda Platt, para no demorar la instalaci\u00f3n militar de la Base  en Guant\u00e1namo, por lo que esta significar\u00eda en la defensa del Canal \u2014iniciado y  despu\u00e9s abandonado por Francia en el Istmo centroamericano\u2014, que el gobierno  voraz del imperio ten\u00eda proyectado concluir a cualquier costo. Tampoco le  interesaba definir la situaci\u00f3n legal de Isla de Pinos. Por ello, de manera  abrupta disminuy\u00f3 el n\u00famero de las bases navales en discusi\u00f3n, retir\u00f3 la  sugerencia del puerto de La Habana y finalmente se acord\u00f3 la concesi\u00f3n de dos  bases: Guant\u00e1namo y Bah\u00eda Honda. <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Con posterioridad, en  cumplimiento del Art\u00edculo VII del ap\u00e9ndice constitucional impuesto a la  Convenci\u00f3n Constituyente, se firm\u00f3 el Convenio por los Presidentes de Cuba y  Estados Unidos el 16 y el 23 de febrero de 1903 respectivamente:<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n\u00abArt\u00edculo I.- La  Rep\u00fablica de Cuba arrienda por la presente a los Estados Unidos, por el tiempo  que las necesitare y para el objeto de establecer en ellas estaciones  carboneras o navales, las extensiones de tierra y agua situadas en la isla de  Cuba que a continuaci\u00f3n se describen:<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n\u00ab1. En  Guant\u00e1namo&#8230; \u00bb Se hace una descripci\u00f3n completa de la bah\u00eda y el  territorio adyacente.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n\u00ab2. En Bah\u00eda  Honda&#8230;\u00bb Se hace otra descripci\u00f3n similar.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n  En dicho Convenio se  establece:<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n\u00abArt\u00edculo III.-  Si bien los Estados Unidos reconocen por su parte la continuaci\u00f3n de la  soberan\u00eda definitiva de la Rep\u00fablica de Cuba sobre las extensiones de tierra y  agua arriba descritas, la Rep\u00fablica de Cuba consiente, por su parte, que  durante el periodo en que los Estados Unidos ocupen dichas \u00e1reas a tenor de las  estipulaciones de este convenio, los Estados Unidos ejerzan jurisdicci\u00f3n y  se\u00f1or\u00edo completos sobre dichas \u00e1reas con derecho a adquirir para los fines  p\u00fablicos de los Estados Unidos cualquier terreno u otra propiedad situada en  las mismas por compra o expropiaci\u00f3n forzosa indemnizando a sus poseedores  totalmente.\u00bb<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl 28 de mayo de 1903  comenzaron los trabajos de medici\u00f3n para establecer los linderos de la estaci\u00f3n  naval en Guant\u00e1namo.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEn el Convenio del 2  de julio de 1903 sobre el tema se aprob\u00f3 el \u00abReglamento para el  arrendamiento de las Estaciones Navales y Carboneras\u00bb:<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n\u00abArt\u00edculo I.-  Los Estados Unidos de Am\u00e9rica acuerdan y estipulan pagar a la Rep\u00fablica de Cuba  la suma anual de 2 000 pesos en moneda de oro de los Estados Unidos durante el  tiempo que estos ocuparen y usaren dichas \u00e1reas de terreno en virtud del mencionado  Convenio.\u00bb<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n\u00abTodos los  terrenos de propiedad particular y otros bienes inmuebles comprendidos en  dichas \u00e1reas ser\u00e1n adquiridos sin demora por la Rep\u00fablica de Cuba. Estados  Unidos convienen en suministrar a la Rep\u00fablica de Cuba las cantidades  necesarias para la compra de dichos terrenos y bienes de propiedad particular,  y la Rep\u00fablica de Cuba aceptar\u00e1 dichas cantidades como pago adelantado a cuenta  de la renta debida en virtud de dicho Convenio.\u00bb<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl Convenio que  reglamentaba ese arrendamiento, firmado en La Habana por los representantes de  los Presidentes de Cuba y Estados Unidos, respectivamente, fue aprobado por el  Senado de Cuba el 16 de julio de 1903, ratificado por el Presidente de Cuba un  mes m\u00e1s tarde, el 16 de agosto, y por el Presidente de Estados Unidos el 2 de  octubre, canje\u00e1ndose las ratificaciones en Washington el 6 de octubre, fue  publicado en la Gaceta de Cuba el 12 del mismo mes y a\u00f1o.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nCon fecha 14 de  diciembre de 1903 se hizo saber que cuatro d\u00edas antes, el 10 de ese mes, se  hab\u00eda dado posesi\u00f3n a Estados Unidos de las \u00e1reas de agua y tierra para el  establecimiento de la estaci\u00f3n naval en Guant\u00e1namo.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nPara el Gobierno y la  Marina de Estados Unidos el traspaso de parte del territorio de la mayor de las  Antillas era motivo de gran regocijo, y pretendi\u00f3 celebrarlo. En Guant\u00e1namo se  reunieron con ese prop\u00f3sito buques de la Escuadra del Caribe y algunos  acorazados de la Flota del Atl\u00e1ntico Norte.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl gobierno cubano  design\u00f3 al Jefe de Obras P\u00fablicas de Santiago de Cuba para hacer entrega de  aquella parte del territorio sobre el cual te\u00f3ricamente ejerc\u00eda soberan\u00eda el 10  de diciembre de 1903, fecha escogida por Estados Unidos. Ser\u00eda el \u00fanico cubano  que estar\u00eda presente en la ceremonia y solo por un corto tiempo ya que,  cumplida su misi\u00f3n, sin brindis ni apretones de mano, se retir\u00f3 al vecino  poblado de Caimanera.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl jefe de Obras  P\u00fablicas se hab\u00eda trasladado al acorazado \u00abKearsage\u00bb, que era el  buque insignia norteamericano, a bordo del cual se encontraba el contralmirante  Barker. A las 12:00 horas se dispararon 21 ca\u00f1onazos y con los acordes del  Himno Nacional de Cuba se arri\u00f3 la bandera cubana que estaba izada en dicha  nave, e inmediatamente se iz\u00f3 en tierra, en el punto llamado Playa del Este,  con el mismo n\u00famero de salvas, la bandera de Estados Unidos, con lo cual qued\u00f3  concluido el acto.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nSeg\u00fan el reglamento  del Convenio, Estados Unidos deb\u00eda dedicar las tierras cedidas exclusivamente a  usos p\u00fablicos, no pudiendo establecer en ellas comercios o industrias de ning\u00fan  tipo.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nSe compromet\u00edan  mutuamente, las autoridades de Estados Unidos en dichos territorios y las  autoridades cubanas, a entregar los pr\u00f3fugos de la justicia por delitos o  faltas sujetos a la jurisdicci\u00f3n de las leyes de cada parte, siempre que lo  solicitaran las autoridades de la naci\u00f3n que los juzgara.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nLos materiales  importados en las \u00e1reas de dichas estaciones navales para el uso y consumo de  las mismas estar\u00edan libres del pago de derechos arancelarios, o de cualquier  otra clase, a la Rep\u00fablica de Cuba.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl arrendamiento de  las referidas estaciones navales inclu\u00eda el derecho a usar y ocupar las aguas  adyacentes a dichas extensiones de tierra y agua, a mejorar y profundizar las  entradas de las mismas y sus fondeaderos, y a cuanto m\u00e1s fuera necesario para  los usos exclusivos a que estaban dedicadas.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nAunque Estados Unidos  reconoc\u00eda la continuaci\u00f3n de la soberan\u00eda definitiva de Cuba sobre aquellas  extensiones de agua y tierra, ejercer\u00eda, con el consentimiento de Cuba,  \u00abjurisdicci\u00f3n y se\u00f1or\u00edo completos\u00bb sobre dichas \u00e1reas mientras las  ocuparan de acuerdo con las otras estipulaciones ya citadas.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEn el llamado Tratado  Permanente del 22 de mayo de 1903, celebrado entre los gobiernos de la  Rep\u00fablica de Cuba y de Estados Unidos, se hab\u00edan precisado las relaciones  futuras entre ambos pa\u00edses: es decir, se asegur\u00f3 lo que llamara Manuel M\u00e1rquez  Sterling \u00abla coyunda insoportable de la Enmienda Platt\u00bb.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl Tratado Permanente  suscrito por ambos pa\u00edses fue aprobado por el Senado de Estados Unidos el 22 de  marzo de 1904 y por el Senado cubano el 8 de junio de ese a\u00f1o, y fueron  canjeadas las ratificaciones en Washington el 1\u00b0 de junio de 1904. Por eso, la  Enmienda Platt es una enmienda a una ley norteamericana, un ap\u00e9ndice a la  Constituci\u00f3n de Cuba de 1901 y un tratado permanente entre ambos pa\u00edses.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nLas experiencias adquiridas  con la Base Naval de Guant\u00e1namo sirvieron para aplicar en Panam\u00e1 medidas  iguales o peores con el Canal.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEn el Congreso  norteamericano el m\u00e9todo de las enmiendas introducidas, cuando se discute una  ley que por su contenido e importancia es de impostergable necesidad, suele  aplicarse con frecuencia obligando a los legisladores a dejar a un lado o  sacrificar criterios discrepantes. Tales enmiendas han mordido m\u00e1s de una vez  la soberan\u00eda por la que lucha incansablemente nuestro pueblo. <br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEn 1912 el Secretario  de Estado de Cuba, Manuel Sanguily, negoci\u00f3 con la canciller\u00eda norteamericana  un nuevo tratado por el que Estados Unidos renunciaba a sus derechos sobre  Bah\u00eda Honda a cambio de una ampliaci\u00f3n en los l\u00edmites de la estaci\u00f3n en  Guant\u00e1namo.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEn ese mismo a\u00f1o,  cuando se produjo el alzamiento del Partido de los Independientes de Color, que  el gobierno del presidente Jos\u00e9 Miguel G\u00f3mez \u2014del Partido Liberal\u2014 reprimi\u00f3  brutalmente, salieron de la Base Naval en Guant\u00e1namo tropas norteamericanas que  ocuparon diferentes poblaciones de la antigua provincia de Oriente, cercanas a  las ciudades de Guant\u00e1namo y de Santiago de Cuba, con el pretexto de  \u00abproteger vidas y haciendas de ciudadanos estadounidenses\u00bb.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEn 1917, con motivo  del levantamiento conocido por \u00abLa Chambelona\u00bb en Oriente, llevado a  cabo por elementos del Partido Liberal que se opusieron al fraude electorero  que llev\u00f3 a la reelecci\u00f3n al presidente Mario Garc\u00eda Menocal, del Partido  Conservador, destacamentos yanquis procedentes de la Base se dirigieron a diversos  puntos de aquella provincia cubana, para lo cual utilizaron como pretexto  \u00abla protecci\u00f3n del suministro de agua a la Base\u00bb. <br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n  <strong>Tercera parte: La  derogaci\u00f3n formal de la Enmienda Platt y el mantenimiento de la Base Naval en  Guant\u00e1namo.<\/strong> <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  En 1933, la llegada  al poder de la Administraci\u00f3n dem\u00f3crata de Franklin Delano Roosevelt en Estados  Unidos dej\u00f3 abierto el camino para un necesario reacomodo de las relaciones de  dominaci\u00f3n que ese pa\u00eds ejerc\u00eda sobre Cuba. La ca\u00edda de la tiran\u00eda de Gerardo  Machado bajo la presi\u00f3n de un poderoso movimiento popular, y la posterior  instalaci\u00f3n de un gobierno provisional presidido por el profesor universitario  de Anatom\u00eda, Ram\u00f3n Grau San Mart\u00edn, constituyeron un serio obst\u00e1culo para la  realizaci\u00f3n del programa que demandaba el pueblo. <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  El 24 de noviembre de  1933, el presidente Roosevelt de Estados Unidos emiti\u00f3 una declaraci\u00f3n oficial  en la que alent\u00f3 la conjura de Batista y el Embajador en La Habana, Sumner  Welles, contra el gobierno de Grau, que inclu\u00eda la oferta de firmar un nuevo  tratado comercial y derogar la Enmienda Platt. <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Roosevelt explic\u00f3 que \u00ab&#8230;  Ser\u00eda bienvenido cualquier Gobierno Provisional en Cuba en el cual el pueblo  cubano demuestre su confianza\u00bb. La impaciencia de la administraci\u00f3n  estadounidense por desembarazarse de Grau iba en aumento, pues desde mediados  de noviembre se acrecent\u00f3 la influencia en el gobierno de un joven luchador  antimperialista, Antonio Guiteras, quien en las semanas siguientes dar\u00eda muchos  de sus m\u00e1s radicales pasos. Hab\u00eda que derrocar r\u00e1pidamente a ese gobierno.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  <strong><em>Batista conspir\u00f3 con el  imperialismo para echar a bolina la Revoluci\u00f3n del 33.<\/em><\/strong> <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  El 13 de diciembre de  1933, el embajador Sumner Welles regres\u00f3 definitivamente a Washington, y fue  sustituido cinco d\u00edas despu\u00e9s por Jefferson Caffery.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Durante los d\u00edas 13 y  14 de enero de 1934, Batista convoc\u00f3 y presidi\u00f3 una reuni\u00f3n militar en Columbia  en la que propuso destituir a Grau y nombrar al Coronel Carlos Mendieta y  Montefur, lo cual fue acordado por la llamada Junta Militar de Columbia. Grau  San Mart\u00edn present\u00f3 su dimisi\u00f3n en la madrugada del 15 de enero de 1934 y  embarc\u00f3 rumbo a M\u00e9xico, exiliado, el 20 de ese propio mes. <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Mendieta, entonces,  qued\u00f3 instalado como presidente mediante golpe de Estado, el 18 de enero de  1934. Aunque la administraci\u00f3n de Mendieta hab\u00eda sido reconocida por Estados  Unidos el 23 de enero de ese a\u00f1o, en realidad, como se sabe, el embajador  Caffery y Batista dirig\u00edan los destinos del pa\u00eds.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  El derrocamiento del  mencionado gobierno provisional de Grau San Mart\u00edn en enero de 1934, v\u00edctima de  sus contradicciones internas y del arsenal de presiones, maniobras y agresiones  que contra \u00e9l esgrimieron el imperialismo y sus aliados criollos, signific\u00f3 un  primer e indispensable paso en la imposici\u00f3n de una alternativa  olig\u00e1rquico-imperialista como salida a la crisis nacional cubana.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Al gobierno presidido  por Mendieta corresponder\u00eda la tarea de reajustar los v\u00ednculos de la  dependencia neocolonial del pa\u00eds.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Ni la oligarqu\u00eda  reinstalada en el poder, ni el gobierno de Washington, estaban entonces en  condiciones de ignorar el estado de \u00e1nimo del pueblo cubano hacia el  neocolonialismo y sus instrumentos. Estados Unidos tampoco ignoraba la  importancia del respaldo de los gobiernos de Am\u00e9rica Latina \u2014Cuba entre ellos\u2014  en la ya entonces previsible confrontaci\u00f3n con otras potencias imperialistas  emergentes como Alemania y Jap\u00f3n. <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  En el proceso que  entonces se iniciaba habr\u00edan de estructurarse f\u00f3rmulas para garantizar el  renovado funcionamiento del sistema neocolonial. La pol\u00edtica de \u00abbuena  vecindad\u00bb ten\u00eda muy en cuenta la oposici\u00f3n latinoamericana al  intervencionismo abierto que Washington hab\u00eda practicado en el hemisferio. <br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Era  prop\u00f3sito de la pol\u00edtica de Roosevelt obtener una nueva imagen en sus  relaciones continentales mediante la f\u00f3rmula diplom\u00e1tica del \u00abbuen  vecino\u00bb.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Como una de las  medidas de reajuste, el 29 de mayo de 1934 se firm\u00f3 un nuevo Tratado de  Relaciones cubano- norteamericano, modificando el del 22 de mayo de 1903,  suscrito entonces por otro Roosevelt, tal vez de lejano parentesco, el de los  Jinetes Rudos, que desembarc\u00f3 en Cuba.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Dos d\u00edas antes, el 27  de mayo, a las 10:30 de la ma\u00f1ana, y en los momentos en que el embajador de  Estados Unidos, Jefferson Caffery, se preparaba a abandonar, como de costumbre,  su residencia de Alturas de Almendares, fue objeto de un atentado de tres  disparos realizado por varios desconocidos desde un autom\u00f3vil. Al d\u00eda  siguiente, el 28 de mayo, al transitar al mediod\u00eda por la Quinta Avenida del  reparto Miramar, el auto al servicio del primer secretario de la embajada de  Estados Unidos, H. Freeman Matthews, de regreso despu\u00e9s de haber dejado al  diplom\u00e1tico en la Embajada, fue asaltado por varios individuos armados con  ametralladoras que viajaban en un auto. Dirigi\u00e9ndose uno de ellos al chofer, le  dijo que hiciera saber a Matthews que le daba una semana de plazo para que se  marchara de Cuba; acto seguido rompi\u00f3 de un golpe el parabrisas del auto y  desaparecieron velozmente.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  Estos actos revelaban  un estado general de hostilidad contra Estados Unidos y pudieron haber precipitado  la firma del nuevo Tratado de Relaciones que plante\u00f3 el supuesto fin de la  impopular Enmienda Platt.<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n  El nuevo Tratado de  Relaciones dispuso la supresi\u00f3n del derecho de intervenci\u00f3n de Estados Unidos  en Cuba y que:<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n\u00abLa Rep\u00fablica de  Cuba y Estados Unidos de Am\u00e9rica, animados por el deseo de fortalecer los lazos  de amistad entre los dos pa\u00edses y de modificar, con ese fin, las relaciones  establecidas entre ellos por el Tratado de Relaciones firmado en La Habana el  22 de mayo de 1903, (&#8230; ) han convenido en los siguientes art\u00edculos:<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\n  [&#8230; ]<br \/>&#13;<br \/>\n  <br \/>&#13;<br \/>\n\u00abArt\u00edculo 3.- En  tanto las dos partes contratantes no se pongan de acuerdo para la modificaci\u00f3n  o abrogaci\u00f3n de las estipulaciones del Convenio firmado por el Presidente de la  Rep\u00fablica de Cuba el 16 de febrero de 1903, y por el Presidente de Estados  Unidos de Am\u00e9rica el 23 del mismo mes y a\u00f1o, en cuanto al arrendamiento a  Estados Unidos de Am\u00e9rica de terrenos en Cuba para estaciones carboneras o  navales, seguir\u00e1n en vigor las estipulaciones de ese Convenio en cuanto a la  estaci\u00f3n naval de Guant\u00e1namo. Respecto a esa estaci\u00f3n naval seguir\u00e1 tambi\u00e9n en  vigor, en las mismas formas y condiciones, el arreglo suplementario referente a  estaciones navales o carboneras terminado entre los dos Gobiernos el 2 de julio  de 1903. Mientras no se abandone por parte de Estados Unidos de Am\u00e9rica la  dicha estaci\u00f3n naval de Guant\u00e1namo o mientras los dos gobiernos no acuerden una  modificaci\u00f3n de sus l\u00edmites actuales, seguir\u00e1 teniendo la extensi\u00f3n territorial  que ahora ocupa, con los l\u00edmites que tiene en la fecha de la firma del presente  Tratado.\u00bb<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl Senado de Estados  Unidos ratific\u00f3 el nuevo Tratado de Relaciones el 1\u00b0 de junio de 1934, y Cuba,  el 4 de junio. Cinco d\u00edas despu\u00e9s, el 9 de junio, se canjearon en Washington  las ratificaciones del Tratado de Relaciones del 29 de mayo de ese a\u00f1o, con lo  que desapareci\u00f3 formalmente la Enmienda Platt, pero permaneci\u00f3 la Base Naval en  Guant\u00e1namo.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEl nuevo Tratado  legaliz\u00f3 la situaci\u00f3n de facto en que se encontraba la estaci\u00f3n naval en  Guant\u00e1namo, por lo que se rescind\u00eda la parte de los convenios del 16 y 23 de  febrero y 2 de julio de 1903 entre los dos pa\u00edses relativa a terrenos y aguas  en Bah\u00eda Honda, y se modificaba, en el sentido de ampliarlos, aquella que se  refer\u00eda a las aguas y terrenos en la estaci\u00f3n naval en Guant\u00e1namo.<br \/>&#13;<br \/>\n<br \/>&#13;<br \/>\nEstados Unidos  mantuvo la estaci\u00f3n naval en Guant\u00e1namo como lugar estrat\u00e9gico de vigilancia y  resguardo, para asegurar su predominio pol\u00edtico y econ\u00f3mico sobre las Antillas  y Centroam\u00e9rica y para la defensa del Canal de Panam\u00e1. (continuar\u00e1)<\/p>\n<p>&#13;<\/p>\n<h6> 2007-08-17 03:46:17 <\/h6>\n<p><!--\n<link rel=\"stylesheet\" href=\"css\/bootstrap.min.css\">\n\n\n<ul class=\"pagination\">\n\t    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=12756'>Previous<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n       \n    \n\n<li><a href='?page_no=1'>1<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=2'>2<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=12755'>12755<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=12756'>12756<\/a><\/li>\n\n\n\n<li class='active'><a>12757<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=12758'>12758<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=12759'>12759<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=13611'>13611<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=13612'>13612<\/a><\/li>\n\n    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=12758'>Next<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n    \n\n<li><a href='?page_no=13612'>Last &rsaquo;&rsaquo;<\/a><\/li>\n\n<\/ul>\n\n\n--><br \/>\n<\/body><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Reflexiones del Comandante en Jefe &#13; &#13; EL IMPERIO Y LA ISLA INDEPENDIENTE &#13; Segunda parte: La aplicaci\u00f3n de la Enmienda Platt y el establecimiento de la Base Naval en Guant\u00e1namo como marco de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos. &#13; &#13; A finales de 1901 se inici\u00f3 el proceso electoral en el cual [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[16],"tags":[],"class_list":["post-36944","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-opiniones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36944","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=36944"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36944\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=36944"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=36944"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=36944"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}