{"id":367485,"date":"2022-07-10T08:47:49","date_gmt":"2022-07-10T12:47:49","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=367485"},"modified":"2022-07-10T08:55:19","modified_gmt":"2022-07-10T12:55:19","slug":"namphi-rodriguez-experto-en-derecho-constitucional-advierte-sobre-efectos-indeseables-podria-causar-la-ley-de-extincion-de-dominio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=367485","title":{"rendered":"Namphi Rodr\u00edguez, experto en derecho constitucional advierte sobre efectos \u00abindeseables\u00bb podr\u00eda causar la ley de Extinci\u00f3n de Dominio"},"content":{"rendered":"\n<p>Entrevistado por H\u00e9ctor Herrera Cabral el <strong><em>experto en derecho constitucional se refiere a la adquisici\u00f3n de bienes con estatus de legalidad p\u00fablica<\/em><\/strong>. <strong><em>Dice Comisi\u00f3n designada por el presidente Luis  Abinader buscar\u00e1 armonizar libertad de expresi\u00f3n con otros derechos\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Santo Domingo.-&nbsp;<\/strong>El abogado experto en derecho constitucional Namphi Rodr\u00edguez advirti\u00f3 sobre los efectos indeseables e injustificables que pudiera causar la ley de Extinci\u00f3n de Dominio en los terceros adquirentes de buena fe.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Rodr\u00edguez explic\u00f3 que en el caso de una persona que adquiere un bien que en ese momento se encuentra en un estatus de legalidad p\u00fablica, y que el Estado no lo ha declarado ilegal, y como el juicio de extinci\u00f3n de dominio es de car\u00e1cter civil al patrimonio, indistintamente de qui\u00e9n es la persona, si es el sindicado o un tercero, ese adquiriente de buena fe se puede ver envuelto en situaciones indeseables e injustificable.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Agreg\u00f3 que esa situaci\u00f3n es indeseable e injustificable, porque si el Estado, en el momento en que se adquiere de ese bien, no es capaz de ponerlo en estado de alerta, no se le puede pedir a ese ciudadano que tenga m\u00e1s capacidad de conocer lo que el Estado desconoc\u00eda.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Entrevistado por H\u00e9ctor Herrera Cabral en el programa D\u00b4AGENDA que cada domingo se difunde por Telesistema Canal 11 y TV Quisqueya para Estados Unidos, el reconocido jurista dijo que para que el tercero de buena fe no pueda adquirir dicho bien, el Estado debe colocarle un bloqueo legal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Pidi\u00f3 que se atiendan las razones de derecho que se est\u00e1n esgrimiendo, que se analicen de manera sosegada en el Congreso, y record\u00f3 que ya hay figuras similares al tema de la extinci\u00f3n de dominio, y ser\u00eda interesantes hacer esos ejercicios comparativos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCreo que ya el tema de la retroactividad est\u00e1 suficientemente debatido en la opini\u00f3n p\u00fablica, y si quisiera llamar la atenci\u00f3n sobre un tema que no he visto que se haya tratado, que es la posici\u00f3n de los terceros adquirientes de buena fe, es decir una persona, en un momento en que un bien se encuentra en un estatus de legalidad p\u00fablica y que el Estado no lo ha declarado ilegal, viene y compra ese bien, y se puede ver en una situaci\u00f3n indeseable e injustificable\u201d, insisti\u00f3 el acad\u00e9mico y doctrinario.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Recalc\u00f3 que un tercero adquiriente de buena fe que ha adquirido un bien, y al momento de adquirirlo el Estado no ha sido capaz de ponerlo en estado de alerta, de bloquearlo desde el punto de vista de los registros p\u00fablicos, posteriormente no se le puede pedir a ese ciudadano que tenga m\u00e1s capacidad que el Estado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEntonces hacerle un juicio de extinci\u00f3n de dominio, por eso llamo la atenci\u00f3n, porque no es un juicio a la persona, es un juicio a bienes de or\u00edgenes, o que se est\u00e1n utilizando en actividades il\u00edcitas, por lo tanto, puede ser perfectamente que una persona compre un bien de origen il\u00edcito, pero lo compra de buena fe\u201d, recalc\u00f3. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Namphi Rodr\u00edguez advirti\u00f3 que esas son situaciones que hay que tenerlas a la vista, y recomienda al Congreso darse el tiempo necesario para hacer una ponderaci\u00f3n jur\u00eddica sobre este asunto.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cQue va m\u00e1s all\u00e1 del simple debate y los intereses de los pol\u00edticos de turno, estamos hablando de derechos de los ciudadanos, y sobre todo de terceras personas que se pueden ver involucradas en estas clases de procesos, cuando han sido adquirientes de buena fe\u201d, enfatiz\u00f3.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong><em>Comisi\u00f3n creada por el presidente Abinader<\/em><\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El director ejecutivo de la comisi\u00f3n creada por el presidente Luis Abinader para actualizar la legislaci\u00f3n vigente sobre la libertad de expresi\u00f3n, asegur\u00f3 que trabajar\u00e1n en una iniciativa que tenga la caracter\u00edstica de ser un proyecto integral.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cQu\u00e9 quiere decir esto, un proyecto que ciertamente proteja la libertad de expresi\u00f3n, pero que entienda que esas libertades de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n se configuran frente a otros derechos igualmente tutelados por la Constituci\u00f3n, espec\u00edficamente derecho al honor, al buen nombre, la intimidad, y a la propia imagen, en esa relaci\u00f3n de peso y contrapeso, de equilibrio\u201d, explic\u00f3 el doctor Namphi Rodr\u00edguez.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Agreg\u00f3 que la Comisi\u00f3n Consultiva para la Libertad de Expresi\u00f3n debe sugerir un proyecto de ley que sea el producto del consenso de todos los actores del sistema de opini\u00f3n p\u00fablica del pa\u00eds, pero adem\u00e1s que pueda poner estos derechos en una relaci\u00f3n de equilibrio sin afectar la libertad de expresi\u00f3n que es un derecho fundamental y esencial para el debate p\u00fablico del pa\u00eds.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Aclar\u00f3 que quienes se exponen a la vida p\u00fablica, no solamente desde el \u00e1mbito de la administraci\u00f3n, tambi\u00e9n desde el periodismo, el deporte, el mundo del arte y la vida empresarial, tienen un nivel de exposici\u00f3n y de cuestionamiento mayor que el de una persona que preserva su vida en la privacidad familiar.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEso no quiere decir, que quienes se exponen a la vida p\u00fablica,&nbsp;no tengan derechos como intimidad, honor y propia imagen, sino que esos derechos tienen que tolerar un nivel de cuestionamiento mayor\u201d, aclar\u00f3.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Namphi record\u00f3 que el Tribunal Constitucional en su sentencia 0075-16 estableci\u00f3 que debido a esa situaci\u00f3n de cuestionamientos p\u00fablicos sobre los funcionarios y las personas que detentan funci\u00f3n estatal, en Rep\u00fablica Dominicana los delitos de persecuci\u00f3n de difamaci\u00f3n en injurias no van aparejados de pena de privaci\u00f3n de libertad cuando ata\u00f1en a funcionarios p\u00fablicos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSin embargo cuando estos delitos se producen entre particulares, ciudadanos comunes, si se preservas un sistema de responsabilidad penal donde se incluye como pena la prisi\u00f3n\u201d, explic\u00f3 el jurista y acad\u00e9mico.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Rodr\u00edguez dijo que se ha ido asumiendo la necesidad de que la cr\u00edtica p\u00fablica, el discurso pol\u00edtico sea especialmente protegido y tutelado por el ordenamiento jur\u00eddico, porque esa actividad, ese cuestionamiento a quien desempe\u00f1a funci\u00f3n p\u00fablica, implica la transparencia en el manejo de los fondos p\u00fablicos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Namphi prometi\u00f3 que la Comisi\u00f3n que coordina, y ya lo han discutido, tienen contemplado producir los vasos comunicantes, para que todos los esfuerzos que se han hecho en el pasado, en pos de tener una legislaci\u00f3n en materia de libertad de expresi\u00f3n y difusi\u00f3n, sacar lo mejor de todos ellos para el proyecto de ley a la luz de dos realidades.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cPrimero la realidad de las redes sociales que ser\u00eda lo nuevo respecto del tema, en el sentido de que no se puede pensar ninguna legislaci\u00f3n en materia de libertad de expresi\u00f3n sin tomar en cuenta todas las complejidades de las redes sociales, y segundo la jurisprudencia que ha producido el TC con alrededor de diez sentencias sobre libertad de expresi\u00f3n, por ser vinculantes a todos los poderes p\u00fablicos\u201d, acot\u00f3 el jurista.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En otro orden, Rodr\u00edguez quien fue el accionante ante el TC para que se declare no conforme con la Constituci\u00f3n el voto electr\u00f3nico, dijo que pidi\u00f3 al Tribunal que valorara si el derecho al voto secreto y directo es compatible con el voto electr\u00f3nico, y el tercer elemento solicitado fue la posible exclusi\u00f3n de grandes masas de personas rurales, de la tercera edad, analfabetas funcionales y formales, cu\u00e1l es el impacto que ese sistema tiene en esos extractos poblacionales.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entrevistado por H\u00e9ctor Herrera Cabral el experto en derecho constitucional se refiere a la adquisici\u00f3n de bienes con estatus de legalidad p\u00fablica. 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