{"id":342945,"date":"2022-03-30T11:56:05","date_gmt":"2022-03-30T15:56:05","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=342945"},"modified":"2022-03-30T11:56:05","modified_gmt":"2022-03-30T15:56:05","slug":"miguel-guerrero-afirma-que-el-derecho-de-asociacion-no-esta-del-todo-garantizado-por-las-colegiaciones-obligatorias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=342945","title":{"rendered":"Miguel Guerrero afirma que el derecho de asociaci\u00f3n no est\u00e1 del todo garantizado por las colegiaciones obligatorias"},"content":{"rendered":"\n<p>diariodominicano.com<\/p>\n\n\n\n<p>Santo Domingo, R. D.,  30 de marzo, 2022.-  El periodista y escritor Miguel Guerrero sostiene que la lucha por la defensa del derecho de asociaci\u00f3n, en su valor \u00edntegro y verdadero, tiene tareas pendientes y est\u00e1 lejos de haber terminado con la victoria en 1991 contra el intento de supeditar el ejercicio del periodismo a la pertenencia de un colegio obligatorio.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl derecho de asociaci\u00f3n implica el derecho a no asociarse\u201d, se\u00f1al\u00f3. \u201cMientras no se lo entienda en todo su valor, no estar\u00e1 del todo garantizado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Guerrero hizo la afirmaci\u00f3n en referencia a su m\u00e1s reciente obra titulada \u201cJaque a la libertad. El derecho de No asociaci\u00f3n\u201d, puesta en circulaci\u00f3n el 23 de febrero pasado en la Universidad Nacional Pedro Henr\u00edquez Ure\u00f1a (UNPHU).<\/p>\n\n\n\n<p>La colegiatura obligatoria \u201cviolenta ese derecho\u201d, dijo Guerrero, quien es Miembro de N\u00famero de la Academia Dominicana de la Historia.\u201d Y crea clanes y \u00e9lites que terminan adue\u00f1\u00e1ndose de esferas profesionales, imponiendo medidas que ri\u00f1en con normas jur\u00eddicas, leyes y constituciones, como son los casos en el \u00e1mbito de la Ingenier\u00eda y Arquitectura, la Medicina y el Derecho, entre otros\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Guerrero dijo que se entiende perfectamente que el ejercicio de la medicina y la de otras profesiones liberales debe estar regulada, pero que esa regulaci\u00f3n no puede afectar la voluntad de aquellos que se prepararon y llenaron todos los requisitos establecidos por la ciencia y las leyes para ejercerla. Para practicar la medicina hay que ser m\u00e9dico, obtener un t\u00edtulo universitario que as\u00ed lo garantice y un exequ\u00e1tur del Estado. Pero la autoridad que eso supone no puede ser suplantada o&nbsp; sujeta a regulaciones de origen privado o de otro orden, ni a la obligaci\u00f3n a afiliarse a una instituci\u00f3n, sea un colegio o un sindicato\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Dijo que la Constituci\u00f3n dominicana y la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, de la que el pa\u00eds es signatario, consagran y garantizan ese derecho y como tal, derecho al fin, se ejerce a discreci\u00f3n, es decir, nadie puede ser obligado a pertenecer a una instituci\u00f3n o grupo con el que no tiene afinidad y menos ser prohibido de ejercer su profesi\u00f3n por la voluntad de grupos privados, que en definitiva es lo que son los colegios profesionales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cInsisto que esa es una discusi\u00f3n que no ha terminado y ser\u00eda lastimoso que siguiera pendiente\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Guerrero cit\u00f3 al doctor Ram\u00f3n Tapia Espinal quien jug\u00f3 un papel importante en la lucha de 16 a\u00f1os contra el intento de supeditar la pr\u00e1ctica del periodismo a la pertenencia de un colegio de filiaci\u00f3n obligatoria, se\u00f1alando lo dicho por el eminente jurista de que en el pa\u00eds \u201cnadie puede ser obligado, por ley ni por ning\u00fan otro instrumento jur\u00eddico emanado de los poderes p\u00fablicos, o de acuerdo entre particulares, a formar parte de una asociaci\u00f3n, cual que sea la naturaleza de esta\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Agreg\u00f3 que en un art\u00edculo publicado el 17 de noviembre en El Caribe, en el marco de esa lucha, Tapia Espinal cit\u00f3 a Georges Burdeau, destacado jurista franc\u00e9s, que en su obra \u201cLas libertades p\u00fablicas\u201d, al estudiar el alcance de la libertad de asociaci\u00f3n escribi\u00f3 que la libertad \u201cno es solamente el derecho de crear asociaciones, sino tambi\u00e9n aquel de no ser constre\u00f1ido a adherirse a ella\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Indic\u00f3 que la ley que cre\u00f3 finalmente el Colegio Dominicano de Periodistas, promulgada en 1991 al cabo de d\u00e9cada y media de confrontaci\u00f3n, fue una victoria \u00e9pica a favor de la libre expresi\u00f3n y la libertad de prensa, pues al eliminar el requisito de la obligatoriedad, sent\u00f3 las bases para liberar a los profesionales liberales de la odiosa obligaci\u00f3n de inscribirse en una entidad para practicar la actividad para la que se ha preparado.<\/p>\n\n\n\n<p>La colegiaci\u00f3n obligatoria, sostuvo, violenta otros derechos, como el derecho al trabajo, para citar solo otro ejemplo.<\/p>\n\n\n\n<p>Guerrero dijo que se ha pretendido justificar las colegiaciones obligatorias como un instrumento para mejorar la calidad del ejercicio profesional y las condiciones laborales de sus miembros, pero la experiencia \u201cdice todo lo contrario\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso del Colegio de Ingenieros y Arquitectos y Agrimensores CODIA, por ejemplo, la ley que lo cre\u00f3 hace d\u00e9cadas estableci\u00f3 en su favor un impuesto del 1 por ciento del costo de toda obra p\u00fablica y privado, lo cual significa cantidades que escapan a la imaginaci\u00f3n y cabe preguntarse \u201c\u00bfen qu\u00e9 se han beneficiado sus miembros de ese dinero recaudado?<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n advirti\u00f3 que los c\u00f3digos de \u00e9tica han sido dagas clavadas en las gargantas de sus miembros para garantizar el dominio de clanes sobre algunas de esas entidades colegiadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente:  Marielly Gonz\u00e1lez<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>diariodominicano.com Santo Domingo, R. 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