{"id":261981,"date":"2021-01-27T22:31:05","date_gmt":"2021-01-28T02:31:05","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.com\/?p=261981"},"modified":"2021-01-27T22:36:25","modified_gmt":"2021-01-28T02:36:25","slug":"pleno-jce-aprueba-reglamento-sobre-la-distribucion-de-la-contribucion-economica-del-estado-a-los-partidos-politicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=261981","title":{"rendered":"Pleno JCE aprueba Reglamento sobre la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado a los partidos pol\u00edticos"},"content":{"rendered":"\n<p><em><strong>El Reglamento que establece la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado a los partidos pol\u00edticos fue aprobado con 4 votos a favor y el voto disidente de la miembro titular Dolores Altagracia Fern\u00e1ndez S\u00e1nchez.\u00a0<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Santo Domingo.- 27 enero 2021.-\u00a0El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprob\u00f3 este mi\u00e9rcoles que los partidos pol\u00edticos recibir\u00e1n la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado tomando en cuenta la sumatoria de los votos v\u00e1lidos recibidos de forma individual por cada organizaci\u00f3n partidista en los tres niveles disputados en las \u00faltimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020.<\/p>\n\n\n\n<p>En atenci\u00f3n al criterio antes indicado, las organizaciones que obtuvieron m\u00e1s de 5% de los votos v\u00e1lidos emitidos fueron el Partido Revolucionario Moderno (PRM) con una sumatoria de 5,403,594 votos y el Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana (PLD) con una sumatoria de 3,882,981 votos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las organizaciones que obtuvieron menos de 5% y m\u00e1s de 1% de los votos v\u00e1lidos emitidos fueron el Partido Fuerza del Pueblo, el Partido Revolucionario Dominicano, el Partido Reformista Social Cristiano, Alianza Pa\u00eds y Dominicanos por el Cambio.<\/p>\n\n\n\n<p>El reci\u00e9n aprobado reglamento cont\u00f3 con 4 votos a favor y el voto disidente de la miembro titular Dolores Altagracia Fern\u00e1ndez S\u00e1nchez.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Para este reglamento fue considerado que el an\u00e1lisis del texto legal pone de relieve que el legislador ha fijado como punto de referencia para determinar la categorizaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos con miras a la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica estatal, que los porcentajes sean calculados en base a \u00ab&#8230; los votos v\u00e1lidos emitidos en la \u00faltima elecci\u00f3n\u201d. Por lo que no hace referencia a ning\u00fan nivel de elecci\u00f3n en particular, sino que alude a \u00ab&#8230; los votos v\u00e1lidos emitidos en la \u00faltima elecci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de lo anterior, indica que, si en la \u00faltima elecci\u00f3n solo se hubiese disputado un solo nivel de elecci\u00f3n, entonces el porcentaje se calcular\u00eda, de todas formas, en base a los votos v\u00e1lidos emitidos en esa elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, el referido an\u00e1lisis pone en evidencia que, actualmente en la Rep\u00fablica Dominicana, si bien las elecciones tienen lugar en el mismo a\u00f1o, sin embargo, son separadas e independientes una de la otra: las municipales en el mes de febrero y las presidenciales, senatoriales y de diputaciones en el mes de mayo. Por tanto, para fines de la categorizaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos con miras a la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica estatal, y en atenci\u00f3n a lo dispuesto en los art\u00edculos 209 de la Constituci\u00f3n y 61 de la Ley No. 33-18, resulta ostensible que los resultados a tomar en cuenta para dicha categorizaci\u00f3n es la elecci\u00f3n presidencial, senatorial y de diputaciones celebrada el 5 de julio de 2020.<\/p>\n\n\n\n<p>Consider\u00f3 tambi\u00e9n que con dicho criterio se valora cada voto depositado por los ciudadanos de forma igualitaria y se cumple con las disposiciones constitucionales y legales antes transcritas, a la vez que con la sumatoria de votos en los distintos niveles de elecci\u00f3n permite precisar cu\u00e1l de los candidatos ofertados ha obtenido la mayor\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, consider\u00f3 que el com\u00fan denominador que permite sumar los votos de todos los niveles es la caracter\u00edstica de que los mismos son v\u00e1lidos, y que cada voto v\u00e1lido emitido tiene democr\u00e1tico un valor absoluto.<\/p>\n\n\n\n<p>Hace referencia igualmente a que distinguir que un voto referente o un nivel determinado tiene m\u00e1s valor que otro constituye una discriminaci\u00f3n caprichosa y sin fundamento, salvo que se trate de la hip\u00f3tesis de votos nulos u observados, que no es el caso.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el reglamento establece que con la aplicaci\u00f3n del criterio antes referido se reconoce el esfuerzo colectivo desplegado por las organizaciones pol\u00edticas en la consecuci\u00f3n de la voluntad popular a los fines de obtener los cargos electivos en los niveles en disputa<strong>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Direcci\u00f3n de Comunicaciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>27 de enero de 2020<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><em>El Reglamento que establece la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado a los partidos pol\u00edticos fue aprobado con 4 votos a favor y el voto disidente de la miembro titular Dolores Altagracia Fern\u00e1ndez S\u00e1nchez.&nbsp;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprob\u00f3 este mi\u00e9rcoles que los partidos pol\u00edticos recibir\u00e1n la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado tomando en cuenta la sumatoria de los votos v\u00e1lidos recibidos de forma individual por cada organizaci\u00f3n partidista en los tres niveles disputados en las \u00faltimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020.<\/p>\n\n\n\n<p>En atenci\u00f3n al criterio antes indicado, las organizaciones que obtuvieron m\u00e1s de 5% de los votos v\u00e1lidos emitidos fueron el Partido Revolucionario Moderno (PRM) con una sumatoria de 5,403,594 votos y el Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana (PLD) con una sumatoria de 3,882,981 votos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las organizaciones que obtuvieron menos de 5% y m\u00e1s de 1% de los votos v\u00e1lidos emitidos fueron el Partido Fuerza del Pueblo, el Partido Revolucionario Dominicano, el Partido Reformista Social Cristiano, Alianza Pa\u00eds y Dominicanos por el Cambio.<\/p>\n\n\n\n<p>El reci\u00e9n aprobado reglamento cont\u00f3 con 4 votos a favor y el voto disidente de la miembro titular Dolores Altagracia Fern\u00e1ndez S\u00e1nchez.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Para este reglamento fue considerado que el an\u00e1lisis del texto legal pone de relieve que el legislador ha fijado como punto de referencia para determinar la categorizaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos con miras a la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica estatal, que los porcentajes sean calculados en base a \u00ab&#8230; los votos v\u00e1lidos emitidos en la \u00faltima elecci\u00f3n\u201d. Por lo que no hace referencia a ning\u00fan nivel de elecci\u00f3n en particular, sino que alude a \u00ab&#8230; los votos v\u00e1lidos emitidos en la \u00faltima elecci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de lo anterior, indica que, si en la \u00faltima elecci\u00f3n solo se hubiese disputado un solo nivel de elecci\u00f3n, entonces el porcentaje se calcular\u00eda, de todas formas, en base a los votos v\u00e1lidos emitidos en esa elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, el referido an\u00e1lisis pone en evidencia que, actualmente en la Rep\u00fablica Dominicana, si bien las elecciones tienen lugar en el mismo a\u00f1o, sin embargo, son separadas e independientes una de la otra: las municipales en el mes de febrero y las presidenciales, senatoriales y de diputaciones en el mes de mayo. Por tanto, para fines de la categorizaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos con miras a la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica estatal, y en atenci\u00f3n a lo dispuesto en los art\u00edculos 209 de la Constituci\u00f3n y 61 de la Ley No. 33-18, resulta ostensible que los resultados a tomar en cuenta para dicha categorizaci\u00f3n es la elecci\u00f3n presidencial, senatorial y de diputaciones celebrada el 5 de julio de 2020.<\/p>\n\n\n\n<p>Consider\u00f3 tambi\u00e9n que con dicho criterio se valora cada voto depositado por los ciudadanos de forma igualitaria y se cumple con las disposiciones constitucionales y legales antes transcritas, a la vez que con la sumatoria de votos en los distintos niveles de elecci\u00f3n permite precisar cu\u00e1l de los candidatos ofertados ha obtenido la mayor\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, consider\u00f3 que el com\u00fan denominador que permite sumar los votos de todos los niveles es la caracter\u00edstica de que los mismos son v\u00e1lidos, y que cada voto v\u00e1lido emitido tiene democr\u00e1tico un valor absoluto.<\/p>\n\n\n\n<p>Hace referencia igualmente a que distinguir que un voto referente o un nivel determinado tiene m\u00e1s valor que otro constituye una discriminaci\u00f3n caprichosa y sin fundamento, salvo que se trate de la hip\u00f3tesis de votos nulos u observados, que no es el caso.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el reglamento establece que con la aplicaci\u00f3n del criterio antes referido se reconoce el esfuerzo colectivo desplegado por las organizaciones pol\u00edticas en la consecuci\u00f3n de la voluntad popular a los fines de obtener los cargos electivos en los niveles en disputa<strong>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Direcci\u00f3n de Comunicaciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>27 de enero de 2020<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Reglamento que establece la distribuci\u00f3n de la contribuci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado a los partidos pol\u00edticos fue aprobado con 4 votos a favor y el voto disidente de la miembro titular Dolores Altagracia Fern\u00e1ndez S\u00e1nchez.\u00a0 Santo Domingo.- 27 enero 2021.-\u00a0El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprob\u00f3 este mi\u00e9rcoles que los partidos pol\u00edticos recibir\u00e1n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":261984,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-261981","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-dominicana-hoy"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/261981","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=261981"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/261981\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":261989,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/261981\/revisions\/261989"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/261984"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=261981"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=261981"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=261981"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}